Se deberá consignar en el comprobante el importe de los “Otros Impuestos Nacionales Indirectos” que inciden en los precios.”
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece un nuevo régimen para la discriminación de impuestos en facturas y comprobantes, garantizando mayor transparencia fiscal para consumidores finales.
Principales Novedades
- Los impuestos nacionales indirectos, incluido el IVA, deberán estar discriminados en los comprobantes emitidos.
- Empresas grandes deberán implementar la medida desde el 1° de enero de 2025. Para el resto de los contribuyentes será obligatoria desde el 1° de abril de 2025.
- El nuevo esquema aplica tanto a comprobantes emitidos mediante controladores fiscales como a los generados a través de herramientas digitales como “Comprobantes en Línea” y “Facturador Móvil”.
Objetivo
Cumplir con lo dispuesto en el Título VII de la Ley N° 27.743, promoviendo información clara y detallada en las transacciones comerciales para consumidores finales.
La implementación será gradual y busca garantizar una adecuada transición tecnológica para todos los contribuyentes.
Raul Molina dice
Buen día en las facturas B tambien habra que discriminar los impuestos nacionales, o sea que el iva tambien?
Edgardo dice
Si.
Tatiana dice
Es solo para responsables inscriptos esta modificación? O también para monotributistas?