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IGJ Res 1/2010 Instructivo y fomrulario interactivo

30 julio, 2010 Por Ignacio 16 comentarios

Cronograma de implementación a partir del próximo lunes. Instructivo. Formularios.

La Inspección General de Justicia (IGJ) implementó un procedimiento de actualización de datos a través de la presentación obligatoria de una Declaración Jurada. exige documentación a sociedades comerciales, extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.

MODELO DE INSTRUCTIVO PARA PARA EL

LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA implementó por medio de la Resolución General N° 1/2010, la presentación obligatoria de la Declaración Jurada.

DECLARACION JURADA

Con el fin de incrementar la fiscalización de las entidades inscriptas en el organismo, la Inspección General de Justicia (IGJ) implementó un procedimiento de actualización de datos a través de la presentación obligatoria de una Declaración Jurada.

Los sujetos obligados a la presentación serán las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, sociedades binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.

Esta medida aportará un doble beneficio ya que, no sólo se incrementará la fiscalización sino que además posibilitará confrontar la base de datos del organismo. Se busca a través de la nueva medida que las entidades estén al día con todas sus obligaciones legales y detectar a las entidades que sólo se constituyen con el objetivo de burlar la ley o perjudicar a los terceros.

La Resolución General N° 1/2010 prevé un cronograma gradual para la implementación y frente al incumplimiento de las entidades se impondrán las sanciones legales correspondientes. Se deberán actualizar los datos de la sede social, autoridades y declarar el último estado contable presentado ante la IGJ, la ultima tasa abonada y el número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

¿EN QUE CONSISTE?

La misma consiste en la actualización de datos por Declaración Jurada efectuada por el presidente o representante legal de las entidades.

  •Se instrumenta mediante el FORMULARIO K conformado por 6 módulos equivalente a $150,00, al que deberá adjuntarse el formulario de Declaración Jurada (los cuales podrán ser descargados en la página Web). Descargar Formulario Declaración Jurada

  En caso de tratarse de Sociedades Comerciales, las mismas presentarán la DJ a través de un aplicativo.

SUJETOS COMPRENDIDOS:

  •   Sociedades Comerciales
  •   Sociedades Extranjeras
  •   Sociedades Binacionales
  •   Asociaciones Civiles
  •   Fundaciones
No están comprendidas en la resolución general 1/10 las entidades que obtengan personería jurídica con posterioridad a la vigencia de la norma (20/07/2010).

¿QUE DATOS DEBEN CONSIGNAR?

  •   SEDE SOCIAL EFECTIVA
  •   AUTORIDADES VIGENTES
  •   PRESENTACION DE EJERCICIOS CONTABLES
  •   TASAS ADEUDADAS
  •   C.U.I.T.
  •   INCLUSION EN EL ARTICULO 299 LS.

PLAZO DE LA PRESENTACION

Sujetos comprendidos Plazo Vigencia desde
Asoc. Civiles y fundaciones 60 días Lunes 2/8/2010
Soc. Extranjeras 60 días Lunes 6/9/2010
Soc. Binacionales 60 días Lunes 6/9/2010
Soc. Comerciales 60 días Lunes 4/10/2010

CONSECUENCIAS ANTE LA FALTA DE PRESENTACION:

En caso de no cumplir con la presentación de la DJ se sancionará a la entidad y/o sus autoridades. Será requisito excluyente la presentación de la misma para las posteriores tramitaciones ante en la Inspección General de Justicia.

Para evitar demoras en la presentación, Ud. puede:

• Abonar el formulario K a través de la Red Banelco.

• Presentar la declaración jurada y el formulario K de pago en:

Público General:
Mesa de entradas IGJ. Paseo Colón 285 PB.
(Unicamente en horario de 14:30 a 17:30 hs.)

Solo para Escribanos:
Mesa de entradas IGJ. Escribanos
Las Heras 1833 EP.

No están comprendidas en la RG 1/10 las entidades que obtengan personería jurídica con posterioridad a la vigencia de la norma (20/07/2010).

OBJETIVO:

El objetivo de la Declaración Jurada es optimizar las funciones de fiscalización del organismo a través de la actualización de la base de datos del mismo.

CONSULTAS: [email protected]

DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE SOCIEDADES

Telefonos: 4343-0211 / 1990
Av. Paseo Colón 285, Capital Federal

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Declaración jurada resolución 1/210 IGJ, IGJ

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    24 enero, 2012 a las 3:20 pm

    UNA PREGUNTA, UNA VEZ QUE YO PAGUE LOS FORMULARIOS "E" , "B" Y "K" COMO ME LO RESPONDEN.. AL MAIL O HAY QUE REIRARLOS EN IGJ???
    MUCHAS GRACIAS!

    Responder
  3. Anónimo dice

    28 noviembre, 2011 a las 7:38 pm

    Hola Ignacio
    Por favor necesitaria de tu ayuda, he presentado via internet la DDJJ que vence el 30/11/2011 RG 1/2010 pero no puedo imprimir una de las dos constacia, la primera de ella se ve bien y se imprime bien con todos los datos de la empresa y titulares pero la 2da hoja sale en miniatura y aparentemente tiene un codigo de barras cuando la mandas a imprimr no se ve nada podrias decirme como resolver el problema desde ya muchas gracias
    Jeny

    Responder
  4. Anónimo dice

    28 noviembre, 2011 a las 7:29 pm

    Hola Ignacio
    Por favor necesitaria de tu ayuda, Ya presente la DDJJ via internet porque vence el 30/11/2011 pero no puedo imprimir los comprobante que son dos hojas una en donde estan todos los datos de la Soc. y titulares que se imprime bien y la segunda hoja no se ve nada esta todo en miniatura aparentemente tiene un codigo de barra padrias decirme como resolverlo
    Gracias
    Jenny

    Responder
  5. Anónimo dice

    26 julio, 2011 a las 2:47 pm

    Buen día, mi consulta es respecto a una Asociacion Civil. Para completar la DDJJ no debo poner los datos registrales sino SOLO el numero de Resolucion y el numero de Comunicacion por Tramite (para la parte de Sede solcial efectiva) y el Nº de legajo (para la parte de las Autoridades vigentes). Es esto asi o estoy equivocada?? ademas necesitara saber bien de donde saco esos datos para el caso de la Asociacion civil.

    Responder
  6. Cayu.com.ar dice

    22 julio, 2011 a las 3:45 pm

    cuales pueden ser las sanciones por incumplimiento ?

    Responder
  7. Anónimo dice

    4 julio, 2011 a las 5:48 pm

    Quiero descargar el formulario de Declaracion Jurada, y no puedo. ¿Podrias decirme donde puedo descargarlo? Asi completo la presentacion.

    Responder
  8. Nicolas dice

    1 diciembre, 2010 a las 1:05 pm

    Buenos dias! tengo varias dudas y no las puedo solucionar. Pregunto:
    Las sociedades (por ejemplo: Las SRL) se inscribien en IGJ. Ahora bien, tengo una SRL en la provincia de Cordoba, debo inscribir la misma segun esta nueva Res. 1/10?
    y segundo 1) En caso de ser una SRL, que se debe completar en el campo Ultima tasa abonada?

    2) En el punto de Presentación de Estados Contables el Nº de legajo es el correspondiente al de la legalización en el consejo respectivo?

    3) En el campo Datos Registrales corresponde llenar los datos de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Como procedo en caso de tener la inscripción del estatuto y de la ultima modificación?

    Espero respuestas.. gracias!

    Responder
  9. Ignacio dice

    4 noviembre, 2010 a las 2:11 pm

    Formulario K:
    http://ignacioonline.blogspot.com/2010/10/igj-como-obtener-el-formulario-k-de-la.html

    Responder
  10. Anónimo dice

    4 noviembre, 2010 a las 1:54 pm

    IGNACIO: De donde se saca o baja el FORMULARIO K??? Muchas gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    5 octubre, 2010 a las 12:26 pm

    1) En caso de ser una SRL, que se debe completar en el campo Ultima tasa abonada?

    2) En el punto de Presentación de Estados Contables el Nº de legajo es el correspondiente al de la legalización en el consejo respectivo?

    3) En el campo Datos Registrales corresponde llenar los datos de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Como procedo en caso de tener la inscripción del estatuto y de la ultima modificación?

    Responder
  12. Anónimo dice

    27 septiembre, 2010 a las 12:32 am

    solicito por favor me remitan via email el formulario de declaracion jurada. [email protected] gracias,

    Responder
  13. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 3:43 pm

    formulario K?¿?¿?¿?¿? wTF?¿?¿ salut

    Responder
  14. Anónimo dice

    2 agosto, 2010 a las 7:59 pm

    Ignacio:
    En el caso de una sociedad que tiene que inscribir ante la IGJ, dentro de estos dias, una modificacion de su contrato social relacionada con los componentes y autoridades de la misma ¿debe presentar la DDJJ?

    Responder
  15. Ignacio dice

    1 agosto, 2010 a las 10:30 pm

    Hola Sofía, es solo para sociedades inscriptas en IGJ.

    Responder
  16. Anónimo dice

    30 julio, 2010 a las 6:50 pm

    IGNACIO..PERTENEZCVO A UNA SOCIEDAD ANONIMA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, INSCRIPTA EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE DICHA PROVINCIA..MI PREGUNTA ES SI ESTAMOS INCLUIDOS EN ESTE NUEVO REGIMEN DE INFORMACION???
    DEBEMOS IR A BUENOS AIRES A PRESENTAR LA DDJJ?? COMO SERIA EL CASO PARA SOCIEDADES DEL INTERIOR DEL PAIS??
    SOFIA G.

    Responder
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