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Los responsables inscriptos deberán discriminar el IVA cuando facturan operaciones a monotributistas

31 mayo, 2021 Por Ignacio 34 comentarios

Los responsables inscriptos deberán discriminar el IVA cuando facturan operaciones a monotributistas.

Régimen Simplificado de Monotributo
Régimen Simplificado de Monotributo

Los cambios introducidos por la ley 27.618, establecen que cuando los responsables inscriptos realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios a monotributistas, deberán documentarlas con facturas “A”.

Los comprobantes tendrán que discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente y adicionar la leyenda que establezca la reglamentación.

Del mismo modo, cuando se facture a través de controladores fiscales, también se deberán emitir comprobantes clase “A”. 

En caso utilizar equipos que solo permitan la identificación del receptor como Responsable inscripto en IVA, se deberá incorporar la leyenda que sea establecida en la reglamentación.

A efectos de adecuar los equipos y sistemas, se otorgará un plazo excepcional para la aplicación de estas modificaciones que la AFIP establecerá mediante una resolución general.

En lo referido al Libro de IVA Digital, las adecuaciones que requiere la reglamentación se informarán a través de los campos de ajuste.

Leyenda en Factura A Monotributistas:

Los comprobantes emitidos a sujetos monotributistas deberán contener la leyenda:

‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’.

Esta disposición entrará en vigencia el día 1 de Julio de 2021, según resolución general AFIP 5.003,

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Facturación, Monotributistas

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Comentarios

  1. -
  2. Florencia dice

    18 junio, 2021 a las 9:58 am

    Hola, tengo una dudas con FACTURACIÓN A MONOTRIBUTISTAS, con la nueva RG en el art 20 dice: Debe discriminarse el importe de la percepción que resulte procedente. Entonces si a partir del 01/07 factura un RI que es agente de percepción a un Monotributista,
    En cuanto a per IIBB, se debe tomar como base el neto de factura? ya que estaría bien discriminado lo que es iva en la fact.
    Perc IVA, , solo se debe realizar a aquellos monotributistas que se pasen de la facturación estipulada?
    GRACIAS!

    Responder
  3. Vani dice

    17 junio, 2021 a las 9:43 am

    Buenos días hay sanción por no cumplir con la emisión de factura A a monotributistas?

    Responder
  4. Laura dice

    16 junio, 2021 a las 1:49 pm

    Buenas tardes Ignacio,

    Tengo controladores de vieja generación. Y por default sólo hacen “facturas A” a responsables inscriptos. Qué debo hacer en ese caso? Hacer una factura A como si fuese responsable inscripto? Desde ya muchas gracias por su ayuda!
    Saludos,
    Laura

    Responder
  5. Gabriel dice

    14 junio, 2021 a las 10:13 pm

    Que documento emito desde el 01.07.2021 para ajustar una factura B (emitida a un monotributo anterior al 30.06.21)… Es una Nota de Crédito “A” o “B”?

    Por otro lado, la leyenda cuando la CUIT está en error: “El crédito Fiscal no puede computarse……” es excluyente con la nueva leyenda que establece la RG5003?

    Responder
  6. Carolina dice

    5 junio, 2021 a las 6:49 pm

    INCREIBLEE!!! Cambia todo para que nada cambie

    Responder
  7. GABRIELA dice

    4 junio, 2021 a las 11:47 am

    En que parte de la factura A va la leyenda?

    Responder
  8. LEVY RUBEN dice

    2 junio, 2021 a las 10:36 am

    Digo yo, no tienen nada que hacer los ridículos del Afip. Ya no saben además de esquilmar al contribuyente de implementar estupideces y cada vez más engorroso el trabajo de las personas que trabajan y a los contadores. también

    Responder
    • Gonzalo dice

      10 junio, 2021 a las 12:17 pm

      Los problemas son:
      -Los políticos que no entienden nada,
      -Tenemos una economista a cargo de la AFIP cuando claramente debería ser algo exclusivo de contadores o en conjunto con algún abogado tributarista.
      -Y tal vez lo peor es que la camara de Diputados y Senadores en mayor parte son Abogados.

      Imposible funcionar así, y nuestro consejo desde siempre no tiene peso ni ayuda mucho.

      Saludos

      Responder
  9. Susana dice

    1 junio, 2021 a las 10:26 am

    Buenos dias, Ignacio
    desde cuando se debe facturar A a monotributistas, desde que fecha?
    aun no se conoce la leyenda que debe llevar la factura ?
    gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      1 junio, 2021 a las 10:47 pm

      RG 5003 La AFIP reglamenta los cambios en el Monotributo

      Responder
  10. Javier levensohn dice

    1 junio, 2021 a las 9:17 am

    Buen día Ignacio, a partir de cuando se debe implementar estos cambios? Teniendo en cuenta que sin no está la reglamentación

    Responder
    • Ignacio dice

      1 junio, 2021 a las 10:58 pm

      1° de julio 2021

      Responder
  11. Silvia dice

    1 junio, 2021 a las 8:17 am

    Desde cuándo hay están obligados a facturar así gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      1 junio, 2021 a las 10:58 pm

      1° de julio 2021

      Responder
  12. Federico Bianchi dice

    31 mayo, 2021 a las 9:26 pm

    A partir de cuándo tendrán los RI q hacer facturas A a Monotributistas? Quedará la B sólo para exentos y CF por lo q entiendo?

    Responder
    • Ignacio dice

      1 junio, 2021 a las 10:59 pm

      1° de julio 2021

      Responder
  13. Kathia dice

    31 mayo, 2021 a las 2:49 pm

    Hola buenas tarde quería saber como hago para anotarme en el repro 2 porfavor

    Responder
  14. romina dice

    31 mayo, 2021 a las 12:46 pm

    Soy monotributista, tengo que solicitar factura A.

    Responder
    • Gonzalo dice

      10 junio, 2021 a las 12:13 pm

      Hola! No tenes que hacer nada ya que los que deben hacer el cambio son los Responsables inscriptos al facturarle a los Monotributistas.

      Responder
  15. MARCELO gRECO dice

    31 mayo, 2021 a las 10:30 am

    Hola Igancio a partir de Cuando hay que hacer las modificaciones y se implementa la factura A

    Responder
  16. Cristina dice

    31 mayo, 2021 a las 8:14 am

    Hola Ignacio, consulta. Aún no salió la reglamentación de cuál es la leyenda? Y otra.. como se presentaría esa factura A en el libro de iva digital ? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      31 mayo, 2021 a las 10:20 am

      No, todavía no, falta la RG

      Responder
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