Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral: del 25 al 31 de enero por número de CUIT
Desde hoy 25 de enero de 2011 comienza a vencer el plazo para que los contribuyentes monotributistas que se encuentren encuadrados en las categorías F, G, H, I, J, K o L y/o revistan la calidad de empleadores, presenten la declaración jurada informativa cuatrimestral correspondiente al último cuatrimestre del año 2010.
Vencimientos
Mediante la Resolución General N° 3009, la AFIP estableció el siguiente cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral que deben presentar los monotributistas:
Fechas de Vencimiento
DJ INFORMATIVA |
Terminacion de CUIT 0 ó 1: 25/01/2011 |
Terminacion de CUIT 2 ó 3: 26/01/2011 | |
Terminacion de CUIT 4 ó 5: 27/01/2011 | |
Terminacion de CUIT 6 ó 7: 28/01/2011 | |
Terminacion de CUIT 8 ó 9: 31/01/2011 |
En la mencionada Declaración Jurada, se deberá consignar, entre otros, los datos relativos a la facturación, al consumo de energía eléctrica y a local o establecimiento donde se lleva a cabo la actividad.
Sujetos obligados
Se encuentran obligados a cumplir con el régimen de información los monotributistas que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Se encuentren encuadrados en las categorías F, G, H, I, J, K o L (es decir, contribuyentes con ingresos superiores a $ 72.000 y hasta $ 300.000).
b) Revistan la calidad de empleadores (independientemente de la categoría de Monotributo en la que se encuentren encuadrados).
Información a presentar
Los sujetos obligados deberán informar, respecto de cada cuatrimestre calendario, y en la medida que resulten aplicables conforme a la actividad que desarrollen los siguientes datos: a) Documentación que respalda las operaciones efectuadas durante el cuatrimestre:
- Forma de emisión, indicando si se efectúa por sistema manual o por controlador fiscal.
- Número de la primera y última factura o documento equivalente emitido.
- Monto de las operaciones del período.
b) Proveedores:
- C.U.I.T. de los 5 principales proveedores, en función al monto de las operaciones.
- Monto de compras efectuadas a dichos proveedores.
- Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos por el proveedor al Monotributista.
c) Clientes:
- C.U.I.T., C.U.I.L. o C.D.I. de los 5 principales clientes en función al monto de las operaciones.
- Monto facturado a dichos clientes.
- Cantidad de facturas o documentos equivalentes emitidos a dichos clientes.
d) Local o establecimiento en el que se desarrolla la actividad:
- Condición de propietario o inquilino, o si la actividad se desarrolla sin local o establecimiento fijo. En caso que la condición sea la de inquilino se deberá informar la C.U.I.T., C.U.I.L. o C.D.I. del propietario del inmueble, el monto de los alquileres devengados en el cuatrimestre, la fecha de inicio del contrato de locación y la fecha de finalización del contrato de locación.
- Número de partida y de inscripción dominial, de corresponder.
e) Energía eléctrica:
- Números de las facturas cuyos vencimientos para el pago se hayan producido en el cuatrimestre.
- C.U.I.T. de la empresa proveedora del servicio de suministro eléctrico.
- Kilovatios consumidos en el cuatrimestre.
- C.U.I.T. del titular del servicio (sujeto a cuyo nombre se emite la factura).
Cuando se trate de profesionales o transportistas, además de los datos detallados precedentemente, se deberán informar los siguientes datos:
a) Profesionales:
- Fecha de la primera matriculación o, de no estar matriculado, fecha de expedición del título profesional.
- C.U.I.T. del Consejo o Colegio Profesional en el que se encuentre matriculado.
b) Transportistas:
- Condición de titular del vehículo u otra.
- Monto que se abona en concepto de alquiler, de corresponder.
- C.U.I.T. de la compañía aseguradora del vehículo.
- Dominio del vehículo.
- Monto de la prima de seguro.
- Número de póliza del seguro del vehículo.
Procedimiento a seguir
Para cumplir con la Declaración jurada informativa, los monotributistas obligados deberán ingresar con C.U.I.T. y Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”.
Para más información sobre la declaración jurada informativa cuatrimestral ingrese al siguiente vínculo: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/rg2888.asp
Anónimo dice
que sucede si no se presenta el día del vencimiento, sino unos días después de transcurridfo el mismo????
Bueno…como de costumbre, los craneos de AFIP se tenian que mandar alguna…la DDJJ es identica a la anterior, salvo que ahora ademas de los KW consumidos, AGREGARON una celda que pide el importe de la factura de energia, cosa que antes no pedia…
Me imagino que ese dato debe tener una relevancia sin igual…
PD: Muchos pensaran que no es para tanto, que solo es un dato mas, pero para quienes pedimos estos datos con anticipacion, ahora nos falta el importe… ¬¬