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Monotributo: Nueva categoría para los eventuales

5 enero, 2010 Por Ignacio 302 comentarios

Todos aquellos contribuyentes que estaban inscriptos como monotributistas eventuales fueron dadas de baja por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el 31 de diciembre pasado, según informó el organismo.

Para estar en el régimen deben entonces tramitar una inscripción como monotributistas del esquema general o como “trabajadores independientes promovidos”, una nueva categoría que crea la ley 26.565.

La inscripción bajo estas condiciones supone el pago de una “cuota de inclusión social”, cuyo monto está todavía pendiente de definición. Ese pago será a cuenta del aporte previsional. Terminado cada ejercicio anual, el contribuyente deberá calcular cuántos meses pudo cubrir, para pagar eventualmente lo que haga falta, a los fines de ser considerado aportante regular del sistema previsional.

Obra Social
Además, estos contribuyentes podrán optar por abonar el aporte de $ 70 a la obra social y estarán exentos del componente impositivo del monotributo.

Los principales requisitos para ser aceptado en esta categoría de promoción son:

Desarrollar exclusivamente una actividad independiente; no hacer importaciones de bienes o servicios ni tener local estable.

  • No tener otra fuente de ingresos que la actividad declarada.
  • No tener empleados
  • Si se prestan servicios, no superar las seis operaciones al año con un mismo sujeto.
  • No superar los $ 24.000 de facturación anual.
  • No ser contribuyente del impuesto sobre los bienes personales.
  • Si es graduado universitario, no deben haber pasado más de dos años desde la obtención del título ni se deben haber pagado cuotas o matrícula por los estudios cursados.

Pago a cuenta
Deberá ingresar el 5% de los ingresos brutos obtenidos en el mes.

Recuerde que, en el caso de locaciones y prestaciones de servicios no podrá llevar a cabo durante más de seis operaciones con un mismo sujeto, ni superar en estos casos la suma de $1000

Cuando obtenga ingresos deberá analizar que los mismos no superen los $24.000 de ingresos brutos, durante los 12 meses calendarios anteriores al momento de adhesión. O los $29.000 cuando dentro de esos ingresos se haya computado los percibidos correspondientes a períodos anteriores al considerado.

Fuente: La Nación – AFIP

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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: Monotributistas, trabajadores independientes promovidos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Elias Neftali Allaltuni dice

    11 enero, 2019 a las 9:52 am

    Buen día. Soy un repartidor de mercadería. Cumplo con los requisitos para ser Monotributo promovido. Tengo que pagar el 5% mensual de lo que facturo con el F. 155 del AFIP ante cualquier boca de pago. Pero AFIP me puso ya montos a pagar desde que me anote y como no terminaba mi inscripcion completa NO facture NADA!! Entonces no se porque me ponen a pagar en CCMA.
    EL 5% DE CERO es cero. Ahora bien, no entiendo que estoy pagando. Como lleno el formulario tampoco lo entiendo. AFIP me confunde diciendo que voy a tener que pagar a fin de año la diferencia. Ustedes me pueden explicar como funciona este sistema. Como me mantengo en regla? Que debo abonar. y que marco en el formulario.

    Responder
  3. Elisa dice

    16 noviembre, 2018 a las 3:18 pm

    Hola mi consulta sobre el monotributo es que me exigen para ingresar a una empresa a realizar un trabajo de mudanza. es por única vez. hay alguna manera de inscribirse por un unico trabajo?
    Espero su respuesta

    Responder
  4. Mario dice

    10 noviembre, 2018 a las 10:14 am

    Hola Ignacio. A mi hija la contrataranen una escuela de verano. Tiene que facturar una sola vez y le pagarán, los dos meses juntos. Es su primer trabajo. Que le conviene hacer para con la AFIP. Monotributo eventual, quizá. qué te parece?

    Responder
  5. Mariel dice

    6 noviembre, 2018 a las 9:31 am

    Hola Ignacio, En este verano, mi hija, profesora de educación publica, será contratada para una escuela de verano. Es su primer trabajo. Le piden facturar. pero será una sola factura por los 2 meses que durará el contrato. Pregunto, que debe tributar. El monotributo eventual sería lo ideal. Se incribe y a los 2 meses se da de baja?. Que deberia hacer?Gracias

    Responder
  6. Nadia Macarena Rodriguez Rizzo dice

    27 octubre, 2018 a las 11:19 am

    Hola ignacio te quiero consultar algo en este momento me encuentro sin trabajo estoy cobrando la asignacion universal por mi nena, para el año que viene me ofrecieron dar dos cursos que van a durar 10 meses pero necesito ser monotributista para facturar en que categoria me conviene inscribir para no perder el cobro de la asignacion? Me queria inscribir en el Monotributo social pero me parece que me voy a pasar del monto.
    Ademas estaba queriendo volver a vender ropa en forma particular y muchas clientas me piden para venderles con tarjeta.

    Responder
    • Ignacio dice

      27 octubre, 2018 a las 1:33 pm

      Hola, la categoría es según los ingresos. Te paso la tabla de Asignaciones para Monotributo

      Responder
  7. Guillermo FANDIÑO dice

    17 mayo, 2018 a las 3:51 pm

    Hola Ignacio: Ttrabajo en relacion de dependencia y me están solicitando realizar un trabajo eventual para una pequeña empresa a la cual le debería emitir una factura por ese trabajo y hay posibilidad de hacer algunos otros más, pero no muchos. Como se puede manejar este tema. Gracias, Guillermo.

    Responder
  8. Anónimo dice

    16 febrero, 2017 a las 1:22 pm

    buenos días, mi consulta es la siguiente, en que tipo de monotributo y actividad entran los nutricionistas, estoy haciendo el tramite online. gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    14 diciembre, 2016 a las 6:23 pm

    Hola, necesito asesoramiento para adherir al monotributo, es por un trabajo temporal, soy docente trabajo en relacion de dependencia con el ministerio de educacion de la provincia de bs as. Actualmente estoy dando un curso de capacitacion en una universidad de zona sur de gba y me piden monotributo, emitir factura, ya hice el cuit y la clave fiscal, pero al momento de adherir al monotibuto en la declaracion jurada me aparecen opciones que no se para que son o cual es la adecuada:
    TI PROMOVIDO
    TI PROMOVIDO OPCION OBRA SOCIAL

    cual tengo que tildar para continuar con el tramite?

    Responder
  10. Anónimo dice

    12 agosto, 2016 a las 3:49 pm

    Soy Rosa,JUBILADA DOCENTE PCIA DE SANTA FE.Vivo de mi jubilación y no soy monotributista.No tengo familia directa y vivo en mi modesta propiedad.¿Por qué razón debí hacer un tremebundo trámite en la AFIP para que me descuenten
    $2,10 por mes,pagando $400 de taxis para el contador más sus honorarios?¿Es así?

    Responder
  11. Anónimo dice

    12 marzo, 2016 a las 4:40 pm

    hola por cuanto tiempo puedo ser monotribustista promovido?

    Responder
  12. Unknown dice

    23 febrero, 2016 a las 2:18 pm

    buenas Dias Ignacio… quisiera consultarte lo siguiente, trabajo en relacion de dependencia reparando instrumental medico y estoy pensando expandirme a pocos clientes con la consiguiente necesidad de emitir facturas, no serian grandes montons pero no entro en la categoria que explicas en este articulo por tener un trabajo en relacion de dependencia, como podria encarar esto, se agradece tu predisposición. saludos. Cesar

    Responder
  13. vanesa dice

    1 febrero, 2016 a las 11:34 am

    hola. necesito saber como debería registrarme dentro de que régimen. en mi familia tenemos una trafic que hace fletes la maneja mi marido. por lo cual no necesitamos local para tal fin. Tiene un ingreso aprox de 216000 anuales de los cuales se le descuenta el combustible que se gasta o no ? ya que si fuera asi le quedaria en mano solo 144000 anuales. Como seria ? '

    Responder
  14. Monica dice

    3 abril, 2015 a las 3:18 pm

    Hola Ignacio, soy profesional de arquitectura y quisiera darme de alta en el monotributo. Sé cuanto va a ser mi facturación anual $240000 ya que voy a tener contrato con una empresa a la cual le voy a brindar asesoramiento. Quisiera saber en cual de las condiciones me tengo que registrar en cuanto al rubro: trabajador promovido sé que no por lo que leí…

    Responder
  15. Anónimo dice

    31 enero, 2015 a las 12:06 am

    HOLA IGNACIO ME ATREVO A PREGUNTARTE YA QUE VEO QUE TENES MUY BUENA DISPOSICION PARA RESPONDER TODAS LAS DUDAS QUE L GENTE TE PLANTEA,TENGO 56 AÑOS Y QUISIERA HACER APORTES JUBILATORIOS YA QUE SIEMPRE TRABAJE POR CUENTA PROPIA DANDO CLASES EN CASA,ACTUALMENTE DOY 2 VECES X SEMANA EN CASA Y UNA VEZ EN UNA ARTISTICA,COMO ARTESANA,ME PODRIAS ASESORAR,DESDE YA MUCHAS GRACIAS

    Responder
  16. Anónimo dice

    21 octubre, 2014 a las 4:39 pm

    Hola Ignacio! mi nimbre es Débora. Con relación al trabajador independiente promovido, el contribuyente se adhirió en 11/2013 y ahora quiere pasarse al MT general, como sería el tema de la BAJA, si o si tiene q pagar la diferencia de los pagos a cuenta realizados y los $157?? tenia entendido que es opcional, que pasa si no paga la diferencia???
    Desde ya muchas gracias!!!!

    Responder
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