El fisco amplió la obligación de declarar el egreso de dinero del país hacia otros instrumentos.
La AFIP amplió la obligación de declarar la salida de dinero del país cuando se trate de instrumentos monetarios emitidos en moneda nacional o extranjera, que rige para viajeros e integrantes de las tripulaciones de aviones.
Así lo dispuso a través de la Resolución General 3010/10, publicada en el Boletín Oficial.
Hasta ahora, la normativa obligaba a declarar el egreso del dinero en efectivo en moneda local o extranjera, pero con esta modificación, se incorpora a instrumentos monetarios como cheques y pagarés.
La resolución oficial mantiene la obligación de declarar el egreso de dinero cuando se trate a cifras superiores o equivalentes a 10 mil dólares.
La medida incluye a mayores de 16 años, y en el caso de que los viajeros sean menores de esa edad, deberán hacer la declaración cuando saquen del país dinero por un monto equivalente o superior a los 5 mil dólares
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