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Moratoria: solucionan problemas en Mis Facilidades

19 agosto, 2024 Por Ignacio 1 comentario

Se recuerda además e podrá acceder al beneficio de regularizar obligaciones con una condonación del 70% de los intereses pagando al contado o hasta en 3 cuotas
Publicado: 15/08/2024

AFIP informa que ya se encuentra solucionado el inconveniente en “Mis Facilidades”, sistema al que deben acceder quienes opten por ingresar a la moratoria.

Además, los contribuyentes que decidan adherir para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social pueden hacerlo hasta hoy, 15 de agosto, con el beneficio de condonación de un 70% de los intereses. El régimen de regularización surgido de la ley Medidas fiscales, paliativas y relevantes continúa vigente pero el porcentaje de condonación de los intereses se va reduciendo por etapas.

La moratoria actual está destinada a contribuyentes y responsables de obligaciones tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la AFIP. Es posible acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024, y por las multas y sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta esa fecha, relacionadas o no con las mencionadas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y punitorios.

El porcentaje de la condonación de intereses se determina según la forma de pago elegida y la fecha en que se produzca la adhesión respecto del día de entrada en vigencia de la reglamentación de la Ley N° 27.743:

• Pago al contado o mediante los planes de facilidades de hasta 3 cuotas, comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 6 de la ley 27.743:

– 70% de condonación adhiriendo hasta el 15 de agosto de 2024.
– 60% de condonación adhiriendo entre el 16 de agosto y el 14 de septiembre de 2024.
– 50% de condonación adhiriendo entre el 15 de septiembre y el 14 de octubre de 2024.

• Planes de facilidades de pago comprendidos en los incisos d) y e) del artículo 6 de la ley 27.743:

– 40% de condonación adhiriendo hasta el 14 de octubre de 2024.
– 20% de condonación adhiriendo entre el 15 de octubre y el 13 de diciembre de 2024.

• Regularización de planes de facilidades de pagos vigentes al 31 de marzo de 2024:

– 30% de condonación de intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de consolidación original

• Intereses resarcitorios y punitorios adeudados por obligaciones fiscales canceladas con anterioridad al 31 de marzo de 2024, inclusive:

– 100% de condonación

Requisitos para adherir

– Presentar las declaraciones juradas o determinaciones originales o rectificativas de las obligaciones a regularizar.
– Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU).
– Poseer un Domicilio Fiscal Electrónico.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades”, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. El importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000. Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. Yamila dice

    19 agosto, 2024 a las 1:47 pm

    Buenas! Todavía no hay novedades sobre la extensión de la fecha de corte de las obligaciones que se pueden incluir? Había una propuesta que se extendia hasta el 30/06 pero aun no hay ninguna resolución no?
    Gracias

    Responder

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