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Operaciones internacionales: ya se pueden hacer las presentaciones

3 julio, 2020 Por Ignacio 19 comentarios

Índice de Contenidos

  • Canales de presentación
  • Vencimientos
    • Formulario 2668 y Estudio de precios de transferencia
    • Informe maestro
    • Vencimientos especiales – Períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y 30 de abril de 2020
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Precios de Transferencia. Ya está disponible la nueva versión del servicio con clave fiscal de Operaciones Internacionales.

Se encuentra disponible la nueva versión del servicio “Operaciones Internacionales,” Con esta versión ya podés presentar el formulario F.2.668.

También tenés disponible la opción para importar operaciones por lotes para todas las transacciones de comercio exterior.

Para saber más sobre las particularidades de este punto, ingresá al micrositio Operaciones internacionales. Seleccióná “Ayuda” y posteriormente “Manuales” o “Formatos.

Entre los cambios que se introdujeron en la forma en que se presenta la información de operaciones internacionales y precios de transferencia, se destacan las siguientes:

  • Un solo vencimiento anual en el sexto mes posterior al cierre y un vencimiento excepcional para los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.
  • Una sola presentación a través del formulario N° 2668.
  • El Estudio de Precios de Transferencia continuará presentándose mediante el formulario N° 4501, que permanece sin cambios.
  • Automatización de empadronamiento para todos los sujetos comprendidos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.717/2020, que en alguno de los 2 últimos períodos fiscales estuvieron obligados a presentar información de operaciones internacionales o precios de transferencia.
  • Posibilidad de presentar formulario “Sin movimiento”.
  • Dos perfiles: uno para profesionales, sin posibilidad de realizar la presentación, y otro para quien realice la presentación.

Canales de presentación

Existen tres canales para el envío de las declaraciones juradas, cuyo uso dependerá de la información que se quiera transmitir:

  • Formulario F. 2.668: mediante el aplicativo web “Operaciones internacionales y Precios de Transferencia”
  • Estudio de Precios de Transferencia: mediante la transmisión del F. 4501.
  • Informe maestro y comunicaciones establecidas en los artículos 33 y 34 de la RG 4717/2020: a través del servicio con clave fiscal denominado “Presentaciones Digitales” en los siguientes trámites:
    • Precios de transferencia – Aplicación método de división de Ganancias
    • Precios de transferencia – Aplicación de otros métodos
    • Precios de transferencia – Presentación Informe maestro

Vencimientos

Formulario 2668 y Estudio de precios de transferencia

El Estudio de Precios de Transferencia y el formulario de declaración jurada F. 2668, correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el sexto mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUITVENCIMIENTO
0-1Hasta el día 23, inclusive
2-3Hasta el día 24, inclusive
4-5Hasta el día 25, inclusive
6-7Hasta el día 26, inclusive
8-9Hasta el día 27, inclusive

Informe maestro

El Informe Maestro correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el duodécimo mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUITVENCIMIENTO
0-1Hasta el día 23, inclusive
2-3Hasta el día 24, inclusive
4-5Hasta el día 25, inclusive
6-7Hasta el día 26, inclusive
8-9Hasta el día 27, inclusive

Vencimientos especiales – Períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y 30 de abril de 2020

El formulario de declaración jurada F. 2668, el Estudio de precios de transferencia, y el Informe maestro correspondiente a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en los meses de julio, agosto, y octubre de 2020, de la siguiente manera:

  • De diciembre 2018 a mayo de 2019, en julio de 2020
  • De junio de 2019 a noviembre de 2019, en agosto 2020
  • De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020

Dicha presentación deberá efectuarse, respectivamente, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUITVENCIMIENTO
0-1Hasta el día 10, inclusive
2-3Hasta el día 11, inclusive
4-5Hasta el día 12, inclusive
6-7Hasta el día 13, inclusive
8-9Hasta el día 14, inclusive

Aclaración: En cualquiera de los casos, cuando las fechas de vencimiento indicadas coincidan con un día feriado o inhábil, se trasladarán a los días hábiles inmediatos siguientes.

Resolución General 4717

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. Laura dice

    23 marzo, 2021 a las 1:03 pm

    BUENAS TARDES YA TENGO EL F.4501 PARA ENVIAR A TRAVES DE “PRESENTACION DE DDJJ Y PAGOS” COMO DICEN EN OTRA NOTA, PERO ME RECHAZA LA PRESENTACION DEL PDF POR “FORMATO INVALIDO” ¿SERA QUE HAY QUE PRESENTARLO POR OTRO LADO?

    Responder
  3. Ariel dice

    19 febrero, 2021 a las 10:03 am

    Buen día, consulta! no me queda claro si el valor FOB que debo declarar para las importaciones en el F867, es el TC del día de la factura o el del día del despacho de Importación. Muchas gracias!.

    Responder
  4. marisa dice

    7 septiembre, 2020 a las 12:15 pm

    Hola Fabian, pudieste resolver tu consulta??? me sumo a tu consulta!!!!!

    Responder
  5. Fabián dice

    31 agosto, 2020 a las 4:06 pm

    Hola, es posible que para una Empresa que solo operó entre partes independientes, con sociedades que residen en paises cooperantes, Pidan que se informe por cada proveedor del exterior, se detalle por despacho de importación y por cada uno de los items que figura en cada despacho el valor unitario en dolares y además a que valor en pesos se contabilizó ??
    Ese nivel de detalle ? , encima en el power point del f. 2.668 dice “Tiende a una franca reducción de la carga del contribuyente”
    O estoy cargando en el lugar equivocado ?
    Gracias

    Responder
    • marisa dice

      7 septiembre, 2020 a las 12:15 pm

      Hola Fabian, pudieste resolver tu consulta??? me sumo a tu consulta!!!!!

      Responder
    • marisa dice

      10 septiembre, 2020 a las 1:49 pm

      Hola Fabian, pudieste resolver tu consulta??? me sumo a tu consulta!!!!!

      Responder
  6. ANA dice

    13 agosto, 2020 a las 9:19 pm

    Buenas Tardes, las operaciones enviadas por Courier entrar en la declaración?

    Responder
  7. carolina dice

    6 agosto, 2020 a las 10:41 am

    Buen dia, antes presentaba F867, importaciones entre sujetos independientes, ingreso al nuevo aplicativo y me da error, de que faltan datos obligatorios, debo presentar el estudio de precios de transferencia?

    Responder
  8. Valeria dice

    21 julio, 2020 a las 6:52 pm

    Buen día, nos están exigiendo presentar los formularios Título I y/o II del período 2018 correspondiente al régimen RG 1122/01. Me podrán indicar con qué aplicativo se debe cargar esta información?

    Responder
    • Ana Laura Sousa Vieira dice

      30 julio, 2020 a las 1:29 am

      Si el cierre de la empresa es anterior a diciembre 2018, debes presentar para operaciones con independientes el F867.
      Saludos

      Responder
  9. NATACHA dice

    20 julio, 2020 a las 10:08 am

    En la declaración jurada , la parte que dice : ingresa los sujetos del exterior independientes relacionados con las operaciones del periodo pide el código NIF . De donde obtengo el dato del proveedor al cual le hizo la compra de la mercadería el contribuyente ?? en las facturas del exterior algunas tiene el dato de VAT , pero otras no . gracias

    Responder
    • Marcelo dice

      21 julio, 2020 a las 10:50 am

      NIF: numero de identificacion fiscal; en Brasil le llaman CNPJ (Cadastro Nacional da Pessoa Juridica) o CPF (personas fisicas ); en Uruguay es RUC; tendrás que googlear y buscar en la web de tu proveedor del extranjero u en la “AFIP” del extranjero

      Responder
  10. Marcelo dice

    10 julio, 2020 a las 3:43 pm

    hola, que tal? AFIP me intima la presentacion de la DDJJ de Operac. Internac. (entre partes independientes) período 2018 (cierre Sept2018). La RG 4717 aplica para ejercicios cerrados a partir de Dic2018, en consecuencia………presento la DDJJ con el aplicativo bajo Siap? Que opinan?

    Responder
    • Ana Laura Sousa Vieira dice

      30 julio, 2020 a las 1:25 am

      Exacto, debes presentar el F867 pero para el próximo año al F2668.

      Responder
  11. Castagnino guillermo dice

    4 julio, 2020 a las 3:16 pm

    Que sucede con la presentacion del F 4501 ;? Dado que mucho no hicieron el tramite del token para obtener la firma digital ? Tengo el token desde Marzo pero ante la cuarentena no volvieron a dar turnos web en Caba

    Responder
  12. FEDERICO dice

    3 julio, 2020 a las 5:06 pm

    Una consulta, este formulario reemplaza al F.867 (operaciones entre partes independientes) ? O este se sigue presentando por SIAP. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      3 julio, 2020 a las 6:11 pm

      Hola, si
      Para cierre 12/2018 en adelante

      Responder
      • romina cordero dice

        14 julio, 2020 a las 12:12 pm

        Consulta sobre ese f867. en total de importaciones va el fob o el cif??
        gracias

        Responder
        • Ana Laura Sousa Vieira dice

          30 julio, 2020 a las 1:22 am

          Debe ser valor FOB en dólares.

          Responder

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