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Liquidación sueldo para un empleado de comercio

8 mayo, 2009 Por Ignacio 410 comentarios

Ejemplo de liquidación para un empleado de comercio con catergoría Personal Auxiliar A, con un año de antiguedad teniendo en cuenta el acuerdo abril de 2008 y abril de 2009.

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    3 junio, 2009 a las 12:45 pm

    EMILIO: en tu caso te corresponde el total del básico, porque tu jornada semana es superior a los dos tercios de la jornada completa, la jornada completa semanal es de 48 horas, 34,5 horas sobre 48 nos da 71,87 % de la jornada, lo que es superior a los 2/3.

    ALEJANDRA: a cobrar de sueldo sería unos 1809,74 en abril, y 1839.74 en mayo, por hijo son 135 pesos por mes.

    Responder
  3. Anónimo dice

    2 junio, 2009 a las 11:38 pm

    mi nombre es alejandra quisiera saber cual seria el sueldo de un vendedor de categoria “A” con antiguedad de 9 meses y con un hijo mas los acuerdos del 2008 y 2009.. para saber cuanto tendria q haber cobrado el mes de abril y ahora el de mayo..

    Responder
  4. Anónimo dice

    2 junio, 2009 a las 7:44 pm

    Ignacio:
    Soy empleado de comercio y trabajo 34 1/2 hrs semanales, queria saber como calculo el basico correspondiente mi cantidad de horas (estoy categorizado como maestranza A, aunque no toque un plumero nunca y me dedique a trabajos administrativos siempre :D) Es decir si trabajo menos de la jornada completa cuanto me corresponde. Por otro lado queria saber aunque sea escuetamente como haces para calcularlo
    Creo que con esto esta bien.
    Muchas gracias y muy util tu blog
    Emilio

    Responder
  5. Ignacio dice

    2 junio, 2009 a las 4:39 pm

    Miguel: lo único que te puedo decir es que se lo tenés que hablarlo con tu empleador, en todo caso exigirlo porque te corresponde. Si eso no resulta, el otro camino es ir al sindicato.

    Responder
  6. miguel dice

    2 junio, 2009 a las 3:43 pm

    hola ignocio. como puedo hacer si no me quieren pagar el aumento2009 del empleado de comercio gracias

    Responder
  7. Ignacio dice

    2 junio, 2009 a las 12:59 pm

    VANESA: gracias por tus palabras. No es necesario, con que figure en el campo de asignaciones está bien, el otro campo fue incluido en el SICOSS por el tema de las asignaciones no remunerativas que se han otorgado en los acuerdo salariales. No entiendo que sea necesario, ya que si así fuera, supongo que el programa lo sumaría automáticamente al total

    Responder
  8. Anónimo dice

    2 junio, 2009 a las 12:52 am

    Buenas tardes Ignacio !

    Te felicito por el blog, son muy claras todas tus respuestas.

    Mi consulta es la siguiente:

    En el sistema su declaracion, para un empleado de comercio con un hijo ($135) lo informo en el campo "asignaciones familiares" y, desde que fue incluido, además lo estoy informando en el nuevo campo "CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS" para que sea incluido en el total y de esta manera se refleje el sueldo total real. Sin embargo, no estoy segura de que está práctica sea del todo correcta y quizas no deba ser informado en este nuevo campo.

    Te agradecería tu opinion dado que no encuentro ningún lugar donde esto se afirme de forma certera.

    Saludos, Vanesa

    Responder
  9. Ignacio dice

    2 junio, 2009 a las 12:19 am

    Muchas gracias Norma!!

    Responder
  10. Anónimo dice

    1 junio, 2009 a las 11:19 pm

    Te felicito Ignacio por tu ayuda. Es excelente¡¡¡¡

    Norma

    Responder
  11. Ignacio dice

    1 junio, 2009 a las 2:46 pm

    GEORGINA: si, no hay diferencias, solo los 30 pesos.

    ANDREA: es la doceaba parte del básico y la antigüedad, es decir sumas básico y antigüedad y lo dividís por 12.

    Responder
  12. Anónimo dice

    1 junio, 2009 a las 12:52 pm

    Perdón por mi ignoracia, pero, ¿cuál es el porcentaje que corresponde para calcular el presentismo? Gracias. Andrea.

    Responder
  13. georgina dice

    1 junio, 2009 a las 9:36 am

    hola ignacio. como estas?

    Tengo que liquidar el sueldo de mayo 2009. quedaria igual a el de abril (tomando como ej el q publicaste)pero sin el descuento de 30 para la obra social. esta bien?
    muchas gracias
    georgina

    Responder
  14. Ignacio dice

    31 mayo, 2009 a las 5:36 pm

    GONZALO: debería decir, y estarías fuera de convenio si es que tu sueldo básico supera lo que fija el convenio. Nunca podés ganar por debajo de lo que el convenio fija.

    SILVIA: no, lo que pasó es que en abril muchos liquidaron pasando el acuerdo de abril de 2008 como remunerativo y lo incluyeron en el básico, por eso te da 1660,67. No son los 300, ya que los 300 siempre fueron no remunerativos, sino el 20% (mas o menos 260) + los 100 pesos.
    Debería quedarte, los 1300.56 como básico, mas 260 + 100 + 300 como no remunerativos.
    A todo hay que agregarle el presentismo.
    saludos.

    Ahora, deberí

    Responder
  15. Anónimo dice

    30 mayo, 2009 a las 8:06 pm

    PERDÓN,ME OLVIDÉ..TRABAJO 9.5 HORAS CON UNA HORA DE DESCANSO. GRACIAS. SILVIA

    Responder
  16. Anónimo dice

    30 mayo, 2009 a las 6:10 pm

    HOLA IGNACIO TRABAJO PARA UNA EMPRESA DE PERSONAL TEMPORARIO. MI SUELDO DE ABRIL CAT.MAESTRANZA B FUE DE 1.660,67 BRUTO Y EN MAYO FIGURA 1.300,56 MISMA CATEGORIA+ ACUERDO,ETC. NOS DIJERON Q LOS 300$ LOS PASARON DE REMUNERATIVO A NO REMUNERATIVO..
    ES CORRECTO TODO ESTO? MUCHAS GRACIAS

    Responder
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