Índice de Contenidos
Como está previsto en la normativa vigente, en enero de 2019 se deberá realizar la recategorización semestral con la nueva escala de monotributo. Además, se
Aumento de la escala y pagos mensuales
A partir de enero del 2019, los montos máximos de facturación para poder estar en el monotributo y los pagos mensuales que hacen los contribuyentes incrementarán alrededor de un 28,4%.
En la categoría A se podrá facturar anualmente hasta algo más de $138.000 en lugar de los $107.525 permitidos hasta ahora. El impuesto integrado para esta categoría será de $1.150.
Recategorización semestral
En enero también se deberá realizar la recategorización semestral obligatoria del régimen, antes era cuatrimestral.
Para esa recategorización, los contribuyentes deberán basarse en el esquema actualizado.
Factura electrónica y controlado fiscal
En 2019, se terminará de generalizar la obligatoriedad del uso de la factura electrónica. A partir del 1º de abril 2019, todos los monotributistas deberán usar factura electrónica o controlador fiscal.
Hasta el momento están obligados hasta la categoría la categoría E, el resto deberán seguir el siguiente cronograma:
- Categoría D: Diciembre 2018
- Categoría C: Febrero 2019
- Categoría B: Marzo 2019
- Categoría A: Abril 2019
Para el caso de monotributistas que solo tengan operaciones con consumidores finales, la obligatoriedad comienza el 1 de abril de 2019.
Unificación del Monotributo con Ingresos Brutos
Por último, tal vez el cambio mas importante en el régimen simplificado para el 2019, será que comenzará a aplicarse progresivamente la unificación de la liquidación y pago del monotributo con los regímenes simplificados/locales de Ingresos Brutos de diversos fiscos provinciales.
En Córdoba ya se ha implementado, y se prevé sumar mas jurisdicciones, la AGIP podría ser el próximo caso, pero se está trabajando para implementar un sistema similar con ARBA, que recordemos no tiene régimen simplificado de monotributo.
Por último, si bien se llama régimen simplificado, lo cierto es que el monotributo es un régimen que tiene sus particularidades, y por mas que AFIP incite a los contribuyentes a trabajar sin Contador, es mas que recomendable asesorarse con un profesional, ya que el camino que ha fijado el fisco es pasar la mayor cantidad de contribuyentes al régimen general (responsable inscripto).
Jose Ignacio dice
Hola. me surgio un inconveniente con un cliente monotributista. Recibio una notificacion al Domicilio Fiscal Electronica donde se le indica que qh quedado excluido de monotributo.
SR. CONTRIBUYENTE: SUS INGRESOS BRUTOS EXCEDEN EL MAXIMO PREVISTO PARA PERMANECER EN EL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES – LEY 27.430 ART. 155 INC. a)
Facturacion Electronica Emitida – Art 20 A.
Porque facturó $1.190.625,00 entre los periodos 201805 a 201904. Pero se hizo recategorizacion en Enero 2019 teniendo en cuenta facturacion de 01/2018 a 12/2018 y ahora se le realiza el computo de la facturacion de 07/2018 a 06/2019. Porque el sistema toma en cuenta periodos que no comprende la recategorizacion?? A alguno le paso algo similar?
Ignacio dice
Una cosa es la recategorización semestral otra quedar excluido del régimen. Para la exclusión tenes que controlar todos los meses
francisco dice
falto agregar que se eliminaran las categorias g y h para prestadores de servicios
Francisco, de donde sacaste que se eliminarán esas categorías ?
DONDE DICE ESO?
falto agregar que se eliminaran las categorias g y h