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Ley de Inocencia Fiscal: las claves de la reforma

29 diciembre, 2025 Por Ignacio Deja un comentario

Índice de Contenidos

  • Nuevos montos para que exista delito penal
  • Requisitos principales
  • Principales características
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Ley de Inocencia Fiscal: qué cambia con la reforma tributaria aprobada por el Senado.

ARCA

La Cámara de Senadores aprobó la denominada Ley de Inocencia Fiscal, una norma que introduce una reforma integral del sistema tributario argentino y del Régimen Penal Tributario, con un cambio de enfoque profundo en la relación entre el Estado y los contribuyentes.

El eje central de la iniciativa es la presunción de inocencia fiscal, un principio que busca dejar atrás la lógica de sospecha permanente y priorizar el cumplimiento voluntario, la previsibilidad y la seguridad jurídica.

A continuación, analizamos qué establece la ley, cuáles son sus principales cambios y qué impacto puede tener para contribuyentes, pymes y profesionales.

¿Qué es la Ley de Inocencia Fiscal?

La Ley de Inocencia Fiscal se apoya en un principio rector claro: el contribuyente se presume cumplidor, salvo que existan evidencias concretas de evasión relevante o conducta dolosa.

Esto implica un cambio estructural en la forma en que el Estado controla, fiscaliza y sanciona, limitando la intervención penal únicamente a los casos verdaderamente graves y evitando la criminalización automática de errores formales o interpretaciones razonables de la norma.

Reforma del Régimen Penal Tributario

Uno de los puntos centrales de la ley es la actualización de los umbrales de evasión, que no se modificaban desde 2017 y habían quedado totalmente desactualizados por la inflación.

Nuevos montos para que exista delito penal

  • Evasión simple: de $1,5 millones a $100 millones
  • Evasión agravada: de $15 millones a $1.000 millones
  • Evasión previsional (seguridad social): de $200.000 a $7 millones
  • Uso de facturas apócrifas: de $1,5 millones a $100 millones

Con estos nuevos pisos, la mayoría de los incumplimientos quedarán en el ámbito administrativo, reservando el derecho penal para conductas de mayor entidad.

Extinción de la acción penal y prescripción

La norma introduce reglas claras que fortalecen la seguridad jurídica:

  • La acción penal se extingue cuando prescriben las facultades del fisco para determinar la deuda.
  • Si el Estado ya no puede reclamar el tributo por vía administrativa, tampoco podrá sostener un proceso penal.
  • Se reduce el plazo general de prescripción de 5 a 3 años para contribuyentes cumplidores.
  • Para contribuyentes no inscriptos, el plazo continúa siendo de 10 años.
  • Se elimina la suspensión automática de la prescripción por determinación de oficio.

Este punto obliga al organismo recaudador a actuar dentro de plazos más acotados y previsibles.

Regularización fiscal y extinción de la acción penal

La ley mantiene la posibilidad de evitar la denuncia penal mediante el pago de la deuda y sus intereses, pero con una condición relevante:

  • Este beneficio solo podrá utilizarse una vez por contribuyente.

De este modo, se busca incentivar la regularización sin generar un mecanismo de abuso reiterado.

Presunción de exactitud de las declaraciones juradas

Otro cambio clave es la incorporación de una presunción de exactitud para las declaraciones juradas presentadas en tiempo y forma.

Esto significa que:

  • El fisco no podrá desconocer automáticamente una declaración.
  • Solo podrá hacerlo cuando existan inconsistencias relevantes.
  • Se reduce la discrecionalidad en los procesos de fiscalización.

Este punto mejora notablemente la previsibilidad del sistema tributario.

Régimen Simplificado de Declaración Jurada de Ganancias

La ley crea un Régimen Simplificado y opcional de Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas.

Requisitos principales

  • Ingresos anuales de hasta $1.000 millones
  • Patrimonio total de hasta $10.000 millones

Principales características

  • El contribuyente no debe informar variaciones patrimoniales.
  • No se controlan los consumos personales.
  • La ARCA solo cobrará Ganancias sobre los ingresos facturados.
  • De esa base se deducirán los consumos informados.
  • ARCA confeccionará la declaración con la información disponible.
  • Quienes paguen en término quedarán liberados de otras obligaciones formales, salvo errores graves.

¿Qué pasa con los “dólares del colchón”?

La ley no establece un blanqueo de capitales ni modifica el Impuesto a las Ganancias.

Sin embargo, el impacto sería indirecto:

  • Al eliminar la obligación de declarar la evolución patrimonial dentro del régimen simplificado,
  • y al limitar el uso de presunciones automáticas,
  • se reduce el riesgo de fiscalizaciones por incrementos patrimoniales no justificados.

ARCA conserva la facultad de fiscalizar, pero solo ante inconsistencias relevantes.

Reducción de multas para personas humanas y pymes

La norma contempla una reducción significativa de multas administrativas, con quitas que pueden llegar hasta el 90%, siempre que no se trate de grandes contribuyentes.

El objetivo es aliviar la carga sancionatoria, especialmente sobre pymes y personas físicas, y fomentar el cumplimiento voluntario.

Actualización anual de montos

Todos los importes del régimen penal tributario y del régimen simplificado:

  • Se ajustarán anualmente a partir del 1 de enero de 2027,
  • según la variación de la UVA,
  • y deberán ser publicados cada año por la autoridad tributaria.

Esto busca evitar nuevos desfasajes por inflación.

Modernización del sistema tributario

La ley reconoce que su éxito dependerá en gran medida de la modernización del organismo recaudador, especialmente en:

  • tecnología,
  • sistemas de información,
  • análisis de datos,
  • y gestión de fiscalizaciones.

Sin mejoras reales en estos aspectos, la evasión seguirá siendo un problema estructural.

Tipo de infracciónMonto anterior (configuraba delito penal)Nuevo monto mínimo (Ley de Inocencia Fiscal)
Evasión simple$1.500.000$100.000.000
Evasión agravada$15.000.000$1.000.000.000
Evasión previsional (seguridad social)$200.000$7.000.000
Uso de facturas apócrifas$1.500.000$100.000.000

principio_de_inocencia_fiscalDescarga

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