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La Justicia condenó el uso de la figura del monotributista para encubrir una relación laboral

3 febrero, 2010 Por Ignacio 4 comentarios

La Justicia condenó el uso de la figura del monotributista para encubrir una relación de dependencia.
A fin de poner un límite a una frecuente maniobra de evasión, la Justicia decidió castigar la utilización de la figura del monotributista para reducir el costo laboral empresarial.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo  (CNAT) obligó a pagar a a la productora Cuatro Cabezas más de $30.000 por utilizar la modalidad de pequeños contribuyentes para encubrir empleos en relación de dependencia. Se oculta la verdadera relación de dependencia del empleado en la figura del monoributo y que permite ahorrar a las empressas hasta un 50% en concepto de cargas sociales. (ver fallo)

La cámara entendió que la relación laboral mantenida entre el empleado y la productora configuraba “un contrato de trabajo y no un vínculo de naturaleza comercial”. los jueces que conformaban el tribunal aseguraron que las pruebas presentadas en la causa daban cuenta del desempeño del trabajador “en tareas propias del giro empresario de la productora con cumplimiento de horario y recibiendo órdenes de personal jerárquico”.

Relación de dependencia encubierta. Una práctica habitual
El uso y abuso de la figura del monotributo para ocultar una relación de dependencia es una práctica habitual en las relaciones de trabajo. La empresas tienen ahorros importantes en el costo laboral, al no ingresar las contribuciones correspondientes, entre otras cosas. Los empleados, sufren una gran desprotección, entre otras cosas, quedan fuera del sistema de asignacioones familiares,  no  tienen  poder para negociar sus salarios, ya que no están alcanzados por los convenios colectivos de trabajo. Y  además, al ser despedidos, quedan sin derecho a indemnización.

Con la excusa del Monotributo, es habitual hacer pasar como falsas empresas a quienes se los contrata para realizar trabajos iguales a los realizados por un empleado normal en relación de dependencia.

Pero ya son varios los fallos en contra de esta prácitca. En este caso, la Cámara entendió que la verdadera naturaleza jurídica de la relación del “pequeño contribuyente” era un contrato de trabajo, y no una locación de servicios.

El monotributo, ha sido una gran ventaja ara quienes no quieren afrontar los aportes y contribuciones de una relación laboral, ahorrandose mucho dinero evadiendo al fisco Nacional. Pero también es cierto, que el mismo estado se evade a si mismo, ya que son los estados nacionales  provinciales y municipales, quienes han abusado de esta forma de contratación.

Ver texto del fallo

Fuente: Iprofesional – elDial Express

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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: Fallos, Monotributistas

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    20 abril, 2010 a las 5:42 pm

    Hola Gas, si realemente no hay una relación de dependencia, y como decís tenés las pruebas, dale para adelante. Lo que no se en que instancia está este reclamo. Si presentaste algún descargo o no, si hubo respuesta.

    Responder
  3. gas dice

    20 abril, 2010 a las 5:37 pm

    hola tengo un litigio con afip por un monotribustista que trabaja por turnos en mi peluqueria afip dise que es una relacion de dependencia encubierta .el monotribustista en un relebamiento de personal declara que no tiene un sueldo fijo que no resive ordenes de nadie que no comple horario laboral puesto que concure a trabajar en mi establesimiento unicamente cuado tiene turnos en este salon a demas trabaja an otras peluquerias con la misma modalidad.afip me reclama que regurarise los aportes de seguridad social ademas de todas las multas .tengo todas las pruebas para demostrar que esta persona es monotibutista y que no tiene una relacion de dependencia para con mi empresa . usted tiene informacion que mepueda brindar para ver como encaro ete litigio se lo agradesco.

    Responder
  4. Ignacio dice

    19 abril, 2010 a las 1:39 am

    Hola, si estás en relación de dependencia solo pagarías el componente impositivo que parte de los $39, para una facturación anual de 24000 pesos.
    La exención depende de la jurisdicción, pero por esa actividad, no creo.

    Responder
  5. Antonio dice

    14 abril, 2010 a las 1:44 pm

    Hola Ignacio, soy periodista y edito un periódico local, además trabajo como empleado en blanco en una cámara de comercio. Quiero inscribirme como monotributista, quisiera saber que y cuanto pagaría de monotributo y si estoy exento de ingresos brutos. muchas gracias

    Responder

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