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Oficializan la suba del 20 porciento del Mínimo no Imponible

5 marzo, 2013 Por Ignacio 5 comentarios

El Pode Ejecutivo publicó hoy el decreto que oficializa la suba del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias y las deducciones personales. La suba es del 20% y había sido anunciado por la presidente a fines de enero pasado.

Mediante el decreto 244/13, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional oficializó la suba del 20% del mínimo no imponible de ganancias para cuarta categoría y de las deducciones personales del artículo 23 de la ley.
Así, deberán tributar este año los que ganan desde 6938,70 pesos netos por mes si se trata de solteros, en tanto que los casados con dos hijos sufrirán descuentos si su ingreso neto mensual promedio supera los $ 9597,60.
La deducción especial paso de 62.208 a 74.650 pesos para los trabajadores en relación de dependencia y Jubilados y de 12.960 a 15.552 pesos para los autónomos.
En concepto de cargas de familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas superiores a $ 15.552, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto:
1) $ 17.280 anuales por el cónyuge;
2) $ 8.640 anuales por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo;
3) $ 6.480 anuales por cada descendiente en línea recta (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta) menor de 24 años o incapacitado para el trabajo; por cada ascendiente (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra); por cada hermano o hermana menor de 24 años o incapacitado para el trabajo; por el suegro, por la suegra; por cada yerno o nuera menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
Lo dispuesto en el decreto entra en vigencia a partir del 1 de marzo de 2013, inclusive.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Ganancias 4ta Categoría, Mínimo No Imponible

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    8 marzo, 2013 a las 1:25 pm

    estoy en lo correcto: soltero $15552+$74560 / 12 = $7509 es el piso a partir del cual me empiezan a retener???? solicito respuesta.estoy en el limite. desde ya muchas gracias.

    Responder
  3. Anónimo dice

    5 marzo, 2013 a las 5:12 pm

    no se si se dieron cuenta pero el monto de la deducción especial está incorrecto. Publicaron el que corresponde a autónomos. Está mal en el decreto. Es sin querer o a propósito que hacen las cosas tan tarde y mal?

    Responder
  4. Anónimo dice

    5 marzo, 2013 a las 3:33 pm

    estimado me genera dudas como a muchos supongo el tema del 01/03, recien lei que dijeron que a la persona que le retuvieron en enero y febrero y por el aumento no le corresponderia no le van a hacer la devolucion, y para que el viene pagando mas? digo se van a aplicar los valores con el 20 de aumento segun el mes? o va a haber valores diferentes para este año? digo porque sino el primer caso es claramente perjudicado con respecto a los que mas ganan.

    Responder
  5. Anónimo dice

    5 marzo, 2013 a las 2:39 pm

    Planilla!!! gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    5 marzo, 2013 a las 11:56 am

    Hola Ignacio, te hago una consulta tenés idea si algún usuario está confeccionando una planilla con las nuevas escalas de mínimos?? por que la que publicaron el año pasado fue de mucha utilidad y agradezco al usuario que la confeccionó. Muy buena la pagina!!

    Responder

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