Comienza la recategorización y aunque no se hayan modificado los parámetros y mantengas la misma categoría tenés que confirmar los datos.
CATEGORÍA | FECHA DE VENCIMIENTO |
F, G, H, I, J y K | 20 de septiembre de 2017 |
D, E | 20 de octubre de 2017 |
B, C | 20 de noviembre de 2017 |
A | 20 de diciembre de 2017 |
¿Cuáles son las consecuencias si no se realiza la recategorizacion o confirmación de categoría?
El sistema te suspenderá temporalmente la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta que realices la recategorización y podrías tener sanciones.
El incumplimiento de recategorización, o confirmación de categoría, según corresponda, producirá la suspensión temporal de la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta tanto el contribuyente regularice su situación.
¿Quienes no deben recategorizarse?
No deberán cumplir dicha obligación los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y los asociados a cooperativas de trabajo.
¿Cuáles son los parámetros a considerar en la recategorización?
Para la recategorización deberán considerarse los nuevos parámetros (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados).
Podrá visualizar la tabla de categorías ingresando aquí.
Matias Clement dice
Hola te contestaron tu pregunta? tengo la misma duda
Hola, tengo la misma duda. Alguien tiene alguna información.
Buenos días. Tengo el mismo problema. De donde sacan esos importes, nunca el contribuyente pidió facturas o le entregaron facturas de ese importe. Saludos
Hola te contestaron tu pregunta? tengo la misma duda
dentro de la info q posee la afip sobre vos esta este concepto ;"comprobantes electronicos recibidos" que es por un importe muy muy superior a los ingresos declarados para la categoria de monotributo, y q por supuesto los contribuyentes nunca han declarado ( seran compras y gastos realizados con facturacion?)