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Liquidación sueldo para un empleado de comercio

8 mayo, 2009 Por Ignacio 410 comentarios

Ejemplo de liquidación para un empleado de comercio con catergoría Personal Auxiliar A, con un año de antiguedad teniendo en cuenta el acuerdo abril de 2008 y abril de 2009.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Empleados, FAECYS, SEOCA

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    12 octubre, 2010 a las 11:17 pm

    Hola necesito saber si
    cuando te dan la alta temprana en la afip en la remuneracion pactada cual es el valor que debe figurar? porque me pusieron $1600 y pico y yo arregle por casi 2500 netos! tengo terror que cuando llegue fin de mes me paguen menos ..por favor ayudenme en este tema porque estoy muy desorientada y tengo miedo gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    22 septiembre, 2010 a las 6:18 pm

    Uy, no sé si seguirás respondiendo pero estoy interesado en saber cuál es el sueldo de un farmaceutico. No del dueño de una farmacia, sino del farmaceutico que trbaja en ella.

    Responder
  4. Anónimo dice

    20 septiembre, 2010 a las 11:49 am

    hola soy maria … quisiera ver un modelo de liquidacion de sueldo de gastronomico…por ejemplo un ayudante de cocina

    Responder
  5. Ignacio dice

    8 septiembre, 2010 a las 3:14 pm

    Hola Luciana, el empleador tiene que liquidarlas como remunerativas una vez que la empleada entra en licencia para que la ANSES las pague.

    Hola Gabriela, la verdad que no, sobre que convenio?

    Responder
  6. Anónimo dice

    8 septiembre, 2010 a las 2:35 pm

    SOY GABRIELA
    HOLA IGNACIO, LA VERDAD TE AGRADEZCO TODO LOS APORTES QUE HACES QUE SON SUPER UTILES…… QUERIA SABER SI TENES ALGUN MODELO DE LIQUIDACION DE SUELDOS PARA UN AYUDANTE DE COCINA….O COCINERO…. GRACIAS POR TANTA DEDICACION……

    Responder
  7. LUCIANA dice

    21 agosto, 2010 a las 2:02 pm

    GRACIAS IGNACIO POR LA INFORMACON SOY LUCIANA Y OTRA COSA ESAS SUMAS NO REMUNERATIVAS NO LAS PAGA EL EMPLEADOR TAMPOCO?

    Responder
  8. Ignacio dice

    15 agosto, 2010 a las 3:53 am

    http://ignacioonline.blogspot.com/2010/08/calculadora-online-para-sueldos-de.html

    Responder
  9. Ignacio dice

    15 agosto, 2010 a las 3:50 am

    Hola Analía, no lo se, eso depende de la cantidad de horas trabajadas, de la antiguedad y de la categoría.

    Hola Carlos, eso depende de lo que diga el acuerdo salarial, por lo general es sobre lo que dice el convenio.

    Hola Luciana, es posible que tu sueldo tenga items no remunerativos, y la ANSES no los paga, si sos empleada de comercio, seguramente cobras sumas no remunerativas.

    Responder
  10. Anónimo dice

    13 agosto, 2010 a las 1:51 pm

    buen dia me llamo luciana mi consulta es la siguiente, el 29 de abril me retire de mi trabajo por licencia de maternidad, me dijeron que pagaba anses esos tres meses de licencia, resulta que mis recibos echos por el contador dicen licencia por maternidad 2964, dto mat.paga anses -2964 pero yo por anses no cobro ese importe y ademas no me hicieron aportes a la obra social eso esta bien

    Responder
  11. Anónimo dice

    26 julio, 2010 a las 3:47 pm

    Ignacio: quería realizarte una pregunta, tengo acordado con la empresa donde trabajo un sueldo de bolsillo, pero en el recibo de sueldo el monto esta disfrazado con ítems que desconozco Ej. Asignación por viáticos Cod. 1098 y otro Prod. Comercio interior Cod. 1096 y mi sueldo básico es casi la mitad de lo acordado; cuando hay un aumento el % lo sacan solo del sueldo básico. Hace 7 años que trabajo y nunca me pagaron antigüedad, está bien eso? Carlos

    Responder
  12. Anónimo dice

    23 julio, 2010 a las 11:39 am

    hola en julio d 2008 mi hermano ganaba 1.184.86 neto trabaja en un supr en la carniceria cuanto seria lo q tiene q estar ganando ahora teniendo en cuenta q la antiguedad es dsd el 21.10.2004 analia

    Responder
  13. Ignacio dice

    22 julio, 2010 a las 2:27 am

    Hola José, muy buenos días, muchas gracias por haberte tomado el trabajo de leer. Con respecto a las consultas, te puedo decir:

    1° Vendedor B tiene un básico de $1.329,92, en concepto de antigüedad por tres año son $29,92. Total 1359,84

    2° No, las comisiones no entran en la base de cálculo.

    saludos

    Hola Fernanda, si bien trabajás 39 horas, supera el límite de jornada parcial de 32 horas, por lo que deben pagarte como jornada completa. Y no te puedo decir con exactitud tu sueldo, porque no se como se compone, pero un Vendedor B, con 2 años de antigüedad, debería estar ganando unos 2300 pesos aproximadamente.

    Hola Andres, si se trabaja durante el descanso semanal sin exceder de la jornada legal y se ha otorga el descanso compensatorio, no corresponde ningún tipo de recargo. Excepto que se haya pactado por convenio, en el caso de Comercio, solo hoy un acuerdo para los empleados de "Makro, Frávega, Garbarino, Hiper Rodó, Falabella, Musimundo, Red Megatone, C&A, CAS, CASRECH, FASA." según lo establecido en el acuerdo 245/07:

    bajo el http://ignacioonline.blogspot.com/2010/01/acuerdo-24507-supermercados-trabajo-en.html

    Responder
  14. Anónimo dice

    21 julio, 2010 a las 7:25 pm

    Hola Ignacio, mi nombre es Andres.

    Estoy en el gremio empleado de comercio.

    Cumplo la jornada laboral de 48hs pero trabajando el dia domingo, y descanso el dia lunes.

    Digamos, de lunes a sabado: 44 hs y domingo 4hs.

    cobro lo que dice el recibo de sueldo con todos sus ultimos acuerdos.

    mi consulta es, deberia tambien cobrar un plus por trabajar el dia domingo por mas que no me exedo las 48 semanales? si es asi, de cuento asi?

    muchas gracias!

    Responder
  15. Anónimo dice

    19 julio, 2010 a las 3:02 pm

    hola ignacio soy fernanda nquisiera saber cuanto deberia ganar soy comerciantetrabajo 3 horas a la mañana y 3 horas y media a la tarde de lunes a sabado llevo 2 años trabajando y mi recibo figura vendedora b espero tu respuesta gracias……..

    Responder
  16. Anónimo dice

    1 julio, 2010 a las 3:21 am

    Ignacio:
    Buenas noches!! Que buena tu página, te felicito!! La verdad que dilusidas muchas dudas…
    He leído todo para no preguntar algo que ya estuviera respondido por lo que voy a preguntarte un par de cositas, sin animos de abusar:

    1° En mi recibo de sueldo dice:
    Categoría: "Personal de Ventas B"
    Sueldo Basico: $1600 (Sin todos los acuerdos de 2008/2009) Sólo el Básico.

    ¿Esto es correcto? Trabajo 9 hs. diarias y tengo una antiguedad de 3 años.

    2° En el nuevo convenio, este que se acaba de firmar, que vamos a cobrar con el sueldo de junio ¿entran las comisiones?

    Desde ya muchas gracias por tu tiempo!!!
    Saludos,

    Jose

    Responder
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