El Gobierno reglamentó quiénes deben pagar el impuesto y quiénes quedan exceptuados. Se estableció un alícuota especial para servicios como Netflix.
El gobierno reglamentó el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, que implica un 30% de recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera,
La medida fue oficializada el sábado, mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 99/2019, que reglamenta la ley 27.541 de Emergencia Económica.
Operaciones alcanzadas por el impuesto
Las operaciones que sí pagarán son:
- la compra de dólares para atesoramiento
- la compra de bienes y servicios, incluyendo la compra de pasajes al exterior, cualquiera sea su medio de pago.A
Alícuota especial del 8% para servicios digitales
En el caso de servicios digitales en moneda extranjera (gravados por el IVA), la alícuota será del de 8%. Esto alcanza, por ejemplo, a las plataformas de música y series, como Netflix y Spotify.
También se incluye la contratación de servidores de internet y demás servicios en la nube..
Operaciones no alcanzadas por el impuesto
Desde el Ministerio de Economía detallaron en que caso no se aplica el impuesto PAÍS:
- Adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes.
- Gastos referidos a prestaciones de salud.
- Compra de medicamentos.
- Adquisición de libros en cualquier formato.
- Utilización de plataformas educativas.
- Software con fines Educativos.
- Gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario Argentino.
- Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.
- De lo recaudado mediante este impuesto, se destinará un 70% a la ANSES e INSSJP.
Francisco palacio dice
Cn el servicios de UBER conductor también debemos pagar el 30 %??
Pablo dice
“No se aplica cuando se paga con dolares que se tuviera en existencia”
Pero si pago con tarjeta de crédito el impuesto me va a venir en el resumen por mas que yo pague el resumen con dolares en existencia lo termino pagando igual. Esto es asi?
Luter dice
Dice “compra de moneda extranjera para atesoramiento”, si uno ya tiene los pasajes comprados y los declara, podria comprar moneda extranjera para uso en ese viaje? (no seria atesoramiento)