• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Impuestos Internos: Actualización, modernización y suministro de los Instrumentos Fiscales de Control

19 julio, 2023 Por Ignacio Deja un comentario

Resolución General 5387/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOG-2023-5387-E-AFIP-AFIP – Procedimiento. Impuestos Internos. Actualización, modernización y suministro de los Instrumentos Fiscales de Control (IFC).

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-01587036- -AFIP-DVINDS#SDGFIS, y

CONSIDERANDO:

Que el Capítulo I -Tabaco- del Título II de la Ley de Impuestos Internos, según texto sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 24.674 y sus modificaciones, establece un tributo a los cigarrillos, cigarros, cigarritos, rabillos, trompetillas y demás manufacturas de tabaco.

Que en el caso de esos productos alcanzados, el artículo 8° del Decreto N° 296 del 31 de marzo 1997 y sus modificaciones, dispone que el impuesto se determinará por declaración jurada del responsable, y la condición de tal será acreditada por los respectivos Instrumentos Fiscales de Control (IFC) que serán provistos por esta Administración Federal.

Que asimismo dicha reglamentación en el artículo 9°, prevé expresamente que este Organismo establecerá los modelos de los Instrumentos Fiscales de Control (IFC) y dispondrá -según sus necesidades- la impresión de los mismos en la Sociedad del Estado Casa de Moneda, salvo disposición en contrario de la Secretaría de Hacienda.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, esta Administración Federal es el ente de ejecución de la política tributaria y aduanera de la Nación, con las facultades de aplicación, percepción, control y fiscalización allí detalladas, sin perjuicio de las conferidas por otras normas.

Que en dicho contexto legal, este Organismo está plenamente facultado para efectuar el seguimiento y control de los volúmenes de producción nacional o importaciones de determinados productos gravados por la Ley de Impuestos Internos, así como la verificación de la efectiva exportación de aquellos declarados con ese destino.

Que tal atribución presupone conferirle los medios necesarios para ponerlos en práctica, puesto que de no ser así, aquellas carecerían de eficacia.

Que dentro de las competencias asignadas en el estatuto orgánico de la Sociedad del Estado Casa de Moneda se encuentran las de desarrollar, gestionar y operar software para emitir, renovar, revocar y administrar sistemas relacionados con la trazabilidad, automatización, análisis de datos, inteligencia artificial y gobernanza digital; y asimismo desarrollar, gestionar y operar bases de datos centralizadas y descentralizadas y plataformas transaccionales de todo tipo.

Que ante la necesidad de avanzar en la modernización de los Instrumentos Fiscales de Control (IFC) a los efectos que contengan mayores medidas de seguridad que las actualmente vigentes y permitan mejorar el control sistémico de la actividad y la fiscalización de los impuestos internos, este Organismo y la Sociedad de Estado Casa de Moneda se comprometieron a arbitrar las acciones pertinentes.

Que para la consecución de ese objetivo, procede implementar herramientas de actualización, modernización y suministro de los Instrumentos Fiscales de Control (IFC) para los productos gravados por el Capítulo I del Título II de la Ley de Impuestos Internos; quedando alcanzados –en una primera etapa- únicamente los cigarrillos.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Fiscalización, Sistemas y Telecomunicaciones y Administración Financiera.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618/97, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Implementar herramientas de actualización, modernización y suministro de los Instrumentos Fiscales de Control (IFC) para los productos gravados por el Capítulo I del Título II de la Ley de Impuestos Internos, según texto sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 24.674 y sus modificaciones; quedando alcanzados -en una primera etapa- únicamente los cigarrillos.

ARTÍCULO 2°.- Los contribuyentes y/o responsables que, de conformidad con las disposiciones del artículo 2° y concordantes de la Ley de Impuestos Internos, según texto sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 24.674 y sus modificaciones, revistan el carácter de sujetos inscriptos respecto de los productos indicados en el artículo 1° de esta resolución general, deberán proceder a la instalación de los dispositivos y desarrollos tecnológicos aplicados al efecto.

ARTÍCULO 3°.- La Sociedad del Estado Casa de Moneda será la única habilitada para homologar y proveer los dispositivos y software necesarios; así como determinar el plan de acción, personas autorizadas y cronograma de relevamiento, desarrollo e implementación para cada uno de los sujetos comprendidos, a quienes se les notificará fehacientemente con copia a la Subdirección General de Fiscalización.

ARTÍCULO 4°.- Todo dato que pudiere disponerse por la presente implementación y los intercambios a realizarse en su consecuencia, serán efectuados con estricto cumplimiento del instituto del secreto fiscal regulado en el artículo 101 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y de la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificaciones.

El deber de confidencialidad incluye a todas las personas actuantes respecto de los datos a los que pudieran acceder en la intervención que les corresponda, debiendo asumir las mismas las responsabilidades consiguientes que su incumplimiento genere, como las infracciones a que hubiere lugar.

ARTÍCULO 5°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y remítase copia a la Secretaría de Hacienda y a la Sociedad del Estado Casa de Moneda. Cumplido, archívese.

Carlos Daniel Castagneto

e. 19/07/2023 N° 55660/23 v. 19/07/2023

Fecha de publicación 19/07/2023

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d