La iniciativa, que apunta a quienes hayan realizado los 30 años de aportes pero no tengan la edad para jubilarse y estén desempleados, fue aprobada en la Comisión de Previsión Social.
El proyecto del legislador formoseño tiene su antecedente en la ley 25.994, que fue sancionada en diciembre del 2004 tras los reclamos de la Asociación 50 a 60, que postulaba una cobertura de vida digna para aquellas personas denominadas “viejos para trabajar y jóvenes para jubilarse”.
En ese momento, la ley tuvo una vigencia de 840 días que resolvió las dificultades de 600 mil personas, que habían sido expulsadas del mercado de trabajo en la década del ‘90 y que, por una cuestión de edad, no habían podido reinsertarse en la actividad laboral.
Sin embargo, luego de ese período de tiempo, una gran cantidad de personas quedaron fuera de dicho beneficio a pesar de haber cumplido con los requisitos de los aportes a la seguridad social.
Monica dice
Buen día. Yo tengo 26 años de aportes y 55 años. Soy desocupada desde el año 2016. Se podrá pagar una moratoria para poder ingresar a esta posible jubilación anticipada? Gracias
Anónimo dice
tengo 55 años soy enfermera con 24 años de servicio estoy con problemas coronarios y fibromialgia rectificacion de columna ,no doy mas estoy con reducion de horario ,me podre jubilar
tengo 60 recien cumplito y 34 añ0s de aporte en sanidad HEMODINAMIA insalubre x trabajar com rayo como inicio eltramite
hola quiro saber si me puedo jubilar tengo 35 años de aportes y 62 años de edad
hola me llamo claudia tengo 47 años y queria saber si hay una jubilacion anticipada para personas que no pueden trabajar por problemas fisicos y no son discapasitadas , tengo hernia de disco y artrosis en la columna , trabajaba en un hotel , en muy malas condiciones de seguridad para el trabajador y de ahi quede mal , pero no soy discapasitada , mi marido trabaja , en un club de futbol y cobra 1000 pesos por mes es boletero y trabaja dos dias al mes , tenemos tres hijos con nosotros una nena de 18 uno de 9 y uno de dos años y lA VERDAD ME VENDRIA MUY BIEN UNA JUBILACION
Si claudia, hay una jubilación por invalidez cuyos requisitos son dos , diez años de aportes y una junta médica que se inicia con una historia clínica de tu médico de cabecera. En tu ciudad te pueden informar cualquier oficina relacionada con jubilaciones, pami o bienestar social de la municipalidad.
Las leyes temporales caducan al cumplirse los plazos fijados en ellas.
Hay otra,muy importante, vinculada a las jubilaciones es la Ley 24476 de moratoria de autónomos usada en el programa SICAM para quienes no habían completado sus aportes para poder jubilarse. Tiene un tope temporal en su Art 5 donde establece que los períodos que se pueden incluir son hasta el 30 de septiembre de 1993. si se modificase ese artículo en la fecha y se pondría 2015 muchos cientos de personas ancianas podrían jubilarse y ahora no pueden porque deben pagar enormes cantidades de dinero al contado. Tampoco hay un plan de facilidades de pago para monotributistas, porque los genios de la AFIP no tienen un plan permanente de facilidades de pago para todos los casos. especialmente los dados de baja por falta de pago y ahora para entrar de nuevo al sistema deben pagar toda la deuda al contado. Esos administrativos fiscales no se dan cuenta que si algún monotributista no pago por falta de dinero, ¿cómo hará ahora para pagar toda su deuda
al contado? Eso tan simple, no se dan cuenta? y eso que el pueblo les paga buen sueldo ¿ehh?
La torpeza al servicio de la república.
todo es importante cuando tenes 60 años y estas desocupado ademas hay que darle prioridad a las personas que cumplieron con sus aportes cuando yo comenze a aportar la edad para jubilarse era 60 años y ahora la cambiaron