La medida afecta a más de 7 millones de responsables, alcanza a particulares y directores o representantes legales de las empresas. Quienes ya se encuentren inscriptos ante el fisco deberán reempadronarse. Serán dados de baja los sujetos que no realicen el trámite
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Dr. Ricardo Echegaray, aprobó hoy el Registro Tributario como parte del “Sistema Registral”. Se trata de un mecanismo integrado que profundiza aún más la transparencia fiscal y fomenta la realización de trámites mediante operaciones electrónicas. En ese sentido, se exigirá que todos los contribuyentes cuenten con una fotografía, firma y huella dactilar digitalizada. Además, el fisco contará con una imagen digital del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Si bien la AFIP no oficiará como verificador de identidad de los contribuyentes, la ampliación de la información suministrada al fisco (foto, huella y firma) y su correspondiente digitalización servirá para preservar a los contribuyentes de cualquier fraude que quiera realizarse en su nombre.
Cabe destacar que las huellas dactilares de los contribuyentes quedarán encriptadas en las bases de datos de la AFIP y sólo serán dadas a conocer por orden de un juez. En tanto, la firma y la foto tendrán un “logo de agua” para que nadie pueda utilizarlas sin dejar constancia de que la información salió del fisco.
La medida, que alcanza a más de siete millones de Claves Únicas de Identificación Tributarias (CUIT), se realizará de manera escalonada. En una primera instancia sólo será obligatorio para los nuevos contribuyentes. Los contribuyentes ya registrados deberán registrar sus datos biométrico en una segunda etapa, aunque, también podrán digitalizar sus datos en forma voluntaria.
El trámite podrá realizarse en las distintas agencias de la AFIP. En la experiencia recogida al registrar a los operadores de comercio exterior se verificó que esta digitalización se realiza en no más de 15 minutos.
La finalización de trámite se alcanza con la aceptación de los datos a través de Internet y con la Clave Fiscal. Esto significa que la registración de los datos no se considerará perfeccionada hasta tanto se ratifique la fotografía, la firma y el documento de identidad “escaneado”, mediante el servicio denominado “Aceptación de datos biométricos” del sitio “web” del Organismo (http://www.afip.gob.ar), al que se accederá utilizando la respectiva “Clave Fiscal”.
La norma contempla dos excepciones para no presentarse en agencias. Las personas con movilidad reducida podrán solicitar que un representante de la AFIP se acerque a su domicilio para concretar la digitalización. Del mismo modo, empleados fiscales se acercarán a las poblaciones más alejadas del país mediante “agencias – móviles” para evitarles el traslado.
Fuente: Gacetilla de prensa AFIP
Mario Barbaro dice
Me parece que todavia no hay noticias, solamente para los nuevos dice ahi, se que los operadores de comercio exterior tienen un cronograma, como me paso a mi. Pero para contribuyentes normales y ya registrados todavia no hay plazos…Saludos
Hola!
Esta noticia….a partir de cuando empieza a tener vigencia?