Para OSECAC, el aporte de 50 pesos a la obra social, debe ser realizado por todos los empleados, aún los no afiliados. En contraposición a la interpretación brinda la semana pasada por la CAC.
La “interpretación” de OSECAC
“Agradecemos que se haya contactado con nosotros. En relación con su consulta le adjuntamos el Acuerdo de Mayo 2013, allí usted podrá disipar su inquietud.
Le recordamos que todo empleado que se encuentre dentro del Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados por el presente acuerdo, realizarán por el plazo de vigencia del mismo, un aporte a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, de $ 50,00 mensuales (cincuenta pesos), aun aquellos empleados que realicen sus aportes a otra Obra Social. Este importe debe ser depositado a través del sistema SICOSS, por el campo correspondiente a APORTE ADICIONAL DE OS (Formulario 931), de la ventana correspondiente a Obra Social y LRT.
Sin otro particular saludamos a usted muy atentamente y quedamos a su disposición.Centro de Atención al Beneficiario
0800-666-0400″
hola se debe informar los 50 de un afiliado por el 931 en el caso de que la empresa tenga un solo empleado de comercio por el f120..yesica