El mínimo no imponible de Ganancias se elevará cerca de un 29% en 2018.
Por lo establecido en la ley 27.346, los montos previstos en el artículo 23 de la ley de Impuesto a las Ganancias se ajustarán anualmente, a partir del año fiscal 2018, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior.
Según informa el diario La Nación, este coeficiente se ubicaría cerca del 29%, por lo tanto, de confirmarse el dato, el piso para tributar ganancias, en caso de trabajadores en relación de dependencia y jubilados, pasaría de los actuales $23.185 a alrededor de $29.900 netos, aproximadamente unos $36.000 brutos.
Si se trata de un asalariado que aplica deducciones por cónyuge y dos hijos, entonces el salario más bajo sujeto al impuesto pasará de 30.670 a alrededor de $39.500 neto o de $47.600 monto brutos.
Deducciones Actuales:
– Mínimo no imponible; 51967
– Cónyuge: 48.447
– HIjo: 24.432
– Deducción Especial: 249.441,60
Estas deducciones se incrementaría aproximadamente un 29%.
El dato correspondiente al décimo mes de este año sería publicado este martes por el Ministerio de Trabajo, según lo previsto. Pero lo cierto es que, según fuentes consultadas por La Nación, la variación será similar a la obtenida en las últimas comparaciones anuales.
Y eso llevaría a una suba de las variables de Ganancias cercana al 29%. Para quienes hayan tenido una recomposición salarial inferior a esa cifra, habría entonces una efectiva menor presión fiscal.
Enzo Diaz dice
Hola Buen dia vas a subir una nueva Planilla excel del cálculo retenciones Ganancias 2018 como la del año pasado?