Nueva nómina de contribuyentes excluidos Mayo 2017.
A efectos de consultar los motivos que impulsaron la exclusión, puede acceder a nuestra página web www.afip.gob.ar con su clave fiscal al servicio “Monotributo – Exclusión de Pleno Derecho”.
Cabe indicar que la exclusión puede ser objeto del recurso de apelación previsto en el artículo 74 del Decreto N° 1.397/1979 y sus modificaciones dentro de los 15 días contados a partir de su publicación (02/05/2017) a cuyo efecto deben observarse las prescripciones de la Resolución General N° 3640/2014.
LISTADOS
Anónimo dice
Buenas tardes Ignacio, un contribuyente que en 2016 por superar los topes de facturación, "voluntariamente" se pasó a responsable inscripto, puede volver al monotributo ahora? Me queda claro que los excluidos de pleno derecho si, pero no sé los que se pasaron de manera voluntaria. Gracias.-