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Libro de sueldos Digital AFIP

¿Qué es el libro de sueldo digital?

Según AFIP, es una nueva herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual (F.931).

Pero lo cierto, es que el Libro de Sueldos Digital, por el momento, no reemplaza a libro de sueldos rubricado del artículo 52 LCT, por lo tanto, el trámite de rúbrica sigue vigente en la modalidad que cada Provincia y la Ciudad de Buenos Aires utilizan.

El nuevo sistema ‘Libro Sueldos Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del contribuyente, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, y a partir de ello, elabora el Libro de Sueldos y Jornales, previsto en el art. 52 de la Ley N° 20.744 y la Declaración Jurada mensual (F.931).

¿Cuáles son las novedades en la utilización de la nueva aplicación?

ANTES

Los contribuyentes debían cumplir con al menos 3 obligaciones:

  • Liquidar los sueldos de sus empleados.
  • Confeccionar el ‘Libro de sueldos y jornales’.
  • Generar el F. 931 por aportes y contribuciones de la nómina salarial para presentar en AFIP.

Para ello, debían cargar los mismos datos de cada empleado, en plataformas o sistemas diferentes, generando así duplicidad de tareas con el consiguiente riesgo de incurrir en errores.

AHORA

El Sistema “Libro Sueldos Digital” sólo requiere del contribuyente, un único ingreso de datos, al llevar a cabo su liquidación de haberes. Ello, cumplida la tarea de parametrizar sus conceptos de pago con los del sistema universal de la AFIP, por única vez o ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.

A partir de allí, el nuevo Sistema captura las altas y bajas de Simplificación Registral, para generar las ‘Hojas móviles del Libro de Sueldos y Jornales’ y la ‘DDJJ F-931’.

Esquemáticamente:

¿Quiénes son los empleadores alcanzados?

Se ha definido implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo, a través del domicilio fiscal electrónico.

Procedimiento de adhesión

Emisión de hojas móviles

Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP.

Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.

Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.

Revisar y confirmar los datos. Imprimir y/o enviar el archivo con las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.

Generación de la Declaración Jurada F.931

Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del libro de sueldos.

Presentación de la Declaración Jurada F.931 – Rectificativas

Para presentar las declaraciones juradas rectificativas (F.931) es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar al sistema “Libro Sueldos Digital” y acceder desde allí al sistema “Declaración en línea”.
  • Aplicar la modalidad de confección de las declaraciones juradas utilizada oportunamente, es decir, “Sistema de Cálculo de obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o “Declaración en línea”, según corresponda, por los períodos anteriores a la utilización del ‘Libro de Sueldos Digital’.

¿Cómo adherirse voluntariamente?

El empleador que no ha sido notificado en el domicilio fiscal electrónico de su obligación de utilizar este nuevo servicio y desee comenzar a utilizarlo voluntariamente podrá solicitarlo en la dependencia asignada mediante una multinota F.206 haciendo mención que la misma debe ser remitida a la Dirección de Operaciones con Instituciones con la Seguridad Social (DI OISS).

Luego de la evaluación pertinente recibirá una comunicación en su domicilio fiscal electrónico, indicando el  período a partir del cual estará obligado a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”.

¿Cómo funciona el intercambio de información entre sistemas?

La unificación en un único trámite, supone que la información ingresada será validada en los distintos sistemas, evitando duplicidades e inconsistencias.

El empleador, al comenzar a utilizar el ‘Libro de Sueldos Digital’, deberá efectuar una parametrización. Esto significa, registrar todos los conceptos utilizados en la liquidación de haberes y asociarlos con los conceptos predefinidos por la AFIP, – grilla universal – indicando a qué subsistemas de la seguridad social se vincula cada uno.

Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales.

A partir de ello, se tomarán los datos de cada liquidación de haberes efectuada, junto con los datos provenientes de los servicios Simplificación Registral y Sistema Registral.

Con ellos se conformará el ‘Libro de Sueldos Digital’, en borrador y definitivo, a partir del cual, podrá ser generada la Declaración Jurada F.931, mediante el servicio Declaración en Línea.

Ver guías temáticas del Libro de Sueldos Digital

Tutorial en video Primero pasos en el Libro de Sueldos Digital

Cómo parametrizar y cargar las liquidaciones del Libro de Sueldos Digital de AFIP paso a paso desde cero.

Planilla Excel

En el siguiente enlace pueden bajar la planilla Excel de Armado del TXT de liquidaciones del Libro sueldos que utilicé en el ejemplo del video:

LSD-ARMADO-TXT-Liquidaciones-COMPLETO-IOLDESCARGAR EXCEL

Normativa

  • Resolución General Conjunta AFIP 3669
  • Resolución General AFIP 3781
  • Resolución General AFIP 4535

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Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Agustin dice

    13 diciembre, 2022 a las 11:01 am

    Buenas, tengo problemas para cargar jubilados, me pide cargar los codigos 2 3 4 5 y 8 si o si, pero no aportan os jubilados esos conceptos, como se procede?

    Responder
    • Ignacio dice

      13 diciembre, 2022 a las 5:00 pm

      cargalos igual, solo te va a calcular jubilación y ART

      Responder
  3. Caren dice

    12 diciembre, 2022 a las 4:59 pm

    Hola, tengo que cargar el concepto de vacaciones gozadas al libro de sueldos digital pero no se a que código relacionarlo. Alguien sabe cual de todos hay que tomar?

    Responder
  4. MatiasB dice

    12 diciembre, 2022 a las 4:52 pm

    Buenas tardes, estoy subiendo el LSD para socio gerentes, Es remunerativo pero solo aporte a LRT, alguien sabe en que concepto de afip va ? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      12 diciembre, 2022 a las 6:44 pm

      va con código 099

      Responder
  5. vanesa dice

    12 diciembre, 2022 a las 9:08 am

    Buenos dias, mi consulta es por el sueldo de un empleado del Programa PIL, cuando estoy por aceptar la liquidación, me aparece lo siguiente.
    La cantidad de empleados con liquidación de sueldos no permite cumplir con el requisito de control de base 2021 relacionado con el Decreto 551/2021.

    Recuerde que si esta condición se mantiene al finalizar el ingreso de todas sus liquidaciones, no podrá generar el F931.
    Alguien me puede ayudar, Gracias!

    Responder
  6. Jose Hochnadel dice

    10 diciembre, 2022 a las 9:39 am

    Hola. Estoy cargando por primera vez en LSD, y tengo la sigueinte situacion:  
    El aporte de obra social calculado por AFIP en el periodo es de $4.853,19 y Ud. informa $4.953,19
    La diferencia está dada por el aporte adicional de $ 100. “APORTE SOLIDARIO OSECAC”, que yo lo relacioné con obra social (810002) y a mi me lo suma, pero AFIP no lo tiene en cuenta, como hago ?

    Responder
    • carina dice

      12 diciembre, 2022 a las 11:16 am

      Hola, parametrizalo con el mismo codigo que a Osecac, yo lo tengo asi, y no tengo problemas.

      Responder
  7. Jazmin dice

    9 diciembre, 2022 a las 9:22 pm

    Como se genera el VEP del 931 desde la nueva aplicacion de libro sueldos

    Responder
  8. rosana marando dice

    7 diciembre, 2022 a las 1:33 pm

    110000 – sueldo 1 $ 100.045,00 C
    810004 – CUOTA SINDICAL 1 $ 2.501,13 D
    810000 – SISTEMA PREVISIONAL 1 $ 11.004,95 D
    Buen dia, tengo que cargar un empleado jubilado y no me toma ni los aportes ni contribuciones , si coloco este El aporte de SIPA calculado por AFIP en el periodo es de $0,00 y Ud. informa $11.004,95 , me tira el siguiente error, no se donde va eses aporte, gracias

    Responder
  9. Marina dice

    6 diciembre, 2022 a las 2:33 am

    Me llegó esto como notificacion de afip
    de un consorcio
    Cómo actualizar los componentes de la entidad en el Padrón dado que los mismos se encuentran vencidos para ello y en virtud de lo dispuesto por la RG 4991 barra 2021 deberá ingresar el servicio inscripción y modificación de personas jurídicas y el cual deberá previamente darlo de alta en representación de la sociedad a través del administrador de relación de clave fiscal opción nueva relación.
    Cómo hago si no me deja ingresarlo a AFIP

    Responder
  10. Marina dice

    6 diciembre, 2022 a las 2:16 am

    Hola me llegó lo de libro de liquidación de sueldo de un consorcio que administro
    Solo presentó los dos encargados que tiene ?

    Responder
  11. Blanca Ayala dice

    2 diciembre, 2022 a las 6:47 pm

    Buenas tardes Ignacio, tengo una consulta que a lo mejor es muy obvio pero me gustaría estar segura de que lo estoy haciendo bien.
    Cuando me piden un anticipo de sueldo el pago debe salir como una transferencia bancaria común o desde salir desde plataforma de pago de sueldos. Tengo que dejarlo reflejado de esta forma? Gracias!!!!!

    Responder
  12. Valeria dice

    1 diciembre, 2022 a las 4:13 pm

    Buenas tardes, si pueden ayudarme.
    Al validar una liquidación en el libro digital me dice que: La base imponible 9 informada a nivel de nómina difiere de la determinada a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.
    La nómina 9 es la suma de conceptos remunerativos y no remunerativos y yo lo veo correctamente en el recibo cargado y en el excel y el txt. No entiendo dónde puede estar el error.
    Agradezco la ayuda. Valeria.

    Responder
    • Magdalena dice

      5 diciembre, 2022 a las 11:46 pm

      Fijate que el concepto que usaste para los no remunerativos tenga la LRT tildada (además de obra social y FSR) de lo contrario no van a sumar para la remuneración 9.
      Los conceptos de AFIP por default para no remunerativos con OS y FSR no lo tienen tildado. Elegí un concepto de los especiales y tildale vos las 3 cosas para que funcione.

      Responder
  13. German dice

    1 diciembre, 2022 a las 3:32 pm

    hola Ignacio, al importar el txt de la liquidacion me sale solo el error que dice que el tipo de registro de la fila 50 es invalida, pero el txt llega hasta la 49, no entiendo el error.

    Responder
    • Magdalena dice

      5 diciembre, 2022 a las 11:51 pm

      Te debe estar tomando la fila 50 en blanco porque al armar el txt el cursor quedó posicionado al inicio de la línea 50.
      En el txt tenés que posicionar el cursor al final de la fila 49 y borrar la 50 (“delete” o “supr”) para asegurarte que ese es el final del txt.

      Responder
  14. Alejandra dice

    1 diciembre, 2022 a las 1:33 pm

    Hola Ignacio, me podrias indicar desde donde se genera el vep para el pago de la tasa retribuitiva para la rubrica de hojas moviles pcia de Bs As ,desde el libro sueldos digital, Gracias

    Responder
  15. Martín Elias dice

    1 diciembre, 2022 a las 10:37 am

    Buen día. Tengo que ingresar manualmente un período. El empleado se trata de un vendedor de prendas al por menor. No encuentro el código de actividad adecuado..
    Gracias!!

    Responder
  16. Paola dice

    1 diciembre, 2022 a las 10:14 am

    Hola Ignacio! podrías explicar como cargar LSD de los empleados de SANIDAD. Me da error por los cambios en las Rem. 2 y 3. Gracias!!

    Responder
    • Eugenio dice

      5 diciembre, 2022 a las 10:54 am

      Paola, debe ir de la mano como configurás la contribución extraordinaria en el portal del libro sueldos con lo que envias en el txt.

      Yo lo configuré así en LSD de AFIP como 550000 – Importes no remunerativos especiales,
      tildando estos campos:
      * Repet.
      * Ap SIPA
      * A. INSSJyP
      * AOS
      * COS
      * A. FSR
      * C. FSR
      * A. Ren.
      * C.LRT

      Después debes informar esta gratificación sumándolo en las remuneraciones 1, 4, 5, 8 y 9.

      Espero que sirva.

      Responder
    • Patricia salazar dice

      5 diciembre, 2022 a las 6:01 pm

      Tengo el mismo problema, si lo solucionas comentame como hiciste…gracias

      Responder
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