Antes de la de esta nueva ley, los mandatos sólo podían revocarse a través de una asamblea que cuente con dos tercios de los votos. Ahora, los administradores de consorcios de la Ciudad de Buenos Aires deberán revalidar su mandato todos los años en las asambleas de propietarios.
Revocación del mandato
La nueva norma establece reducir el mandato a un año, con posibilidad de ser ser renovado sólo si el consorcio lo aprueba por mayoría simple de los votos.
Registro de Administradores de Consorcios
Los administradores deberán anotarse en un registro específico, tendrán que presentar una declaración jurada de sus bienes y deberán tener un seguro para responder con su patrimonio ante un perjuicio económico.
Sistema administrativo de sanciones
También se impuso un sistema administrativo de sanciones, para que los reclamos de los vecinos no vayan obligatoriamente a la Justicia. De esta manera, los consorcistas podrán presentar sus denuncias ante el Registro de Administradores, que podrá disponer desde suspensiones leves y graves, hasta la expulsión del Registro.
Negociación en Paritarias
Los administradores podrán seguir participando en la negociación paritaria por los sueldos de los encargados.
Fuente: infobae



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