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Libro de sueldos Digital AFIP

¿Qué es el libro de sueldo digital?

Según AFIP, es una nueva herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual (F.931).

Pero lo cierto, es que el Libro de Sueldos Digital, por el momento, no reemplaza a libro de sueldos rubricado del artículo 52 LCT, por lo tanto, el trámite de rúbrica sigue vigente en la modalidad que cada Provincia y la Ciudad de Buenos Aires utilizan.

El nuevo sistema ‘Libro Sueldos Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del contribuyente, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, y a partir de ello, elabora el Libro de Sueldos y Jornales, previsto en el art. 52 de la Ley N° 20.744 y la Declaración Jurada mensual (F.931).

¿Cuáles son las novedades en la utilización de la nueva aplicación?

ANTES

Los contribuyentes debían cumplir con al menos 3 obligaciones:

  • Liquidar los sueldos de sus empleados.
  • Confeccionar el ‘Libro de sueldos y jornales’.
  • Generar el F. 931 por aportes y contribuciones de la nómina salarial para presentar en AFIP.

Para ello, debían cargar los mismos datos de cada empleado, en plataformas o sistemas diferentes, generando así duplicidad de tareas con el consiguiente riesgo de incurrir en errores.

AHORA

El Sistema “Libro Sueldos Digital” sólo requiere del contribuyente, un único ingreso de datos, al llevar a cabo su liquidación de haberes. Ello, cumplida la tarea de parametrizar sus conceptos de pago con los del sistema universal de la AFIP, por única vez o ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.

A partir de allí, el nuevo Sistema captura las altas y bajas de Simplificación Registral, para generar las ‘Hojas móviles del Libro de Sueldos y Jornales’ y la ‘DDJJ F-931’.

Esquemáticamente:

¿Quiénes son los empleadores alcanzados?

Se ha definido implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo, a través del domicilio fiscal electrónico.

Procedimiento de adhesión

Emisión de hojas móviles

Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP.

Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.

Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.

Revisar y confirmar los datos. Imprimir y/o enviar el archivo con las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.

Generación de la Declaración Jurada F.931

Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del libro de sueldos.

Presentación de la Declaración Jurada F.931 – Rectificativas

Para presentar las declaraciones juradas rectificativas (F.931) es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar al sistema “Libro Sueldos Digital” y acceder desde allí al sistema “Declaración en línea”.
  • Aplicar la modalidad de confección de las declaraciones juradas utilizada oportunamente, es decir, “Sistema de Cálculo de obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o “Declaración en línea”, según corresponda, por los períodos anteriores a la utilización del ‘Libro de Sueldos Digital’.

¿Cómo adherirse voluntariamente?

El empleador que no ha sido notificado en el domicilio fiscal electrónico de su obligación de utilizar este nuevo servicio y desee comenzar a utilizarlo voluntariamente podrá solicitarlo en la dependencia asignada mediante una multinota F.206 haciendo mención que la misma debe ser remitida a la Dirección de Operaciones con Instituciones con la Seguridad Social (DI OISS).

Luego de la evaluación pertinente recibirá una comunicación en su domicilio fiscal electrónico, indicando el  período a partir del cual estará obligado a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”.

¿Cómo funciona el intercambio de información entre sistemas?

La unificación en un único trámite, supone que la información ingresada será validada en los distintos sistemas, evitando duplicidades e inconsistencias.

El empleador, al comenzar a utilizar el ‘Libro de Sueldos Digital’, deberá efectuar una parametrización. Esto significa, registrar todos los conceptos utilizados en la liquidación de haberes y asociarlos con los conceptos predefinidos por la AFIP, – grilla universal – indicando a qué subsistemas de la seguridad social se vincula cada uno.

Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales.

A partir de ello, se tomarán los datos de cada liquidación de haberes efectuada, junto con los datos provenientes de los servicios Simplificación Registral y Sistema Registral.

Con ellos se conformará el ‘Libro de Sueldos Digital’, en borrador y definitivo, a partir del cual, podrá ser generada la Declaración Jurada F.931, mediante el servicio Declaración en Línea.

Ver guías temáticas del Libro de Sueldos Digital

Tutorial en video Primero pasos en el Libro de Sueldos Digital

Cómo parametrizar y cargar las liquidaciones del Libro de Sueldos Digital de AFIP paso a paso desde cero.

Planilla Excel

En el siguiente enlace pueden bajar la planilla Excel de Armado del TXT de liquidaciones del Libro sueldos que utilicé en el ejemplo del video:

LSD-ARMADO-TXT-Liquidaciones-COMPLETO-IOLDESCARGAR EXCEL

Normativa

  • Resolución General Conjunta AFIP 3669
  • Resolución General AFIP 3781
  • Resolución General AFIP 4535

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Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Carlos dice

    18 junio, 2022 a las 7:16 pm

    Hola
    Tengo que liquidar por primera vez el libro de sueldo digital, luido sueldo en forma quincenal, mi pregunta es, se liquida en 2 planilla dentro del mismo mes pero cuando cargo la parte de importe a detraer va proporcional por planilla?

    Responder
  3. veronica dice

    16 junio, 2022 a las 2:15 pm

    Hola como están?
    Quería consultar por una empresa textil que presenta libro sueldos digital , pude presentar Abril y computar la detracción especial textiles $17509.20 sin inconveniente y ahora al hacer mayo me dice que el código de actividad o periodo no corresponde y no lo puedo validar, quería saber si seguía vigente ya que había leído primero que era hasta 12/2021 y luego que continuaba en el 2022 y hasta Abril la pude computar sin problema.
    Si alguien sabe algo para orientarme le agradezco.

    Responder
    • Ignacio dice

      16 junio, 2022 a las 9:40 pm

      Hola Verónica, buenos días
      Si copias la liquidación del mes anterior también tenés ese problema?
      En el Sistema registral tenés el beneficio?

      Responder
  4. Marcela dice

    15 junio, 2022 a las 8:19 pm

    Hola, estoy en periodo de prueba del LSD durante el mes de junio/2022 ya que pedí ampliación.
    El periodo 05-2022 está presentado por Declaración en Línea.
    Necesito saber si durante el periodo de prueba puedo cargar las liquidaciones de mayo/2022 como prueba y si puedo ver el F.931 como para verificar que está funcionando o tengo errores.
    Cuando termina el periodo de prueba se borra todo lo cargado verdad?
    O ya es vinculante lo que cargo aún estando en periodo de prueba?
    Alguien me puede contestar eso ?
    Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      15 junio, 2022 a las 11:09 pm

      Hola, si, podés hacer pruebas y podés ver el borrador del f931
      Se borran todas las liquidaciones

      https://www.youtube.com/watch?v=fla_qvrTOmU

      Responder
  5. XIMENA dice

    13 junio, 2022 a las 6:24 pm

    HOLA ALGUIEN PUEDE DECIRME CUAL ES EL SISTEMA DE LIQUIDACION DE SUELDOS MAS SENCILLO A LA HORA DE PRESENTAR LIBRO DE SUELDO DIGITAL?
    GRACIAS

    Responder
  6. Andrea dice

    10 junio, 2022 a las 4:41 pm

    Hola consulta, un director de empresa que es jubilado y no paga nada solo ART como lo pongo en el sueldo para que no me liquide las cargas sociales? en el LSD

    Responder
    • SIL dice

      14 junio, 2022 a las 10:40 am

      MODALIDAD DE CONTRATACION 99

      Responder
  7. mariana dice

    10 junio, 2022 a las 1:39 pm

    Consulta, solo se puede cargar con las planillas que genera el sistema ?? no se puede cargar manual ningun dato ???

    Responder
  8. JoseB dice

    8 junio, 2022 a las 7:00 pm

    Una persona tiene empleados por su CUIT, a la vez es representante de una SRL con otra cantidad de empleados, ya hago el LSD por la SRL, pero no sé cómo entrar para hacer el LSD de los empleados “propios”…

    Responder
    • Ignacio dice

      8 junio, 2022 a las 11:25 pm

      Hola, pero el representante ya fue notificado para llevar el LSD?

      Responder
  9. Carolina dice

    8 junio, 2022 a las 6:03 pm

    Consulto
    buenas tardes te dejo una consulta para mañana, el mes de mayo se incorpore una persona con el programa te SUMO. en el alta de afip tuve que poner en modalidad de contratacion el cod 502 (Puesto nuevo art 2 inc. B.DEC493/202 ART 5 DEC 711/2021 )HORN TIENE UN PORCENTAJE DE REDUCCIÓN 90% en contribuciones. Yo tengo que hacer un concepto distinto o directamente hago en la remuneracion 10 le pongo el importe a retraer…. En el caso de hacer un nuevo concepto que cod de afip le pongo

    Responder
  10. Angelica Cena dice

    7 junio, 2022 a las 10:07 am

    Hola!! alguien tiene sistema de sueldos TIME que me diga como parametriza la información para el LSD de AFIP? GRACIAS!!!!

    Responder
  11. MARIA DEL CARMEN dice

    6 junio, 2022 a las 11:04 am

    Buenos días, cuando cargo las retenciones en el lsd, en el sistema anterior me permitía imprimirlas, ahora no………hay alguna manera????

    Responder
    • analia dice

      16 junio, 2022 a las 10:42 am

      una vez presentada la ddjj por libro de sueldos digital ingresa como lo hacias antes, o sea por declaracion en linea y ahi podes consultar todos las presentaciones, borradores y el detalle de las retenciones aplicadas en el periodo

      Responder
  12. paula dice

    27 mayo, 2022 a las 7:02 pm

    Hola, con la presentación del libro sueldo digital igual hay que seguir enviando los recibos al ministerio de trabajo para rubricar? o se cargan solos en el sistema con la presentación?

    Responder
    • Ignacio dice

      27 mayo, 2022 a las 11:36 pm

      Son dos trámites independientes

      Responder
  13. Cecilia dice

    26 mayo, 2022 a las 11:06 am

    Buen día, estoy ingresando en afip, cuando voy a simplificacion registrada en juridiccion piden juridiccion, centraliza? si no y Nº de resolucion? este te lo da el min isterio de trabjao? si no me lo dan en termino puedo seguir abanzando.

    Gracias

    Responder
  14. PATRICIA dice

    19 mayo, 2022 a las 6:48 pm

    Buenas tardes: como cargo a un director de sociedad en el libro digital; lo tengo cargado:
    SITUACION 1
    CONDICION 1
    ACTIVIDAD 015
    MOD DE CONTRATACION 99
    SI LE CARGO LOS SUELDOS EN LAS REM 1 -2 -3 -4-5-8-9 ME DA INVALIDA. Y SI SE LOS SACO Y SOLO DEJO LA 9 PARA LA ART ME LA VALIDA. PERO ME DA ERROR EN EL F931.
    COMO SE HACE?

    Responder
    • Ana dice

      24 mayo, 2022 a las 2:48 pm

      Hola Patricia
      Tenes que parametrizarlo con el concepto SUELDO, luego completar el sueldo en las distintas remuneraciones. Al momento de armar el F931 la información de parametrización de cada concepto se cruza con el perfil del trabajador SITUACION 1
      CONDICION 1
      ACTIVIDAD 015
      MOD DE CONTRATACION 99
      y se calculan solo las obligaciones que corresponden según el caso.
      Suerte

      Responder
      • Magalí dice

        7 junio, 2022 a las 4:27 pm

        Hola, probé ésto y no funciona, lo resolvieron de otra manera?
        desde ya muchas gracias!

        Responder
    • Valeria dice

      4 noviembre, 2022 a las 9:13 am

      Pudiste resolver? tengo el mismo problema. Gracias!

      Responder
  15. luciana dice

    13 mayo, 2022 a las 9:07 am

    se pueden usar las hojas que surgen del lsd de afip como copiativo del libro sueldos y jornales rubricado?

    Responder
    • Ignacio dice

      13 mayo, 2022 a las 9:10 am

      Si el Ministerio de Trabajo te lo autoriza, si

      Responder
  16. Ivana dice

    12 mayo, 2022 a las 3:48 pm

    Hola Ignacio, ¿me dirías por favor como hacer en caso de liquidaciones quincenales? ingreso el tipo de liquidación, pero no me permite ingresar los dos recibos por separado….entiendo que se pueden ingresar varias liquidaciones en un mismo mes (el mes próximo pasara con el aguinaldo seguramente).
    Gracias!

    Responder
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