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Los puntos de la reforma de la ley de alquileres

17 octubre, 2023 Por Ignacio 3 comentarios

Mantiene los tres años para los contratos y establece como modificación principal la actualización semestral en base a un índice denominado Casa Propia.

Se publicó en el Boletín Oficial la nueva ley de alquileres que establece como principal modificación respecto a la norma que rige en la actualidad, que la actualización será semestral en base a un índice denominado Casa Propia.

Además, los contratos de alquiler seguirán teniendo una duración de tres años.

La norma, modifica el mecanismo de actualización de los alquileres, al establecer que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.

La nueva ley de alquileres tiene como principales cambios:

  • Contratos de tres años Deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
  • Actualización del precio de los alquileres. “Los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.
  • Monotributo. “Los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”, establece la ley.
  • En moneda nacional. También fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.
  • Beneficios impositivos. Los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.
  • Ganancias. Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

Qué es el índice Casa Propia

El índice Casa Propia, que se utiliza desde 2021 para la actualización de las cuotas para los diferentes créditos que se enmarcan dentro del Programa Federal Casa Propia y Procrear II, tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.

De acuerdo con información suministrada por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, esta fórmula promueve una mayor estabilidad en la actualización de las cuotas, ya que contribuye a morigerar el impacto de eventuales hitos en la evolución de los salarios que respondan a períodos puntuales.

Además, la fórmula Casa Propia incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo igual al 0,9, de modo que en lugar de reflejar el promedio de la variación salarial en su totalidad, la referencia que se tomará en cuenta será equivalente al 90%.

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: Alquileres

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Comentarios

  1. -
  2. Romina dice

    9 noviembre, 2023 a las 8:18 am

    Buen día los alquileres comerciales también están exentos del monotributo o solo los que son con destino a vivienda?

    Responder
  3. Celeste dice

    18 octubre, 2023 a las 2:56 pm

    Buenas tardes, una consulta, esos índices y periodicidad son los que se deben aplicar para el caso de alquileres con destino a vivienda, es decir que para el caso de alquileres de locales comerciales, se puede aplicar cualquier tipo de ajuste y periodicidad???? gracias!

    Responder
  4. fernando dice

    17 octubre, 2023 a las 3:57 pm

    Actualización del precio de los alquileres. “Los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.

    Con respeto a los aumentos. Cuando habla de promedio, no dice el promedio de cuantos meses o yo lo interpreto mal?
    En ningun momento nombra al coeficiente ” Casa propia ” en la reglamentacion.

    Responder

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