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Instructivo: Cómo detraer los $12000 de MNI para textiles, calzado y marroquinería

5 diciembre, 2018 Por Ignacio 58 comentarios

Paso a paso como detraer los $12000 del Mínimo no imponible para empleadores de los sectores textil, de confección, de calzado y de marroquinería. Deneficio del Decreto 1067/18

El Ministerio de Producción y Trabajo publicó un Instructivo para que los empleadores de los sectores textil, de confección, de calzado y de marroquinería, puedan aplicar la detracción prevista en el artículo 4 del decreto 814/2001, considerando el 100% del importe de ese artículo, es decir, $ 12.000 por mes, según lo previsto en el Decreto 1067/18.

El beneficio no resultará aplicable hasta tanto el empleador acredite la cantidad de trabajadores afectados a dichas tareas, en las formas y condiciones que establezca el Ministerio de Producción y Trabajo.

La vigencia del beneficio es para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del día 1 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, ambas fechas inclusive.

Para realizar el trámite hay que ingresar a Trámites a Distancia www.tramitesadistancia.gob.ar una vez realizado el trámite, los sistemas de AFIP te permitirán tomar el beneficio.

Instructivo paso a paso

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Comentarios

  1. -
  2. Analia dice

    18 junio, 2019 a las 9:02 am

    Buenos dias
    yo ya tengo autorizada la detraccion me la puedo tomar solo hasta 5 empleados.Lo que no me sale es el saldo a favor de las rectificativas q hice, y tampoco me sale finalizado el tramite, ya no se como seguir, A alguien le aparece finalizado el tramite? o como tengo que hacer para finalizarlo??
    Alguien que me pueda ayudar o guiar por favor. Gracias!

    Responder
  3. vanesa dice

    3 abril, 2019 a las 12:16 pm

    Hola! yo presente el tramite primeros dias de DICIEMBRE, tuve que subsanar , lo hice y sigo sin poder tomarme el beneficio, llame muchas veces incluso a la mesa de ayuda del TAD y nada
    Los tramites me aparecen como firmados, pero nada!
    Alguien me puede hacer un comentario…

    Responder
    • YANINA dice

      8 abril, 2020 a las 8:34 pm

      Hola, pudiste hacer algo? Yo estoy como vos, tengo un “INFORME” pero no puedo hacer nada desde la declaracion en linea..

      Responder
  4. Diego dice

    11 marzo, 2019 a las 9:16 am

    Buenas tardes; Yo ya rectifiqué noviembre, diciembre, y enero, el 29/1/2019 y no me aparece el saldo a favaor en AFIP para computar. A Alguien le pasó lo mismo?

    Responder
    • Pola dice

      12 marzo, 2019 a las 1:32 pm

      Diego, te salio la aprobacion del Ministerio ya?

      Responder
      • YANINA dice

        8 abril, 2020 a las 8:36 pm

        Alguien pudo terminar el trámite?

        Responder
    • Valeria dice

      12 marzo, 2019 a las 2:22 pm

      hola, al rectificar te muestra en el F931 los importes a pagar en cero?, me toma la detraccion no por la cantidad de empleados y en el total del formulario solo me da a pagar unos 5.ooo y pico menos….

      Responder
    • Micaela dice

      21 marzo, 2019 a las 2:13 pm

      A mi me paso lo mismo. Aparecera en Cuentas Tributarias o habrá que presentar alguna multinota?

      Responder
    • Corina dice

      22 marzo, 2019 a las 7:45 pm

      Yo presenté las rectificativas de noviembre y diciembre hace un mes ya y sigo esperando que se refleje en sistema de cuentas tributarias. Me han comentado que presentaron una multinota y recién allí les apareció el saldo a favor. Por mi parte esperare a que venza el plazo de presentación.

      Responder
  5. Ana Paula dice

    16 febrero, 2019 a las 3:58 pm

    Hola buenos tardes a mi me pasó de que al poner el código 119 me dice:
    Para esta actividad el trabajador debe estar dentro del CCT, Ah alguno le pasó???

    Responder
    • YANINA dice

      8 abril, 2020 a las 8:37 pm

      Hola, pudiste solucionarlo?

      Responder
  6. Carolina dice

    7 febrero, 2019 a las 6:00 pm

    Buenas tardes? alguno que haya podido realizar el tramite para una empresa metalurgica? El convenio nfue agregado en dic de 2018. Si pueden me comentan su experiencia

    Responder
  7. Vanina dice

    7 febrero, 2019 a las 10:40 am

    Buen día, una vez presentadas las rectificativas, alguien sabe como reimputar ese saldo a favor?
    Saludos

    Responder
  8. Marcela dice

    30 enero, 2019 a las 10:57 am

    Buenos dias chicos, Tengo la presentación realizada pero el ministerio no se expidió. Me dijeron que intente hacer la rectificativa de Nov, la cual me permite cambiar el codigo 119,pero no se como hacer la carga de la detracción . Consulta: la carga de la detracción es automatica para el 931 o tengo que ingresarla manualmente para cada empleado. Les agradeceria si me pueden ayudar.

    Responder
    • Daniela dice

      31 enero, 2019 a las 2:56 pm

      Buenas tardes, yo hice las rectificativas de noviembre y diciembre, cargando manualmente en la detracción 12.000 en los empleados con los codigos 119 – lo pude tomar.. (aunque me dejo un monto menor porque ya estaba a cuenta los 2400 que se habian tomado en la original). Sin embargo en el sistema de cuenta corriente de Afip no me muestra el saldo a favor del codigo 351, que me generó dicha rectificativa.

      Responder
    • CAROLINA dice

      5 febrero, 2019 a las 9:22 am

      La ingresas manualmente, así como cargabas el importe de $2400.-

      Responder
  9. Vanesa dice

    22 enero, 2019 a las 12:00 pm

    Hola Ignacio. No me permite en la rectificativa de Noviembre ingresar mas de 5 empleados en la Detracción. Por que es esto?
    El Ministerio se expidió y nos autorizó a detraer, pasó la Información a la AFIP el 17/01.

    Responder
    • CAROLINA dice

      5 febrero, 2019 a las 9:25 am

      Hola! Pudiste resolver? a mi me deja sólo para un empleado.

      Responder
  10. ANABELLA dice

    22 enero, 2019 a las 9:55 am

    BUENOS DIAS,, ALGUIEN PUDO TOMAR LA DETRACCION DE LAS 12.000 X EMPLEADO? PRESENTE TODO POR TDA DE AMBOA CONVENIOS (SETIA/AOT) ME FIGURA COMO INICIADO: DESDE EL 04/01 Q ES AL FECHA EN QUE AMBOS CONVENIOS PRESENTARON LA FIRMA. DESNTRO DE LA DOCUMENTACION FIGURA “CARATULA, ALTA BENEFICIO, FORMULARIO SOLICITUD, CONSTANCIA DE APODERAMIENTO, Y EL PASE A FUNCIONARIO PUBLICO. DESDE AHI NADA MAS DESDE EL 04/01.” ALGUIEN SABE SI TIENE QUE FIGURAR UNA ULTIMA NOTIFICACION COMO TRAMITE FINALIZADO PARA PODER TOMAR LA DETRACCION O SI DEBEMOS REALIZAR ALGO MAS?

    Responder
    • mAGA dice

      14 febrero, 2019 a las 2:00 pm

      ESTAMOS IGUAL TODOS.

      ME DIJERON QUE PRUEBE CARGARLO INCLUSO CON EL TRAMITE INICIADO, ME ESTOY COMUNICANDO CON LA SECRETARIA DE EMP Y PYMES 0800-333-7963. Atienden muy amablemente y rápido. Me deja detraer solo en dos empleados…

      Responder
  11. Lina dice

    14 enero, 2019 a las 12:47 pm

    Muy buenos dias estimados!, yo pude presentar RECTIFICATIVA DE NOVIEMBRE sin tener los expedientes aprobados y cuando quiero cargar la de DICIEMBRE me dice que solamente puedo obtener el beneficio por 3 (tres) empleados…Alguien tuvo una experiencia similar? gracias

    Responder
    • Gimena dice

      17 enero, 2019 a las 1:36 pm

      Hola LINA!! Como hizo para poder tomar la detraccion? a mi me aparece la leyenda “la actividad seleccionada no está habilitada para su CUIT o para el perído de trabajo”, estoy re trabada y nadie me sabe decir que estoy haciendo mal, me podrás ayudar?

      Responder
      • Ana Paula dice

        16 febrero, 2019 a las 4:19 pm

        Hola Gimena como estás, pudiste tomarte la detracción sin tener la aprobación del ministerio de trabajo finalizado??

        Responder
    • sol dice

      21 enero, 2019 a las 1:30 pm

      Hola Lina, a mi cuando estoy cambiando los codigos, me dice que no puedo mas de 7 empleados.. pudiste solucionar los tuyo?

      Responder
  12. viviana dice

    8 enero, 2019 a las 8:34 pm

    puede ser que cct de comercio 130/75 haya sido incluida a fines de diciembre en el anexo de los convenios para la detraccion total? gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      9 enero, 2019 a las 10:33 am

      no que yo sepa

      Responder
  13. Mónica dice

    8 enero, 2019 a las 12:09 pm

    Hoy probé nuevamente en Declaracion en Línea, y no me deja realizar la detracción, sigue saliendo “La actividad seleccionada no esta habilitada para su CUIT o para el período de trabajo”.
    Será que la AFIP tiene que hacer algo ??
    Alquien sabe como hacer ?

    Responder
    • Natalia dice

      9 enero, 2019 a las 11:11 am

      Hola , me esta pasando lo mismo, tengo todo listo y no me toma el beneficio cuando en la declaracion en linea, voy a cambiar la actividad, y me sale el mismo cartel. ya reclame a la afip, pero no tuve respuesta. hoy me vencen las ccss y no se que hacer.

      Responder
    • Vanina dice

      9 enero, 2019 a las 11:48 am

      Buen día, llame por teléfono y me informaron que la Afip tiene 15 días hábiles para expedirse desde que se realizó la firma conjunta con lo cual lo mas probable es que salga para el próximo periodo porque está semana ya están venciendo las cargas nuevamente.
      En el TAD se puede seguir el expediente, hasta tanto no diga “finalizado” no va aparecer en pagina de Afip.
      Saludos

      Responder
  14. Roberto dice

    3 enero, 2019 a las 3:22 pm

    Alguien pudo realizar la detraccion??? Yo ya realice el tramite pero todavia no me permite tomar la detraccion en la pagina de AFIP

    Responder
  15. Roberto dice

    3 enero, 2019 a las 11:16 am

    Alguien puedo finalizar el tramite y tomarse la detraccion???? Pq yo ya termine el tramite pero todavia no me permite tomarme la detraccion.

    Responder
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