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Se deberá emitir factura electrónica para alquileres de casa habitación

3 marzo, 2017 Por Ignacio 6 comentarios

El locador deberá emitir factura electrónica a los fines de respaldar las operaciones de locación de inmuebles destinados a casa habitación del locatario                                         

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece la obligatoriedad, por parte del locador, de emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar las operaciones de locación de inmuebles destinados a casa habitación del locatario.
La decisión se dio a conocer a través de la resolución general 4004 publicada en el Boletín Oficial.
Están alcanzados por las disposiciones de esta resolución general, los comprobantes que se detallan a continuación:
a) Facturas y recibos clase “B”.
b) Notas de crédito y notas de débito clase “B”.
c) Facturas y recibos clase “C”.
d) Notas de crédito y notas de débito clase “C”.
La solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos originales, deberá ser efectuada por cada punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para documentos que se emitan por otros medios.
Vigencia

Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia desde el día de hoy.

No obstante, respecto de los sujetos encuadrados en las categorías F y G del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), serán de aplicación para los comprobantes que se emitan a partir del 1 de junio de 2017, inclusive. 

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Archivado en:Sin categoría Etiquetado con:AFIP, Alquileres, Factura Electrónica, RG 4004-E

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Comentarios

  1. Anónimo dice

    3 marzo, 2017 en 4:49 pm

    UNA CONSULTA, Y PARA UN PARTICULAR QUE ALQUILA SU CASA, POR EJEMPLO MI MAMA ES JUBILADA Y ALQUILA SU CASA PORQUE A SU VEZ ELLA ALQUILA EN OTRO LUGAR PORQUE SE MUDO, COMO SE HACE PARA EMITIR FACTURA????? GRACIAS. JAVIER

    Responder
  2. Anónimo dice

    5 marzo, 2017 en 3:42 pm

    Buen dia, como se procede cuando el locador es un residente en el exterior? Debe hacer factura electronica tambien? Puede registrar el contrato de la web de AFIP o debe hacerlo su responsable sustituto? Todos los meses deposita una autorretencion de ganancias sobre el monto del alquiler. Gracias. Alejandra

    Responder
    • Victoria dice

      4 mayo, 2019 en 10:09 am

      Hola! Tengo la misma duda, pudiste averiguar algo?

      Responder
    • Karina dice

      27 noviembre, 2019 en 10:12 am

      Hola!. tengo la misma consulta y no he podido encontrar como debe facturar la persona cuando está en el exterior?. Puede el responsable sustituto factura por él?. Muchas Gracias. Saludos,

      Responder
  3. Unknown dice

    6 marzo, 2017 en 10:02 pm

    Si el que emite la factura electrónica es una inmobiliaria por cuenta y orden del propietario, debe facturar por el total? Eso le genera un IVA e Ingresos Brutos mayor que si sólo facturase la comisión. Como se procede en ese caso?

    Responder
  4. Silvia dice

    9 enero, 2021 en 8:40 am

    Si un responsable inscripto alquila un inmueble para vivienda…emite igual factura B y no le carga IVA? o como hace para facturar un servicio exento?

    Responder

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