Ley 4323 CABA – Se incorpora texto a la Ley N° 3281 (Comercios – Devolución o Cambio de Productos – Condiciones)
Buenos Aires, 18 de octubre de 2012
Publicación en el B.O.: 27/11/2012
Publicación en el B.O.: 27/11/2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.-
Incorpórase a la Ley 3.281 como Art. 8° el siguiente texto: “Artículo
8°.- En los comprobantes de compra deberá incorporarse la leyenda “Los
cambios se efectúan en los mismos días y horarios en los que el comercio
atienda al público para ventas”. Dicha leyenda podrá agregarse mediante
mecanismos electrónicos de impresión o a través del sellado de dicho
comprobante.”
Incorpórase a la Ley 3.281 como Art. 8° el siguiente texto: “Artículo
8°.- En los comprobantes de compra deberá incorporarse la leyenda “Los
cambios se efectúan en los mismos días y horarios en los que el comercio
atienda al público para ventas”. Dicha leyenda podrá agregarse mediante
mecanismos electrónicos de impresión o a través del sellado de dicho
comprobante.”
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
Ritondo – Pérez
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