El proyecto de ley establece una moratoria para Mipymes e incluye exención de multas y plazo de hasta 120 cuotas.
El proyecto de ley enviado al congreso por el gobierno, establece un plan de facilidades de pagos de 120 cuotas que incluye y la condonación de intereses y capital.
Se podrán regularizar deudas tributarias, de la seguridad social y las aduaneras por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones.
Además se podrá incluir la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.
Quienes ingresen en la regularización de las deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social, también podrán acceder a la condonación de intereses, multas y demás sanciones.
Para acogerse al régimen las empresas deberán acreditar su inscripción con el Certificado MiPyME.
Aquellas empresas que no cuenten con el certificado Mipyme al momento de la publicación de la presente, podrán adherir al presente régimen de manera condicional.
Además de las micro, pequeñas y medianas empresas, también podrán acceder a la moratoria las entidades civiles sin fines de lucro, lo que supone un alivio para los clubes sociales y deportivos.
El plazo para ingresar al régimen regirá desde el primer mes calendario posterior al de la publicación de la reglamentación del régimen en el Boletín Oficial hasta el 30 de abril de 2020.
El plan de facilidades tendrá un plazo máximo de 60 cuotas para aportes personales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social y para retenciones o percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. En tanto que para las restantes obligaciones, tendrá un plazo de 120 cuotas.
La tasa de interés será fija del 3% mensual durante los primeros 12 meses y luego será la tasa variable equivalente a BADLAR utilizada por los bancos privados
blanca nieve limido dice
muy bueno, es la unica forma en que se podra pagar,dada la situacion de todas las empresas chicas..