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Monotributo: nuevo procedimiento para la solicitud de facturas

3 noviembre, 2014 Por Ignacio 276 comentarios

Nuevo procedimiento para la solicitud de facturas para contribuyentes Monotributistas y exentos o no alcanzados en el IVA. 

Se recuerda que a partir del 1/11/2014, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), modificó se modifica el procedimiento para la solicitud y emisión de comprobantes (RG 3665 y RG 3666).

Nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes.

Hasta el momento, el procedimiento para solicitar comprobantes era que el contribuyentes se dirigía a la imprenta y realizaba el pedido de comprobantes, pero ahora el procedimiento será el siguiente:

  1. El contribuyente solicita autorización para imprimir facturas con clave fiscal en la página de AFIP. (ver Cómo solicitar la autorización de Comprobantes)
  2. La AFIP autoriza y genera el CAI.
  3. El contribuyente imprime la constancia del CAI en dos ejemplares, firma un ejemplar y lo entrega a la imprenta.
  4. La imprenta constata la validez en el servicio “Autorización de Impresión de comprobantes” de la página de Internet de AFIP, y accede al servicio “Ingreso al trabajo de impresión”.
  5. La AFIP valida y otorga la constancia de confirmación.
  6. La firma correspondiente imprime las facturas.

Los monotributistas y exentos en IVA 

Las factura tipo “C”, que emiten los monotributistas y exentos en IVA,  incluirán el Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo “A” y “B” de los inscriptos en el IVA.

Deberán habilitar puntos de venta a través del nuevo servicio “Autorización de impresión de Comprobantes” opción “ABM de Puntos de Venta” y comenzar con la numeración de sus comprobantes desde el “00000001” (ver ¿Cómo actualizar los puntos de venta?)



Puntualmente, los monotributistas desde el 1º de noviembre, permitiéndose el uso de las facturas en existencia hasta el 31 de diciembre de 2014.


Los exentos y no alcanzados a partir del 1º de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.

Hasta el momento solitaban los comprobantes directamente en la imprenta, pero desde este mes, los contribuyentes monotributistas que deban imprimir nuevos talonarios de facturas, deberán seguir un nuevo procedimiento de solicitud de autorización de impresión de comprobantes. . 
Ahora, se deberán primero solicitar el CAI en la web de la AFIP y luego realizar el pedido de impresión, además de cumplir con el régimen de información vinculado una vez retiradas las facturas de las imprentas.
Comprobantes en existencia. Cabe destacar que que aquellos comprobantes tipo C que se encuentren impresos y en existencia al 31/10/2014 podrán ser utilizados hasta el 31/12/2014 o hasta que se agoten, lo que suceda con anterioridad. Los exentos y no alcanzados comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.
Imprentas. Por su parte, las imprentas deberán cumplir, a partir del mes de febrero, con el régimen informativo correspondiente a los comprobantes impresos y no retirados por los contribuyentes. Dicho régimen de información vencerá el día 15 del tercer mes inmediato siguiente a haberse solicitado el trabajo a la imprenta, resultando el mes de noviembre de 2014 el primer período a informar.

Responsables inscriptos. Para los responsables inscriptos en el IVA también hay cambios. Desde el 1º de noviembre próximo hasta el 31 de marzo de 2015, si bien siguen con el procedimiento anterior, utilizando los puntos de venta que tenían habilitados, comienzan a confirmar o rectificar los puntos de ventas en la página de Internet de AFIP.

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  • ¿Punto de venta 0001 o punto 0002?
  • ¿Cómo solicitar la Autorización de Impresión de Comprobantes (CAI)
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Publicado en: Monotributo, Sin categoría Etiquetado como: ABM de Puntos de Venta, Autorización de impresión de Comprobantes

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. CARTERA DE MUJER dice

    12 noviembre, 2014 a las 8:25 pm

    Hola, quise dar de baja un punto de venta que cargue por error vinculado al sistema de controlador fiscal y me dice que no es accion valida dar de baja, ¿ qué hago? gracias

    Responder
    • Anónimo dice

      12 noviembre, 2014 a las 9:36 pm

      buenas tardes, pudiste solucionar el problema? a mi me paso lo mismo, y no me permite dar de baja al punto de venta controlador fiscal. muchas gracias

      Responder
    • Anónimo dice

      14 noviembre, 2014 a las 10:43 pm

      Pudieron solucionarlo??? Me pasó lo mismo!!!!

      Responder
  3. Raúl dice

    12 noviembre, 2014 a las 10:48 am

    Quise confirmar los puntos de venta de un responsable inscripto, para eso di de alta el servicio "autorización de impresión de comprobantes" , pero sale el siguiente error: Error
    Modulo Contribuyente no habilitado para Ins. IVA . Entonces ¿desde dónde tengo que confirmar los puntos de venta?

    Responder
    • Ignacio dice

      12 noviembre, 2014 a las 8:39 pm

      Es que RI y Exentos todavía no está habilitado

      Responder
    • Raúl dice

      12 noviembre, 2014 a las 11:21 pm

      ¡Gracias Ignacio! Supuestamente era a partir del 01/11, esperaré entonces.

      Responder
    • Raúl dice

      13 noviembre, 2014 a las 3:42 pm

      Ya lo pude hacer. Y de paso dejo lo enviado por la AFIP:
      Atento a su consulta, le informamos que, en caso de corresponder, debería ingresar al servicio con clave fiscal "Administración de Puntos Ventas y Domicilio". Para adherir el servicio a su clave fiscal deberá seguir los siguientes pasos:

      1) Ingrese en nuestra página Web: http://www.afip.gob.ar/

      2) Acceso con Clave Fiscal

      3) Consigne su CUIT, clave fiscal, y presione "Ingresar"

      4) Presione la opción "Servicios Administrativos Clave Fiscal" e ingrese al "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal"

      5) Seleccione "Adherir servicio"

      6) Marque "AFIP"; “Servicios Interactivos”

      7) Seleccione el servicio “Administración de Puntos Ventas y Domicilio”

      8) Presione "Confirmar"

      9) Imprima el F. 3283/E

      10) Cierre la página de Internet

      11) Cuando vuelva a ingresar al sistema con su CUIT y clave fiscal tendrá habilitado el servicio para operar.

      Responder
    • Anónimo dice

      14 noviembre, 2014 a las 1:32 pm

      Mil gracias!!!!!!!!!!

      Responder
    • CARTERA DE MUJER dice

      14 noviembre, 2014 a las 5:46 pm

      gracias!!!!

      Responder
    • analia starr dice

      17 noviembre, 2014 a las 3:18 pm

      tenes que habilitar el servicio " adm de puntos de venta y domicilio" para RI

      Responder
  4. yamila dice

    12 noviembre, 2014 a las 1:52 am

    Hola Ignacio! Como hago para autorizar un punto de venta 0002?
    A que se refiere con comprobantes de resguardo? Como se si los míos son de resguardo o no? Gracias yamila

    Responder
    • Ignacio dice

      12 noviembre, 2014 a las 8:35 pm

      Hola Yamila, tenés que darlo de alta, te paso el link http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/monotributistas-como-actualizar-los-puntos-de-venta.html

      Los comprabantes de resguardo son para cuando tenés Factura electrónica o controlador y tenés que tener comprobantes en papel como resguardo por si no funcionan los otros sistemas.

      Responder
  5. Anónimo dice

    11 noviembre, 2014 a las 8:19 pm

    ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR QUISE PEDIR LA AUTORIZACION PARA IMPRIMIR LAS FACTURAS COMO NO TENIA EL PUNTO DE VENTA ENPADRONADO FUI ADM PARA DARLO DE ALTA Y LO DI PERO ME EQUIVOQUE Y PUSE QUE ERA PARA CONTROLADOR FISCAL Y AHORA NO ME LO DEJA DAR DE BAJA ME PUEDEN DECIR COMO LO DOY DE BAJA Y QUE ITEM TENGO QUE PONER

    Responder
    • Ignacio dice

      12 noviembre, 2014 a las 1:22 am

      Tenes que dar de baja el punto de venta y darlo de alta de manera correcta

      Responder
    • Ignacio dice

      12 noviembre, 2014 a las 1:24 am

      Tenes que darlo de alta como factuweb: http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/monotributistas-como-actualizar-los-puntos-de-venta.html

      Responder
    • Anónimo dice

      12 noviembre, 2014 a las 9:31 pm

      ME PODRIAS INDICAR X FAVOR COMO SE HACE? PORQUE PONGO BAJA EN EL PUNTO DE VENTA Y ME DICE OPERACION NO PERMITIDA. MUCHAS GRACIAS Y MUY AMABLE!

      Responder
    • Anónimo dice

      12 noviembre, 2014 a las 9:35 pm

      intente varias veces para dar de baja al punto de venta controlador fiscal y me dice que es una operacion no permitda

      Responder
    • Anónimo dice

      13 noviembre, 2014 a las 5:57 pm

      Me pasa lo mismo, quiero dar de baja el punto de venta mal creado y no me lo permite

      Responder
    • yamila dice

      14 noviembre, 2014 a las 3:03 pm

      Hola Ignacio, hola a todos!
      A mi me pasó lo mismo, pero si doy de alta un punto de venta 0003 por este error cometido del controlador fiscal y la afip me autoriza el CAI con ese punto de venta,..puedo obtener mis facturas sin inconvenientes, aunque el pto de venta sea 0003? Gracias Yamila

      Responder
    • Anónimo dice

      14 noviembre, 2014 a las 10:42 pm

      Hola!!! necesito ayuda…me pasó lo mismo, ingrese mal el dato del sistema, coloque controlador fiscal y ahora no me permite dar la baja o modificar…que hago????

      Responder
    • Anónimo dice

      14 noviembre, 2014 a las 11:02 pm

      Hola a todos!!! tuve el mismo problema, me equivoqué al optar el sistema, ingresé controlador fiscal, y ahora no puedo ni modificar ni dar de baja…que hago????.

      Responder
    • Anónimo dice

      19 noviembre, 2014 a las 9:49 pm

      Me equivoque y puse tambien controlador fiscal. Y no me permite dar de baja el punto de venta creado erroneamente. Que hago????

      Responder
  6. Anónimo dice

    11 noviembre, 2014 a las 1:44 pm

    buen día, estoy tratando de realizar la autorización de impresión de comprobantes y me dice punto de venta no empadronado, pero cuando voy a consultar los puntos de venta empadronados está ok, a alguien le pasó esto?? gracias

    Responder
    • julio Falabella dice

      12 noviembre, 2014 a las 11:01 am

      A mi me pasa lo mismo.Debe ser que el sistema no funciona bien. Nadie nos ayuda. (paciencia..)

      Responder
    • julio Falabella dice

      12 noviembre, 2014 a las 11:04 am

      A mi me paso lo mismo. Paciencia.! como siempre… es error de sistema.. Nadie nos ayuda!!

      Responder
    • Anónimo dice

      13 noviembre, 2014 a las 6:11 pm

      no les habra pasado lo mismo que al resto y pusieron punto de venta controlador fiscal?

      Responder
    • Anónimo dice

      19 noviembre, 2014 a las 2:50 pm

      a miiii y si puse controlador fiscal. escribo imprenta?

      Responder
    • Anónimo dice

      25 noviembre, 2014 a las 8:52 pm

      necesitaria saber si cuando dice punto de venta no empadronado es un error de sistema o estoy haciendod algo mal??

      Responder
  7. Alejandra Garrido dice

    11 noviembre, 2014 a las 4:09 am

    Tenes que habilitar el servicio de Aut de impresion desde Administracion de relaciones

    Responder
  8. Anónimo dice

    10 noviembre, 2014 a las 1:37 pm

    Buenos dias, tengo un problema. Queria saber si se puede dar de alta de nuevo un punto de venta dado de baja, ya que hubo una confusion al darlo de alta por primera vez por lo que tuve que darlo de baja y ahora, nuevamente, debo darlo de alta ya que estaba correcta la primera vez.
    Es posible? Como? Gracias.

    Responder
    • Anónimo dice

      9 diciembre, 2014 a las 2:18 am

      NO ES POSIBLE, NO DEN DE BAJA PUNTOS DE VENTA QUE SE ANULAN, ME PASO, HICE LA CONSULTA EN AFIP Y ME RESPONDIERON ESO.-

      Responder
    • Anónimo dice

      11 diciembre, 2014 a las 10:31 pm

      y ENTONCES? DAS DE ALTA EL PTO DE VENTA 2, AUNQUE SOLO TENGAS UN PUNTO DE VENTA??

      Responder
  9. Anónimo dice

    10 noviembre, 2014 a las 12:41 pm

    Buenos días! Necesito realizar la Autorización de Impresión de Comprobantes como comentan en el foro. Sin embargo, al ingresar a la página de AFIP y loguearme con la clave fiscal, no tengo ningún servicio con ese nombre.
    Lo necesito urgente como muchos de ustedes, ya que sino no puedo facturar.
    Les agradecería si pudieran orientarme porque estoy desesperada.
    Muchas gracias!!!

    Responder
    • Anónimo dice

      10 noviembre, 2014 a las 1:39 pm

      Debes ingresar a Servicios administrativos clave fiscal. Luego a Administrador de relaciones de clave fiscal y adherir el servicio Autorizacion de impresion de comprobantes.

      Responder
    • Unknown dice

      10 noviembre, 2014 a las 8:38 pm

      A mi me pasa lo mismo!!!!

      Responder
    • Anónimo dice

      10 noviembre, 2014 a las 11:18 pm

      Aca te explica como adherir nuevos servicios:
      http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/PasoaPasoServiciosCF.pdf

      Responder
    • Anónimo dice

      13 noviembre, 2014 a las 7:52 pm

      gracias por la info!!! hace días que intentaba hacer el tramite y no podía encontrar la opción.

      Responder
    • mabis dice

      25 noviembre, 2014 a las 1:38 pm

      Gracias!!!!!! hace semanas que me estaba volviendo loca xq no lo encontraba y me cobraban 100 pe para hacer este tramite :/, Gracias!!!

      Responder
  10. Ignacio dice

    7 noviembre, 2014 a las 5:39 pm

    Les copio la respuesta de la AFIP sobre habilitar un punto de venta nuevo o no:

    Sr/a. Contribuyente:

    Ante todo muchas gracias por su consulta.

    Atento a la misma, le informamos que lo establecido en el artículo 4 de la RG 3665/14:

    (..)

    Por su parte, los sujetos exentos o no alcanzados por el impuesto al valor agregado y los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), deberán habilitar sus puntos de venta a través del servicio “Autorización de Impresión de Comprobantes” opción “ABM de Puntos de Venta” y comenzar con la numeración de sus comprobantes desde el “00000001”.

    Por lo expuesto, le informamos que los mencionados sujetos deberán informar a través del servicio con clave fiscal “Autorización de Impresión de Comprobantes”, opción “ABM Puntos de Ventas” los puntos de venta que se encuentran utilizando.

    Atento a que las nuevas solicitudes de comprobantes llevarán CAI, la numeración de los nuevos comprobantes comenzará desde el “00000001”.

    No obstante, podrá habilitar un nuevo punto de venta a fin de evitar posibles inconvenientes en la registración de los comprobantes por parte de los receptores de los mismos.

    Responder
    • Raúl dice

      8 noviembre, 2014 a las 1:32 am

      ¡Gracias Ignacio! Todavía estoy esperando la respuesta de la Afip.

      Responder
    • Anónimo dice

      18 noviembre, 2014 a las 11:02 pm

      Ignacio, pienso que la boca de venta debería ser otra si o si, por que si comenzamos a emitir desde el comprobante 1 y venimos emitiendo con el punto de venta 1, la factura 1 ya esta registrada anteriormente entonces el contribuyente debería volver a declarar nuevamente el mismo comprobante, emitido anteriormente, que opinas al respecto. Saludos Daniel?

      Responder
    • marisa lopez dice

      20 noviembre, 2014 a las 12:08 am

      yo consulté a la afip y me contestaron que habilitara un nuevo punto de venta, no que fuera optativo. Re pregunté y me dijeron hoy: nuevo.

      Responder
  11. Anónimo dice

    7 noviembre, 2014 a las 4:18 pm

    El punto de venta puede ser el mismo, no hay inconvenientes. Pero ATENCION que quienes utilizan sistemas informaticos para la registracion de comprobantes, este no les va a permitir la carga por duplicidad de comprbantes (al menos hasta que los sistemas actualizen sus versiones).

    Con respecto a cargar la opcion de ¨controlador fiscal¨ hice la consulta a la AFIP, aun sin respuestas.

    Responder
  12. María Alejandra Villalba dice

    7 noviembre, 2014 a las 3:32 pm

    Buen día. Alguien sabe si esté cambio rige también para los MONOTRIBUTISTAS SOCIALES? Porque no encontré información sobre esto y lo estoy necesitando, debido a que trabajo con este tipo de contribuyentes. Muchas gracias.-

    Responder
    • Anónimo dice

      12 noviembre, 2014 a las 3:17 pm

      Los monotributistas sociales deben ir a la imprenta directamente. Los imprenteros solicitan directamente la autorización a Afip y le emiten los talonarios con CAI.-

      Responder
    • Damian Coito dice

      26 diciembre, 2014 a las 1:23 am

      Hola!!! yo soy imprenta y el segunod paso esta trabado, no sale, pido el cai y e da bien todo, pero cuando autorizo el trabajo de impresion, no me da. me sale q el cai no se encuentra en estado aprobado. Con toooooodos los M sociales me pasa lo mismo…me gustaria saber el error.

      Responder
  13. María Alejandra Villalba dice

    7 noviembre, 2014 a las 3:30 pm

    Buen día. Alguno sabe si este cambio también regirá para los MONOTRIBUTISTAS SOCIALES? Porque no encontré información sobre esto y me es muy necesario.
    Muchas gracias.-

    Responder
  14. Raúl dice

    6 noviembre, 2014 a las 11:02 pm

    Hola Ignacio. Sigo sin tener en claro si debo dar de alta un punto diferente al que tenía o bien el mismo. Gracias.

    Responder
  15. Anónimo dice

    6 noviembre, 2014 a las 6:53 pm

    Buenas, pude obtener la constancia de cai pero en la imprenta todavia no le aparece la opcion en el servicio de autorizacion de comprobantes, Imprentas (en vez de contribuyente). Alguna imprenta lo pudo hacer?

    Responder
  16. Anónimo dice

    6 noviembre, 2014 a las 6:52 pm

    Hola!, me confundí al darle de alta al punto de venta, puse sistema: controlador fiscal en vez de impresa. que hago? no me deja darle de baja a ese punto de venta ni modificarlo. lo pido con el 0002.

    Responder
    • Anónimo dice

      7 noviembre, 2014 a las 11:11 am

      Hola! a mi me paso lo mismo! me dijeron que valla a la agencia para que liberen el punto de venta… pero no me aseguraron si eso era posible; depende de la agencia. Que en todo caso de de alta el punto de venta 0002, pero me genera dudas, porque al solicitar el CAI me puede solo autorizar a imprimir las facturas como resguardo.

      Responder
    • Cintia Espínola dice

      13 noviembre, 2014 a las 5:50 pm

      yo tmb me confundi ! pudieron resolverlo ?? como se hace ?

      Responder
    • Cintia Espínola dice

      13 noviembre, 2014 a las 5:52 pm

      a mi me paso lo mismo ! me confundi y puse contr. fiscal ! como se resuelve ?

      Responder
    • Anónimo dice

      19 noviembre, 2014 a las 8:33 pm

      Cometí el mismo error, ¿hay manera de solucionarlo?

      Responder
    • Alejandra Garrido dice

      1 diciembre, 2014 a las 5:44 pm

      La Afip me dijo que habilite el 0002

      Responder
    • Anónimo dice

      15 diciembre, 2014 a las 11:39 pm

      no hay drama habilitalo con otro punto

      Responder
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