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Liquidación sueldo para un empleado de comercio

8 mayo, 2009 Por Ignacio 410 comentarios

Ejemplo de liquidación para un empleado de comercio con catergoría Personal Auxiliar A, con un año de antiguedad teniendo en cuenta el acuerdo abril de 2008 y abril de 2009.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Empleados, FAECYS, SEOCA

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    26 octubre, 2009 a las 2:22 pm

    Hola, esta bien, los conceptos 6 y 7 van en cero, está perfecto.

    Responder
  3. Anónimo dice

    26 octubre, 2009 a las 1:30 pm

    Hola yo desde abril en el 931 estoy cargando en la remuneracion total, en la 4 y 8 el mismo importe que seria la remunerativo + lo no remunerativo, pero el la 6 y 7 estoy poniendo un importe que seria lo remunerativo solo, va en cero??? Porque la verdad no sabia nada me implica algo haber puesto eso????
    Me quedaria asi a partir de ahora??????

    Ej:Remunerativo,es decir:
    Remuneracion Total: 2176.55
    Remuneracion 1: 1451,97
    Remuneracion 2: 1451.97
    Remuneracion 3: 1451,97
    Remuneracion 4: 2176.55
    Remuneracion 5: 1451.97
    Remuneracion 6: 0
    Remuneracion 7: 0
    Remuneracion 8: 2176.55

    Perdona la molestia……pero necesito saber si es asi! y que me perjudica haberlo puesto mal??? Lo cambio a partir de ahora???

    Responder
  4. ANA MARIA dice

    23 octubre, 2009 a las 6:30 pm

    MUCHAS GRACIAS IGNACIO, VOY A HABLAR CON MIS PATRONES A VER QUE DICEN. MUY INTERESANTE Y DE MUCHA AYUDA LAS RESPUESTAS A CADA UNO. GRACIAS NUEVAMENTE.

    Responder
  5. Ignacio dice

    21 octubre, 2009 a las 1:49 pm

    No es algo que se pueda calcular así nomás. Hace falta saber muchos datos, fecha de ingreso, egreso, sueldo, promedios, si con justa causa, sin justa causa

    Responder
  6. Anónimo dice

    21 octubre, 2009 a las 1:16 pm

    ignacio buen dia necesitaria saber una cifra aproximada a pagar por despido a un empleado de comercio categoria maestranza A jornada completa antiguedad 2 años
    gracias
    mariel- parana

    Responder
  7. Ignacio dice

    19 octubre, 2009 a las 3:32 am

    Hola Ana María, primero de todo te diría que te deben pagar en blanco, que seas una persona mayor no tiene nada que ver, las obligaciones son las mismas, para el empleado y para el empleador.
    Además, esa jornada supera lo permitido, no tenés día de descanso.
    También supera la jornada parcial permitida, que son 132 horas mensuales, superado ese limite te debe, pagar como jornada completa.

    El valor de la hora depende mucho de la categoría, y además tiene varios adicionales de convenio, como presentismo, asignaciones no remunerativas etc. Pero mas o menos ronda los 9 pesos por hora.

    Responder
  8. ANAMARIA dice

    14 octubre, 2009 a las 10:45 pm

    HOLA IGNACIO,
    NECESITO SABER CUANTO DEBO COBRAR POR HORA O POR DIA, SI CUMPLO 5 HS. DIARIAS DE LUNES A DOMINGO EN UN SUPERMERCADO,150 HS.AL MES.
    SOY REPOSITORA Y CUANDO ES NECESARIO ATIENDO LA PANADERIA.
    COMO SOY UNA PERSONA >MAYOR,ME PAGARIAN EN NEGRO.
    NO SABEN CUANTO DEBEN PAGARME,Y LO HARIAN POR QUINCENA.
    DESDE YA MUY AGRADECIDA, ESPERO PRONTA RESPUESTA-

    Responder
  9. Ignacio dice

    9 octubre, 2009 a las 3:12 am

    es que no se que llamás fuera de convenio, pactar un sueldo superior,no te convierte en fuera de convenio.

    Responder
  10. Anónimo dice

    8 octubre, 2009 a las 8:54 pm

    Silvina de nuevo. No entendí bien, debo retener por todo el concepto remunerativo la cuota sindical, faecys y el fondo por mas que está fuera de convenio?
    Gracias y perdón por la incistencia!!

    Responder
  11. Ignacio dice

    8 octubre, 2009 a las 2:17 am

    Silvina: tiene que retenerse por todo el concepto remunerativo

    Responder
  12. Anónimo dice

    2 octubre, 2009 a las 10:54 pm

    Hola Ignacio. Quería consultarte por un empleado fuera del convenio, (se pactó un sueldo superior. La deducción de la cuota sindical 2% corresponde igual? y faecys y lo del fondo?. Debo retener unicamente lo que corresponde por ley?
    Gracias!! Silvina

    Responder
  13. Ignacio dice

    2 octubre, 2009 a las 3:19 am

    ELOY: lamentablemente lo que me contás, es una práctica muy común, la única forma de reclamarlo, es judicialmente, te recomiendo que consultes con un abogado laboral.

    Responder
  14. Anónimo dice

    1 octubre, 2009 a las 9:31 pm

    hola te puedo hacer una consulta hoy 1de oct. hace un año que estoy trabajando recien ahora me pusieron en blanco trabajo 6hs de lunes a viernes y los sabados tres horas y media. cuendo le dieron mis datos al contador pusieron que trabajo 3hs de lun a vier con una renumeracion pactada de 700$, cuando conmigo no pactaron nada .
    cuanto me tendrian que pagar( en negro me estuvieron pagando $1400)

    Responder
  15. ELOY dice

    1 octubre, 2009 a las 8:49 pm

    HOLA QUISIERA SAVER QUE SE PUEDE HACER EN ESTE CASO YO HE TRABAJADO EN UNA EMPRESA DE LIMPIEZA DURANTE DOS AÑOS ENTRO UNA EMPRESA NUEVA EN CUENTA DE LA ANTIGUA Y NOS ISO QUE FIRMARAMOS LA RENUNCIA A LA ANTIGUA EMPRESA PARA QUE ELLOS NOS TOMEN COMO EMPLEADOS CON LA PROMESA QUE NINGUNO DEL PERSONAL SE QUEDARIA SIN TRABAJO Y AHORA ME DESPIDIERON A MI SE PUEDE HACER ALGO AL RESPECTO DADO QUE YO HE PERDIDO LA ANTIGUEDAD DE LA OTRA EMPRESA Y NO PUEDO COBRAR NI SIQUIERA INDEMNISACION PORQUE SOLO ESTUVE UN MES Y MEDIO EN LA EMPRESA NUEVA ESPERO RESPUESTAS GRACIAS IGNACIO

    Responder
  16. Ignacio dice

    16 septiembre, 2009 a las 4:28 pm

    Hola Yaya, no se que significa B1 ni B2, deben ser códigos internos, las categorías de comercio son vendedor, administrativos, ayudante…, con sub categorías A B C…
    Debería consultar en cual de esas categorías estas.
    De todos modos, me parece que estás haciendo mas horas de las permitidas-

    Responder
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