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Ley 26.474 Contrato de tiempo parcial – Modalidades del contrato de trabajo

25 enero, 2009 Por Ignacio 417 comentarios

LEY 26474

Ley de Contrato de Trabajo – Modalidades del contrato de trabajo – Contrato de trabajo a tiempo parcial – Sustitución del art. 92 ter de la ley 20.744 (t.o. 1976).

Fecha de Sanción: 17/12/2008

Fecha de Promulgación: 12/01/2009 Aplicación Art. 80 C. Nacional

Publicado en: BOLETÍN OFICIAL 23/01/2009

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º – Sustitúyese el artículo 92 ter de la Ley 20.744 (texto ordenado en 1976) -Ley de Contrato de Trabajo- y sus modificatorias, por el siguiente:

Artículo 92 ter:

1. El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo. Si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.

2. Los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán realizar horas suplementarias o extraordinarias, salvo el caso del artículo 89 de la presente ley. La violación del límite de jornada establecido para el contrato a tiempo parcial, generará la obligación del empleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para el mes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otras consecuencias que se deriven de este incumplimiento.

3. Las cotizaciones a la seguridad social y las demás que se recaudan con ésta, se efectuarán en proporción a la remuneración del trabajador y serán unificadas en caso de pluriempleo. En este último supuesto, el trabajador deberá elegir entre las obras sociales a las que aporte, a aquella a la cual pertenecerá.

4. Las prestaciones de la seguridad social se determinarán reglamentariamente teniendo en cuenta el tiempo trabajado, los aportes y las contribuciones efectuadas. Los aportes y contribuciones para la obra social será la que corresponda a un trabajador, de tiempo completo de la categoría en que se desempeña el trabajador.

5. Los convenios colectivos de trabajo determinarán el porcentaje máximo de trabajadores a tiempo parcial que en cada establecimiento se desempeñarán bajo esta modalidad contractual. Asimismo, podrán establecer la prioridad de los mismos para ocupar las vacantes a tiempo completo que se produjeren en la empresa.

ARTICULO 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 26.474-

JOSE J. B. PAMPURO. – EDUARDO A. FELLNER. – Enrique Hidalgo. – Juan H. Estrada.

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Jornada de Trabajo, Jornada parcial, Ley 26474 Contrato de tiempo parcial., Media jornada, Obra Social

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    26 agosto, 2013 a las 9:11 pm

    HOLA SOY NANCY. QUERIA CONSULTAR, YO TRABAJO EN UN CALL CENTER 6 DIAS SEMANALES POR 6 HORAS DIARIAS. DENTRO DE ESE HORARIO TRABAJO LOS DOMINGOS. LO QUE NECESITO SABER ES SI CORRESPONDEN AL 100% O JORNADA NORMAL?? DE ER QUE CORRESPONDAN AL 100% COMO PUEDO RECLAMAR???

    Responder
  3. Anónimo dice

    22 agosto, 2013 a las 1:33 pm

    trabajo en una fabrica de balanceado para mascotas y se me vence el contrato por tres meses y me lo quieren renovar hay una ley que lo avale o puedo exigir que me blanqueen , gracias

    Responder
  4. Anónimo dice

    22 agosto, 2013 a las 1:29 pm

    trabajo en una fabrica de balanceado nutricion animal y tengo contrato y se me vencio tengo que renovarlo o exigir que me blanqueen o hay alguna ley que tenga que renovarlo gracias

    Responder
  5. Anónimo dice

    7 agosto, 2013 a las 6:31 pm

    Buenas!mi consulta es la siguiente,trabajo supuestamente a tiempo parcial que serían 129. Horas al mes.cómo se líquida las vacaciones,cuantas horas equivalen?por favor necesito la respuesta

    Responder
  6. jose dario Azambuja dice

    3 agosto, 2013 a las 4:59 pm

    Hola mi pregunta es la siguiente. Yo trabajo 24 horas mensuales. Y me descuenta en el recibo de sueldo 3% de la ley 26474 .por que? Si supuestamente no la tiene que abonar el empleador y no el empleado. Espero respuesta desde ya muchas gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      4 agosto, 2013 a las 8:54 pm

      Es un descuento adicional por Obra Social, seguramente estás trabajado a media jornada.

      Responder
  7. mariano hirschfeld dice

    13 julio, 2013 a las 9:54 pm

    Hola quisiera hacer una consulta mi jefe me paga medio dia y lo trabajo entero,me insulta y si pregunto algo de trabajo o aumento me amenaza con hecharme y mebdice mas insultos me hizo pintarle casi todo el negosio es una pintureria altisima y me dio una escalera vieja casi me mato tengo testigos de estos trabajos que puedo hacer??

    Responder
  8. mariano hirschfeld dice

    13 julio, 2013 a las 9:52 pm

    Hola quisiera hacer una consulta mi jefe me paga medio dia y lo trabajo entero,me insulta y si pregunto algo de trabajo o aumento me amenaza con hecharme y mebdice mas insultos me hizo pintarle casi todo el negosio es una pintureria altisima y me dio una escalera vieja casi me mato tengo testigos de estos trabajos que puedo hacer??

    Responder
  9. Anónimo dice

    12 julio, 2013 a las 8:19 pm

    hola ignacio, mi nombre es xoana, queria hacerte una consulta. hace poco mas de 5 meses, que trabajo como empleada franquera en una panaderia, mi jornada laboral es de 8 horas diarias 4 veces a la semana.mi consulta seria, me corresponde cobrar un proporcional de aguinaldo?, la verdad es que no se nada de contrato laboral, de todas maneras estoy en negro,pero mi jefe, me dice que al ser franquera no soy una empleada fija y no me corresponde cobrar aguinaldo. la verdad que no se como manejarme con esto, agradeceria tu respuesta! saludos

    Responder
  10. Anónimo dice

    26 junio, 2013 a las 4:39 pm

    Hola ignacio. Te hago una consulta. Tengo una empleada en blanco que trabaja 9 horas diarias (convenio de gastronomicos) y ahora consiguio otro trabajo tambien en blanco de 9 horas diarias tambien. La cuestion es que, obviamnete, se empezo a enfermmar de la locura de trabajar 18 horas diarias! Puede hacer eso? No tengo forma de lograr q no trabaje en el otro lugar y/o que haya despido causado? Entra en mi local de 5 am a 14. Y en el otro de 14 a 21, una locura!!,

    Responder
  11. Yanel Donaire dice

    18 junio, 2013 a las 1:23 pm

    hola trabajo de administrativa media jornada, en una empresa cuya actividad principal es servicio de gestion y logistica para transporte de mercaderias, en mi recibo de haber aparezco fuera de convenio, mi sueldo neto es 2310, exite una resolucion de aumento de salario minimo vital y movil, un aumento en septiembre(2012) y otro en febrero(2013), en el mismo figura que debe ser proporcional tanto para jordana completa como parcial, pero mis aumentos fueron de septiembre a octubre de 2100 a 2310, y no se a vuelto a aumentar, quiero saber q sueldo y qe aumentos me corresponden, por favor, no llego a fin de mes!!

    Responder
  12. Anónimo dice

    18 junio, 2013 a las 1:04 pm

    Hola Ignacio:
    Mi pregunta es la siguiente,mi empleada tiene reducción de jornada por maternidad.Por un año.Se le termina este contrato en agosto(está fija)
    Yo quiero que vuelva a su jornada completa.Se puede negar?
    Gracias Anabel.

    Responder
  13. Marcela Lozano Minetti dice

    14 junio, 2013 a las 2:05 pm

    hola, buen dia!
    queria saber si hay un minimo de hs para contratar a una persona? estariamos pensando en tomar a alguien para que trabaje 10hs a la semana' gracias

    Responder
  14. Anónimo dice

    12 junio, 2013 a las 5:14 pm

    Buen dia a todos Yo trabajaba los sabados medio dia pero por la escuela, deje de ir ahora me descuentan el dia completo eso si es correcto, o me deberia de descontar el medio dia. gracias

    Responder
  15. Anónimo dice

    10 junio, 2013 a las 9:04 pm

    Hola Ignacio,
    Cómo se declaran las remuneraciones 4 y 8 en el caso de empleados con pluriempleos, considerando que tomando cada remuneración por separado no llega al mínimo de la categoría pero si en conjunto.
    Gracias!
    Gisela

    Responder
  16. Anónimo dice

    10 junio, 2013 a las 7:14 pm

    Tengo una empleada 1/2 jornada . Los aportes se los tengo que hacer por jornada completa . Cuales aporte debo hacer por jornada completa .

    Ricardo

    Responder
    • Ignacio dice

      14 diciembre, 2015 a las 1:04 pm

      Los aportes y contribuciones a la obra social van por jornada completa, el resto de aportes y contribuciones por jornada trabajada

      Responder
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