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Nuevo salario mínimo para el personal de trabajo doméstico

15 noviembre, 2011 Por Ignacio 9 comentarios

El Ministerio de Trabajo fijó las nuevas escalas para cada categoría. Rigen a partir del 1° de noviembre

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, fijo las remuneraciones mensuales mínimas para el personal de trabajo doméstico, que rigen desde el 1° de noviembre.

La medida fue oficializada mediante la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones 1350 y 1351.

Respecto de la resolución 1350/2011, para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías
laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56, Reglamentario del
Decreto Ley del Servicio Doméstico, las remuneraciones mensuales mínimas
que se establecen son las siguientes:

Primera categoría:
Personal con retiro, 8 horas: institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses: $ 2547,21
Personal sin retiro: institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses: $ 2839,30

Segunda categoría:

Personal con retiro 8 horas: cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares: $2363,96
Personal sin retiro: cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares: $2634,29

Tercera categoría:
Cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, 4 ayudantes/as, caseros y jardineras: $2309,54

Cuarta categoría:
Aprendices en general de 16 a 17 años de edad: $2071,88

Quinta categoría:
Personal con retiro que trabaja diariamente, 8 horas diarias: $2071,88. Por hora: $15,79. Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias: $ 1035,94. “Hora de excedencia”: $15,79.


Córdoba
Respecto de la resolución 1351, fija las remuneraciones mensuales mínimas para las trabajadoras y
trabajadores del servicio doméstico comprendidos dentro de las
categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 3922/75 de la
provincia de Córdoba,
las que tendrán vigencia a partir del 1º de
noviembre de 2011:
Primera Categoría:
(Institutrices, preceptores/as, gobernantes/as, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) $ 2.526,34

Segunda Categoría:

(Empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo,
cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en
general empleados y auxiliares para todo trabajo) $ 2.344,91

Tercera Categoría:

(Empleadas cama adentro sin retiro para parte del
trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza, lavado y
planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio
doméstico) $ 2.290,88

Cuarta Categoría:

(Empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas
para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) $ 2.290,88

Quinta Categoría:

(Empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) $ 2.054,64

Sexta Categoría: 
(Empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera) $1.705,40


En todas las categorías detalladas, cuando las tareas sean
realizadas por trabajadoras o trabajadores de 16 y 17 años inclusive, percibirán a partir del 1º de noviembre
de 2011 una remuneración mensual mínima de $ 2.054,64.- y una retribución
mínima por hora de $
15,65.

Resolución 1350 y Resolución 1351

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Córdoba, remuneraciones mínimas, Salarios, Salarios Básicos, Servicio Doméstico

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    16 agosto, 2012 a las 9:54 pm

    Mi pregunta es si trabaja 5 hs diarias , está bien si cobra 2100$?.
    Cuando le pago , qué recibo le hago? Puede ser de computadora? comprado? hecho a mano?
    Desde ya muchas gracias.
    [email protected]

    Responder
  3. Anónimo dice

    8 febrero, 2012 a las 12:56 pm

    Los sueldos del `personal domestico por hora se consideran de lunes a viernes o se incluye el dìa sàbado. Muchas gracias [email protected]

    Responder
  4. Mauro V. dice

    30 noviembre, 2011 a las 2:07 pm

    Si no interpreto mal el aumento, con estos nuevos importes una empleada doméstica de la quinta categoría que trabaja 7 horas por día estaría cobrando en noviembre así:
    $1.035,94 (por labor de 4 horas)
    + $1.042,14 (por 3 horas diarias de excedencia en 22 días hábiles de noviembre)
    TOTAL: $2.078,08
    Es decir, estaría cobrando más la empleada que trabaja 7 horas que la que trabaja 8 horas diarias. No parece lógico.
    Espero opiniones. Saludos y muchas gracias.

    Responder
  5. Anónimo dice

    23 noviembre, 2011 a las 5:06 am

    hola me podrian contestar que es lo que pasa con la asig u por hijo si sube el salario minimo muchas madres que lo cobramos la perderiamos .no es asi?? por fabor conteste ej mi sueldo es de 1732 y tengo dos menores por los que cobro ,mas el 25 % creo que me podrias decir cuanto estaria cobrando con el aumento y si pierdo la asig muchas gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    17 noviembre, 2011 a las 1:13 pm

    IGNACIO EL APORTE PARA EMPL DOMESTICO AUMENTA O NO

    ROMINA E-MAIL: [email protected]

    Responder
  7. Anónimo dice

    16 noviembre, 2011 a las 3:18 pm

    Gente me dijeron en el Ministerio que no aumentan los aportes

    Responder
  8. Anónimo dice

    15 noviembre, 2011 a las 6:46 pm

    IGNACIO
    QUE PASA CON LOS APORTES?
    AUMENTAN TAMBIEN?
    GRACIAS

    Responder
  9. Anónimo dice

    15 noviembre, 2011 a las 5:35 pm

    Hola Ignacio, la lic por matromio la abona directamente Anses como en el caso de la lic por maternidad, la empresa la liq en el 931 nada mas sin recibo.

    Gracias
    Saludos

    Responder
  10. Anónimo dice

    15 noviembre, 2011 a las 1:07 pm

    y la sexta categoria? cual es el minimo?

    Responder

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