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Ganancias y Bienes Personales: Quiénes deben presentar la DDJJ Informativa

12 junio, 2017 Por Ignacio 7 comentarios

Declaración Jurada Informativa de Ganancias y Bienes Personales: Quiénes deben presentar la DDJJ Informativa. Qué información deben presentar. Qué aplicativo deben usar. Cuándo es el vencimiento.

¿Quienes deben presentar ante la AFIP la Declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales?

Quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000, incluso por actividades exentas del Impuesto a las Ganancias, por:
    • – El desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.
    • – El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.
    • – Las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas. Además de las rentas provenientes de los planes de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional.
    • – Los servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas mencionadas en la última parte del inciso g) del artículo 45, que trabajen personalmente en la explotación, inclusive el retorno percibido por aquéllos. Excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas
    • – Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.

    ¿Qué información se presenta en la Declaración Jurada?

    • Bienes Personales: Se presenta el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.
    • Ganancias: El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.

    ¿Qué aplicativo se debe utilizar para presentar la DDJJ Informativa?

    Se utilizarán los siguientes aplicativo:
    a) Impuesto sobre los Bienes Personales.
    • Sujetos que sinceraron: Mediante la utilización del nuevo servicio “Bienes PersonalesWEB”. 
    • Sujetos que no sinceraron: Mediante una nueva versión 18 del aplicativo SIAP. Para estos sujetos la utilización de la versión WEB será optativa.
    b) Impuesto a las Ganancias
    En este caso podrán optar por utilizar:
    • La nueva versión 18 del aplicativo SIAP.
    ó
    • El nuevo servicio “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” que estará disponible a partir del 12/06/2017…







    Vencimiento 
    Originalmente el vencimiento era el 30/06, pero AFIP lo prorrogó hasta el 14/07.

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    Comentarios

    1. Daniel Migliore dice

      22 junio, 2017 a las 4:03 am

      Los ingresos como monotributista no se computan. Estan exentos de ganancias

      Responder
    2. Fernando R dice

      13 junio, 2017 a las 10:29 pm

      Adhiero a la inquietud…analizando la norma tuve la misma duda, hay que incluir los ingresos de por ejemplos los monotributistas y eventualmente quedar comprendido dentro de los que cobraron rentas por mas de $ 500.000? Aun cuando los sueldos en relacion de dependencia no los superen?
      Buenisimo el blog

      Responder
    3. Horacio dice

      13 junio, 2017 a las 11:30 am

      Buenos días. Adherí al sistema y sale este mensaje. "Formulario habilitado para generar solamente DJ del período fiscal 2015"

      Responder
    4. Contador Quilmes dice

      13 junio, 2017 a las 1:22 am

      Respecto a las tenencias de efectivo declaradas y depositadas en las cuentas especiales abiertas a tal fin en los bancos, al 31/12/2016 se encuentran exentas (asemejando el tratamiento de los depositos en caja de ahorro) o gravadas (por ser su origen tenencias de efectivo)? Gracias por la respuesta

      Responder
    5. Contador Quilmes dice

      13 junio, 2017 a las 1:22 am

      Respecto a las tenencias de efectivo declaradas y depositadas en las cuentas especiales abiertas a tal fin en los bancos, al 31/12/2016 se encuentran exentas (asemejando el tratamiento de los depositos en caja de ahorro) o gravadas (por ser su origen tenencias de efectivo)? Gracias por la respuesta

      Responder
    6. Anónimo dice

      12 junio, 2017 a las 4:46 pm

      Ignacio, hola. Como interpretás el art. 14 de la RG 4003-E donde habla de "rentas gravadas, exentas y/o no gravadas" para definir el monto de los $ 500.000. Si un empleado en relación de dependencia además es monotributista, se deben sumar esos ingresos?. Gracias por tu opinión, o algún otro que haya consultado porque difieren las opiniones.

      Responder
    7. Anónimo dice

      12 junio, 2017 a las 2:48 pm

      buen dia Ignacio hoy salio una nota en iprofesional que en bienes personales el que blanqueo debe declarar aunque no llegue al minimo

      Responder

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