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Industria del Vestido y Afines: Nuevas escalas salariales agosto 2010

30 septiembre, 2010 Por Ignacio 11 comentarios

Vestido: Obreros bajo el CCT 593/2010 FONIVA

La Federación Obrera Nacional de la Industria del Vestido y Afines (FONIVA) y la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) han alcanzado un nuevo acuerdo de salarial con fecha  15 de setiembre de 2010.

En dicho acuerdo, las partes establecen nuevos salarios básicos y sumas accesorias de carácter remunerativo para todas las categorías profesionales de la actividad con vigencia a partir del 1 de agosto de 2010.

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    4 febrero, 2013 a las 12:18 am

    Ignacio: Tengo dudas con respecto al sueldo que estoy percibiendo.Trabajo 9 hs diarias seguidas, sin descanso para el almuerzo.Hago control de calidad, etiquetado y embolsado de cada prenda.Percibo $ 2.000 x mes.La respuesta es por este mismo medio? No puedo encontrar las escalas salariales por ningún lado. Gracias !!

    Responder
  3. Anónimo dice

    2 agosto, 2012 a las 8:33 pm

    HOLA IGNACIO, SOY MONICA:
    YO TENGO LA MISMA DUDA QUE EDI. ¿HAY 2 CONVENIOS 544/08 Y 593/10? AMBOS DICEN QUE REEMPLAZAN AL 204/93. POR OTRO LADO CUAL ES LA BASE POR HORA, PORQUE TENGO EMPRESAS CON TRABAJO QUINCENAL Y POR HORA.
    CUAL ES EL ACTUAL!

    Responder
  4. Anónimo dice

    27 agosto, 2011 a las 11:40 pm

    Hola soy Raquel tengo muchas dudas con respcto a mi sueldo estoy trabajando 9,5horas, hago la parte final control de calidad y doblado de la prenda, mi sueldo es 1800pesos, me podrían sacar la duda cuanto sería mi sueldo real porfavor.

    Responder
  5. Anónimo dice

    15 junio, 2011 a las 10:37 pm

    Hola soy laura tengo muchas dudas con respecto a mi sueldo,estoy trabajando en negro hace 5 años y queria saber cuanto tiene que ser mi sueldo, yo trabajo 6 horas de lunes a viernes. hago terminacion y control de calidad. me estan pagando $1200 por mes. me podrian sacar de la duda por favor. Desde ya muchas gracias

    Responder
  6. Vale dice

    27 noviembre, 2010 a las 12:51 am

    Ignacio:
    somos de chubut, tenemos una cooperativa que confecciona prendas en general.
    hasta ahora el valor de la hora lo determinamos en funcion de la productividad de cada socia. Para el caso de incorporar una empleada no sabemos cuanto debemos pagarle la hora. Vos podrias ayudarnos?
    gracias!

    Responder
  7. Anónimo dice

    23 octubre, 2010 a las 4:39 pm

    HOLA IGNACIO, SOY MONICA:
    YO TENGO LA MISMA DUDA QUE EDI. ¿HAY 2 CONVENIOS 544/08 Y 593/10? AMBOS DICEN QUE REEMPLAZAN AL 204/93. POR OTRO LADO, SI TENGO CHOFERES, ENCARGADO DE PRODUCCION Y MAESTRANZA ¿LOS TENGO QUE INSCRIBIR EN SETIA? ACTUALMENTE ESTAN EN COMERCIO.
    GRACIAS

    Responder
  8. Anónimo dice

    8 octubre, 2010 a las 4:38 pm

    Hola Mariela soy Rodrigo, liquido este convenio y se me presento la misma duda, en el sindicato me informaron que tanto las contribuciones como los aportes se calculan sobre lo remunerativo y el empleador debe soportar la diferencia para que a la obra social ingresen $203 (mínimo), la persona del sindicato me dijo que "remuneración sujeta a retenciones" y "remuneración real percibida por el trabajador" es lo mismo expresado de otra forma, yo no interpreto eso, aparte si es lo mismo para que lo aclaran y lo exponen así, como siempre la parte gremial de los sindicatos y las redacciones de los convenios dejan bastante que desear y no son para nada claros.

    Responder
  9. Anónimo dice

    1 octubre, 2010 a las 1:50 pm

    Perdon ignacio me quivoque en la ultima escala es de 05/2009
    Gracias
    Edi

    Responder
  10. Anónimo dice

    1 octubre, 2010 a las 1:49 pm

    Ignacio,en la publicacion de hoy esta el acuerdo salarial de FONIVA cct 593, hay algun acuerdo de CCT 544/08 NECESITO SABER SI HUBO ACUERDOS EN LA RAMA GUANTES INDUSTRIALES EN CUALQUIER TIPO DE MATERIAL, la última escala que tengo es de 05/2010
    Gracias
    EDI

    Responder
  11. Anónimo dice

    1 octubre, 2010 a las 1:41 pm

    Hola con respecto a los aportes y contribuciones a la O Social, tengo entendido que los mismos se deben hacer por el total remunerativo mas el no remunerativo a tiempo completo.
    No entiendo tu pregunta Mariela porfi me podes explicar?
    Gracias EDI

    Responder
  12. Anónimo dice

    1 octubre, 2010 a las 1:03 pm

    Hola Ignacio, soy Mariela, tengo dudas sobre el punto 5 del acta que establece la forma de calcular los aportes y contribuciones para la obra social. Para aportes dice que se debe tomar la remuneración sujeta a retención, pero para la contribución se debe tomar la remuneración real que recibe el trabajador. Ahora dice que para la Obra Social y nada del ANSSAL, pero en el aplicativo si cambio el importe de la remuneración 8 (que es para contribuciones de la OS y ANSSAL)también modificaría el cálculo para ANNSAL.

    Responder

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