La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un régimen de información complementario que deberán cumplir los titulares de las empresas industriales promovidas, para optimizar la fiscalización y el control de las obligaciones de los contribuyentes con beneficios fiscales.
Tal como establece la Resolución General 3286, el nuevo régimen permitirá individualizar las operaciones de compra, locaciones o prestaciones de obras y/o servicios recibidas –incluidas las operaciones de importación-, realizadas por los responsables alcanzados por los beneficios promocionales previstos en la Ley N° 22.021 y sus modificaciones.
La disposición se aplicará en las operaciones que se realicen a partir del 2 de mayo próximo, indicó la AFIP en un comunicado.
Las empresas obligadas a actuar como agentes de información deberán consignar los datos referidos a las operaciones vinculadas tanto a la actividad promovida como asi tambien a la actividad no amparada por el régimen de promoción.
En las operaciones vinculadas a la actividad promovida se deberá indentificar las compras que resulten alcanzadas por el tratamiento preferencial de conformidad con las normas particulares de otorgamiento de los beneficios promocionales y el Decreto N° 938 del 11 de mayo de 1993 y su modificatorio.
A efectos de cumplir con el régimen, a partir de junio las empresas deberán informar mensualmente a través del programa aplicativo denominado “AFIP DGI – CITI Promovidas – Versión 1.0”, que genera el formulario de declaración jurada N° 919. EI programa para suministrar la información se podrá descargar desde la página www.afip.gob.ar.
El incumplimiento, ya sea total o parcial, del régimen informativo, será pasible de las sanciones previstas en la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
Deja una respuesta