• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

INACAP: medida cautelar mantiene vigente la contribución al instituto

3 julio, 2025 Por Ignacio 5 comentarios

El Juzgado Nacional de Trabajo N°45 dictó una medida cautelar que deja sin efecto el Decreto 149/2025, garantizando que INACAP siga recibiendo y pagando los aportes obligatorios del CCT 130/75 hasta que se resuelva el fondo del litigio.

La Justicia Federal, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 45, dictó una medida cautelar que deja sin efecto, de manera provisoria, el polémico Decreto 149/2025. Con esta resolución, INACAP seguirá recibiendo los aportes obligatorios previstos en el Convenio Colectivo 130/75 hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

El 5 de marzo de 2025 se publicó el Decreto 149/2025, que limitó la posibilidad de cargar sobre los empleadores contribuciones obligatorias en favor de las cámaras y asociaciones empresariales, salvo aceptación y revocación voluntaria. Este cambio afectó directamente al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), que financia formación para el sector mercantil a través de los aportes exigidos por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

El conflicto

INACAP interpuso una acción declarativa de certeza y solicitó la medida cautelar para suspender el alcance del decreto, argumentando que, de aplicarse plenamente, se vería desfinanciado y peligraría su misión formativa. Por su parte, el Estado Nacional planteó que la materia correspondía al fuero contencioso administrativo.

El fallo

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 45 rechazó la excepción de incompetencia, al considerar que la resolución decretal incide de manera decisiva en la interpretación de normas laborales y convenciones colectivas. Además, evaluó que estaban presentes tanto el fumus boni iuris (colisión normativa con el art. 4° del CCT 130/75) como el periculum in mora (peligro de desfinanciación inminente).

En consecuencia, el tribunal admitió la medida cautelar y suspendió provisoriamente la eficacia del Decreto 149/2025 hasta que se resuelva el fondo del asunto en sentencia definitiva. De esta manera, INACAP podrá mantener sus mecanismos de financiamiento mientras dura el proceso.

CAUTELAR INACAP JNT 45Descarga

1. Antecedentes y objeto de la demanda

– Decreto cuestionado: El 5 de marzo de 2025 se publicó el Decreto 149/2025, cuyo artículo 1° establece que “las convenciones colectivas de trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados…, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente…, pudiendo revocarse libremente dichas cargas” .
– Reclamante: El Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), creado en 2008 como órgano de financiación de la formación del personal mercantil, accionó declarativamente para que se reconozca la vigencia de su contribución obligatoria prevista en el CCT 130/75, y solicitó la medida cautelar para suspender la aplicación del decreto hasta sentencia definitiva .

2. Cuestión de competencia

– El Estado Nacional había planteado excepción de incompetencia, aduciendo que la materia (decreto dictado por el Ejecutivo) correspondería al fuero Contencioso Administrativo Federal.
– El juzgado rechazó esa excepción: sostuvo que aquí “tiene influencia decisiva la interpretación de convenciones colectivas de trabajo y normas del derecho laboral”, materia de la Justicia Nacional del Trabajo .

3. Requisitos para otorgar la medida cautelar

Para dictar una cautelar anticipada, la doctrina exige:

  1. Fumus boni iuris (verosimilitud del derecho): existe colisión normativa entre el Decreto 149/2025 y la Ley 14.250 (CCT 130/75, art. 4º) que reconoce aportes obligatorios para todos los comprendidos en la convención .
  2. Periculum in mora (peligro en la demora): la paralización de aportes empresariales colocaría al INACAP al borde de la desfinanciación, afectando gravemente su función formativa y el derecho a la educación de los trabajadores .

El Juzgado estimó que ambos extremos estaban acreditados, sobre todo por la inmediata “inminente desfinanciación” y el riesgo de que, de no otorgarse la cautelar, la sentencia favorable resultase ineficaz .

4. Fallo

  1. Se desestima la excepción de incompetencia ofrecida por el Estado Nacional.
  2. Se declaran las costas en el orden causado.
  3. Se admite la medida cautelar solicitada por INACAP y se suspende provisoriamente el Decreto 149/2025 hasta que exista sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión .
  4. Se difiere la regulación de honorarios para el momento de dictarse la sentencia definitiva.

5. Comentarios sobre el impacto y alcance

  • Protección de la negociación colectiva: El tribunal refuerza la idea de que las convenciones colectivas homologadas tienen rango vinculante para todos los empleadores y trabajadores del sector, más allá de su afiliación a las cámaras signatarias.
  • Carácter provisional: La suspensión del decreto no prejuzga el resultado final; sólo asegura que no se produzcan efectos irreversibles mientras se resuelve el fondo.
  • Precedente procesal: Confirma la competencia del fuero laboral para dirimir controversias derivadas de la aplicación de normas laborales, aunque afecten actos de la Administración Pública.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Carla Martinez dice

    8 julio, 2025 a las 5:04 pm

    “la paralización de aportes empresariales colocaría al INACAP al borde de la desfinanciación, ****afectando gravemente su función formativa y el derecho a la educación de los trabajadores**** .”
    CREO QUE ESTA FUE LA PARTE QUE MÁS ME HIZO REIR (PARA NO LLORAR…. LPM! CUÁNTO LADRÓN EN ESTE PAIS

    Responder
  3. Jorge dice

    4 julio, 2025 a las 6:49 pm

    O sea que van a seguir robando nomas, que pais generoso, Roban el INACAP, roban los de OSECAC con la contribución solidaria de los $ 5500, y los giles de los trabajadores tenemos que aguantar.

    Responder
  4. Claudia dice

    4 julio, 2025 a las 12:41 pm

    INACAP es una absoluta estafa, sobretodo porque no presta ningún tipo de servicio a cambio.
    Veremos si pueden demostrar que hay alguien capacitado por ellos, particularmente en el País fuera de lo que es CABA,,, y la calidad de capacitación..
    Espero que la justicia tenga la decencia de declarar legal el decreto y borrar del mapa a organizaciones corruptas y ladronas como estas… que están en casi todos los CCTs.

    Responder
  5. juampi dice

    4 julio, 2025 a las 8:05 am

    Che pero seamos realistas, hace 20 años estoy como empleado de comercio y no recibi ni una p*** capacitacion en todo ese tiempo, de que me estan hablando con el derecho a capacitar al empleado? si lo unico que hacen con el INACAP es afanar guita los sindicalistas

    Responder
  6. Carlos dice

    3 julio, 2025 a las 6:47 pm

    La Ley 14.250 solamente establece que las convenciones podrán fijar “contribuciones a favor de la asociación de trabajadores”, es decir, al sindicato; y no a cualquier instituto que se les ocurra inventar.

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (523) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (247) Autónomos (123) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (219) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (402) FATSA (77) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (537) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (210) Resoluciones (497) Sanidad (94) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (127) UOM (218) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d