Desde este pequeño espacio en la web, les deseo un muy feliz día a todos los empleados de comercio, especialmente a los que a pesar de lo que la ley determina, han tenido que trabajar en su día.
El 26 de septiembre es el Día del Empleado de Comercio en homenaje a que un día como éste, pero de 1933, se sancionó la primera Ley de Contrato de Trabajo, que con sus modificaciones rige hasta nuestros días.
Esta ley benefició con el tiempo a todos los trabajadores, pero fue realizada exclusivamente por empleados de comercio.
Recordamos que según el artículo Nº 76 del Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio Nº 130/75, derogado por la Ley Nº 21.329, artículo 2º Restablecimiento del Día del Empleado de Comercio: El 25/9/1985 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprobó el acuerdo s/expediente 778377/85 suscripto el 19/9/1985 por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, Coordinadora de Actividades Mercantiles Empresarias, Cámara Argentina de Comercio y la Confederación General de Empleados de Comercio, en virtud del cual se convino en reimplantar el día 26 de septiembre de cada año como el “Día del Empleado de Comercio”, trabajando normalmente y destacándose que, a los efectos de la percepción de haberes, dicho día será abonado con doble remuneración, siempre que el empleado asista en la forma habitual a su trabajo.
Pero desde año, y en virtud de la ley 26541 se otorga a la jornada de hoy se asimila a un Feriado Nacional, por lo cual no es obligatorio trabajar, y en el caso de hacerlo, el día se cobrará doble.
Anónimo dice
PERDON IGNACIO!!! Recien veo que la respuesta a lo que te acabo de preguntar la diste ayer!!! MIL DISCULPAS!!!
Te agradezco que estes SIEMPRE un paso adelante!!! O VARIOS!!!
Maria!
Buenas Tardes Ignacio! como siempre tu blog es de consulta inmediata para mi y amigos a los que se les pase cuando se nos plantean dudas con relacion a las liquidaciones de sueldos.
Que hacemos con el dia no laborado correspondiente a DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO… Como deberia expresarselo en el recibo?
Espero tu respuesta como siempre!!!
Muchas Gracias por tomarte el tiempo de ayudarnos a todos!!
Maria!
HOLA BUEN DIA IGNACIO.
PRIMERO QUIERO FELICITARTE POR ESTA HERMOSA Y UTIL PAGINA, PARA NOSOTROS LOES EMPLEADOS DE COMERCIO, Y PARA TODOS EN GENERAL.
TAMBIEN QUIERO AGRADECERTE POR TENER N TIEMPO PARA FELICITARNOS A LOS EMPLEADOS DE COMERCIO, QUE BIEN SABES VOS, COMO ES, FUE Y SERA NUESTRA LUCHA.
GRACIAS POR DIA A DIA DARNOS LO MEJOR DE TU TIEMPO PARA SALVAR NUESTRAS DUDAS, ESCUCHAR NUESTROS COMENTARIOS Y A VECES ESCUCHAR NUESTRAS MALAS PALABRAS O DESAHOGOS, POR TANTA INJUSTICA COMETIDA Y QUE TODAVIA SE SIGUE COMENTIENDO CONTRA TANTOS TRABAJADORES DE COMERCIO.
POR ESTO LA LUCHA SIGUE, Y LA INFORACION ES EL PILAR PARA SABER Y ENTERARNOS DE TODO LO QUE ACONTECE Y NOS INTERESA, Y QUE TAN GENTILMENTE NOS INFORMAS A TRAVES DE TU PAGINA.
MIL GRACIAS UAN VEZ MAS. ASI CONTINUAREMOS LUCHANDO POR NUESTROS DERECHOS QUE POCO A POCO SE VAN HACIENDO REALIDAD.
HELIO JAVIER MEDINA
ignacio, ante todo te felicito por tu trabajo en el blog. soy empleado de comercio en un shopping de la ciudad de cba. se armo un revuelo importente por la sancion de la ley que prevee que el dia del empleado de comercio no sea laborable. chacon, el secretario gral del gremio en cba, repartio folletos (como nunca) por el shopping diciendo que ese dia, por ayer, no habia que presentar labores. luego nos enteramos que pasaba para hoy lunes. la cosa es que igual hay que ir a laburar, el shopping no cierra (de hecho en cba ninguno cerro)y los empleadores miran para el costado ante el reclamo. tengo serias dudas inclusive de que nos paguen mas por presentarnos a trabajar. es mas la empresa tiene sucursales en mendoza y el "mendoza plaza shopping" estuvo cerrado el dia 27/9. la cosa es que parece que con unos pesos "arreglaron" a los dirigentes del gremio y nadie hizo nada para que nuestros derechos se cumplan. seria MUY bueno que por parte de los organismos correspondientes sancionen a los empresarios con multas para que no suceda mas la falta del cumplimiento de la ley, y podamos los empleados (mas debiles) gozar de nuestros derechos como corresponde y sin miedo de quedarnos sin trabajo o de que en el mismo te hagan la vida imposible obligandote a renunciar por exigir lo que es nuestro. desde ya muchas gracias por permitir que me exprese libremente en tu blug y estoy simpre atento a tus post.
Buen día Ignacio, tengo una duda. Los domingo no trabajo y el Día del Empleado de Comercio cayó domingo. Como percibo mi Sueldo??. Me deben pagar un día más??. Gracias por la repuesta. Héctor