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Monotributo: nuevo procedimiento para la solicitud de facturas

3 noviembre, 2014 Por Ignacio 276 comentarios

Nuevo procedimiento para la solicitud de facturas para contribuyentes Monotributistas y exentos o no alcanzados en el IVA. 

Se recuerda que a partir del 1/11/2014, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), modificó se modifica el procedimiento para la solicitud y emisión de comprobantes (RG 3665 y RG 3666).

Nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes.

Hasta el momento, el procedimiento para solicitar comprobantes era que el contribuyentes se dirigía a la imprenta y realizaba el pedido de comprobantes, pero ahora el procedimiento será el siguiente:

  1. El contribuyente solicita autorización para imprimir facturas con clave fiscal en la página de AFIP. (ver Cómo solicitar la autorización de Comprobantes)
  2. La AFIP autoriza y genera el CAI.
  3. El contribuyente imprime la constancia del CAI en dos ejemplares, firma un ejemplar y lo entrega a la imprenta.
  4. La imprenta constata la validez en el servicio “Autorización de Impresión de comprobantes” de la página de Internet de AFIP, y accede al servicio “Ingreso al trabajo de impresión”.
  5. La AFIP valida y otorga la constancia de confirmación.
  6. La firma correspondiente imprime las facturas.

Los monotributistas y exentos en IVA 

Las factura tipo “C”, que emiten los monotributistas y exentos en IVA,  incluirán el Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo “A” y “B” de los inscriptos en el IVA.

Deberán habilitar puntos de venta a través del nuevo servicio “Autorización de impresión de Comprobantes” opción “ABM de Puntos de Venta” y comenzar con la numeración de sus comprobantes desde el “00000001” (ver ¿Cómo actualizar los puntos de venta?)



Puntualmente, los monotributistas desde el 1º de noviembre, permitiéndose el uso de las facturas en existencia hasta el 31 de diciembre de 2014.


Los exentos y no alcanzados a partir del 1º de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.

Hasta el momento solitaban los comprobantes directamente en la imprenta, pero desde este mes, los contribuyentes monotributistas que deban imprimir nuevos talonarios de facturas, deberán seguir un nuevo procedimiento de solicitud de autorización de impresión de comprobantes. . 
Ahora, se deberán primero solicitar el CAI en la web de la AFIP y luego realizar el pedido de impresión, además de cumplir con el régimen de información vinculado una vez retiradas las facturas de las imprentas.
Comprobantes en existencia. Cabe destacar que que aquellos comprobantes tipo C que se encuentren impresos y en existencia al 31/10/2014 podrán ser utilizados hasta el 31/12/2014 o hasta que se agoten, lo que suceda con anterioridad. Los exentos y no alcanzados comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.
Imprentas. Por su parte, las imprentas deberán cumplir, a partir del mes de febrero, con el régimen informativo correspondiente a los comprobantes impresos y no retirados por los contribuyentes. Dicho régimen de información vencerá el día 15 del tercer mes inmediato siguiente a haberse solicitado el trabajo a la imprenta, resultando el mes de noviembre de 2014 el primer período a informar.

Responsables inscriptos. Para los responsables inscriptos en el IVA también hay cambios. Desde el 1º de noviembre próximo hasta el 31 de marzo de 2015, si bien siguen con el procedimiento anterior, utilizando los puntos de venta que tenían habilitados, comienzan a confirmar o rectificar los puntos de ventas en la página de Internet de AFIP.

Artículos relacionados:

  • ¿Punto de venta 0001 o punto 0002?
  • ¿Cómo solicitar la Autorización de Impresión de Comprobantes (CAI)
  • ¿Cómo actualizar los puntos de venta?

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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: ABM de Puntos de Venta, Autorización de impresión de Comprobantes

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    6 noviembre, 2014 a las 5:10 pm

    monotributista que quiere hacer factura electronica. al dar de alta el punto de venta, no tengo la opción ponerlo para factura en linea, las opciones que me aparecen son impresa o controlador. Es un error? o se hace de otro lado?

    Responder
  3. Raúl dice

    6 noviembre, 2014 a las 3:41 pm

    Pude dar de alta el punto de venta que lo hice con 0001 (el mismo que tenía antes), no sé si eso es correcto. ¿Alguien me puede decir si está bien o había que hacerlo con un punto de venta diferente al que se tenía). Luego solicité el CAI, y supuestamente la AFIP lo autorizó con dicho punto de venta.

    Responder
    • Anónimo dice

      11 noviembre, 2014 a las 2:18 pm

      Yo tambien hice lo mismo, pero nadie me sabe informar si es correcto o había que darle el alta al pto de venta 0002?????????

      Responder
    • Raúl dice

      12 noviembre, 2014 a las 11:25 pm

      Ya está solucionado con la respuesta que le dio la AFIP a Ignacio (ver el 7/11). No está mal lo que hemos hecho. Puede hacerse con otro punto de venta (por ej. 0002). Pero no lo hace obligatorio.

      Responder
    • Anónimo dice

      15 diciembre, 2014 a las 11:38 pm

      raul lo que planteas no esta mal me parece solo que seria conveniente que uses otro punto de venta distinto al maniel para evitar los mensajes de facturas repetidas que le pueden ocasionar a nuestros clientes. Se da mucho en los profesionales que liquidan a los colegios

      Responder
  4. Anónimo dice

    5 noviembre, 2014 a las 8:04 pm

    el codigo de cuatro digitos de puntos de venta que numero hay que poner?

    Responder
  5. Anónimo dice

    5 noviembre, 2014 a las 3:47 pm

    Ignacio, tengo un talonario por terminar y otro sin empezar… como dice en tu publicación se pueden usar hasta el 31/12 o agotar stock? quiere decir que el que tengo sin empezar podría usarlo? o entiendo mal? Gracias por tus notas, siempres son de gran utlidad.

    Responder
  6. Aneta dice

    5 noviembre, 2014 a las 2:50 pm

    cuando quiero poner los datos para pedir la Nueva Solicitud de CAI, al ingresar el punto de venta, me salta un error que dice Puntode Venta no empadronado. Por qué puede ser?

    Responder
    • Anónimo dice

      18 diciembre, 2014 a las 1:15 am

      Hola! Tengo el mismo problema que vos, me podrías decir si lo pudiste solucionar y cómo?? Gracias!. Laura

      Responder
    • Anónimo dice

      30 junio, 2015 a las 12:00 am

      yo tb!!! como lo soluciono???

      Responder
  7. Anónimo dice

    5 noviembre, 2014 a las 12:27 am

    alguien pudo hacer funcionar al dia 04/11/2014 el sitema ? en caso de q si explicarlo, por favor.

    Responder
  8. Darío Martín Vallejo dice

    4 noviembre, 2014 a las 9:07 pm

    Ya pude dar de alta el punto de venta…!!! Parece que esta funcionando la página…!!!

    Responder
  9. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 8:09 pm

    el punto de venta es el mismo que tenia en la fc manual no?

    Responder
  10. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 7:41 pm

    CPN Luciano Porta: Para dar de alta los puntos de venta, usen google chrome, habilitando los pops-ups claro está. De esa forma permite la carga, probé una sola vez y funcionó, siendo que en internet me dio mas de 10 veces el error que uds nombran.

    Saludos!

    Responder
  11. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 5:52 pm

    no funciona hasta el momento HABILITAR LOS P UNTOS ABM. Llame afip y me dicen que el sistema colapso.. el tema es que yo necesito la autorizacion si o si… je.. .. yo no se por que habilitan algo si despues no les da el sistema.. me dijeron que siga probando ..

    Responder
  12. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 5:48 pm

    El punto de venta no funciona. Esperemos

    Responder
  13. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 5:47 pm

    Me parece que el punto de venta todavia no funciona. Esperemos

    Responder
  14. Darío Martín Vallejo dice

    4 noviembre, 2014 a las 5:41 pm

    Alguien pudo dar de Alta el Punto de Venta? A mi se me abre una página y luego queda como inexistente…

    Responder
  15. Anónimo dice

    4 noviembre, 2014 a las 5:34 pm

    La ineficacia y la inoperancia de los craneos informaticos comandados por el lider evasor de Echegaray da una vez mas la nota. Es verdad desde el 01/11/2014 no funciona el ABM puntos de venta,me comunicque con el 08109992347 el 03/11/2014 y dicen que van a solucionar el problema , cosa que hasta la fecha y siendo las 14:31 hs no hay miras de resolucion.Ahora habria que denunciarlos a ellos,soy profesional y desde ayer que no puedo facturar!!!!!!Una verguenza Nacional!!!!!!!

    Responder
  16. Darío Martín Vallejo dice

    4 noviembre, 2014 a las 5:33 pm

    Pudieron dar el Alta al punto de venta?

    Responder
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