Las propinas que se paguen con tarjetas quedarán exentas de IVA y Ganancias
Con el objetivo de alentar a los consumidores a utilizar medios electrónicos de pago para la propina, sin necesidad de apelar al uso de efectivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció que los comercios quedarán exentos de las retenciones de IVA y Ganancias por las propinas que los consumidores paguen con tarjetas de crédito o débito.
La medida se oficializó a través de la resolución general 4408.
“El impulso de las transacciones electrónicas es un elemento clave en la estrategia de AFIP de promover la formalización de la economía y, con esta
medida, buscamos que se acelere este proceso”, expresó el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, a través de un comunicado de prensa.
Hasta ahora, a los comerciantes se les aplicaba las retenciones de IVA y Ganancias sobre el monto total de lo pagado con las tarjetas de crédito y débito, y el valor de la propina no se discriminaba.
Con la aplicación de esta medida, queda exenta de las retenciones de IVA y Ganancias por el cobro con un tope del 15 % del valor de la operación.
Los proveedores de las terminales POS serán los encargados de informar al comerciante la codificación correspondiente para discriminar el cobro del consumo y de la propina.
Por otra parte, se establece que el régimen no resultará de aplicación cuando se trate de comerciantes, locadores o prestadores de servicios categorizados como microempresas, siempre que se encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” y tengan vigente el correspondiente “Certificado MiPyME”.
En tanto, los clientes y consumidores informarán voluntariamente si desean incluir la propina en el pago con tarjeta, una vez que soliciten la factura.
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