Paritaria de Sanidad: acuerdo con aumentos del 1,8%, 1,7% y 1,6% y sumas fijas de hasta $90.000. CCT 103/75, CCT 107, CCT 108/75, CCT 122/75 y CCT 459/06.
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), liderada por Héctor Daer, alcanzó un acuerdo paritario con las cámaras empresarias del sector para la renovación del Convenio Colectivo de Trabajo nº 108/75, 122/75 y 459/06.
El entendimiento, firmado el 16 de marzo, establece incrementos salariales escalonados para los primeros meses del año y sumas fijas no remunerativas que refuerzan el ingreso de los trabajadores.
Aumentos acumulativos en los básicos
- Febrero: 1,8%
- Marzo: 1,7%
- Abril: 1,6%
Por efecto acumulativo el aumento trimestral es de 5,19%
Asignación no remunerativa mensual
- Febrero: $80.000
- Marzo: $85.000
- Abril: $90.000



Buenas tardes, se sabe algo respecto al 108/75 si va todo a remunerativo ?? cadime no se expide y el sindicato dice que si, que no corren mas las prorrogas
Buenas tardes Ignacio, alguna novedad sobre el acuerdo CCT 743/16 ?
Saludos!
Esta rama no tiene aumento? en algunas paginas de FB o IG de sindicato figura los mismos porcentajes, pero en la pagina oficial del sindicato la ultima actualización para esa rama es la de Noviembre 2025, alguien sabe algo? Gracias!
IGNACIO: PODRIAS PUBLICAR UN EJEMPLO RESPECTO DE LAS REMUNERACIONES 2 Y3 PARA LA CONFECCIÓN DEL 931? Si bien está claro que la no remuneratividad sigue vigentes hasta diciembre de este año, no queda claro, debido a todas las prórrogas que hubo, que mes base tenemos que tener en cuenta para dicho càlculo. Isabel
Me sumo al pedido!!!, alguien sabe si CADIME que suele sacar guias sobre la confección del F931 se pronuncio sobre el tema?, es fundamental para poder parametrizar los sistemas saber que parte lleva contribución y cual no
consulta, da diferencia de la remuneracion 2 y 3 sigue vigente, verdad? en acuerdo anterior, punto 15, dice :
15. Prorroga: : las partes acuerdan la prórroga desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive de las excepcionalidades parciales mencionadas en las cláusulas 4 y 5 del acuerdo celebrado con fecha 14 de abril de 2023 (EX-2023-40654340–APN-DGD#MT) homologado por RESOL-2023726-APN-ST#MT; en la cláusula 4 del acuerdo celebrado con fecha 5 de septiembre de 2023 (EX-2023-40654340–APN-DGD#MT) homologado por RESOL-2023-2008-APN-ST#MT; en la cláusula 4 del acuerdo celebrado con fecha 14 de noviembre de 2023 (EX-2023-40654340–APN-DGD#MT) homologado por RESOL-2023-2427-APN-ST#MT, en la cláusula 4 del acuerdo celebrado con fecha 28 de febrero de 2024 (EX-2023-40654340–APN-DGD#MT) homologado por DI-2024-15-APN-DNRYRT-MT , en la cláusula 4 y 5 del acuerdo celebrado con fecha 29 de mayo de 2024 Ex 2024-29885273 -APN-DGD#MT homologado por DI-2024 1236-APN-DNRYRT#MT, en la cláusula 4 y 5 del acuerdo celebrado con fecha 15 de agosto de 2024 Ex 2024-29885273 -APN-DGD#MT homologado por DI-2024 2055-APN-DNRYRT#MT, en la cláusula 4 y 5 del acuerdo celebrado con fecha 23 de octubre de 2024 Ex 2024-29885273 -APN-DGD#MT firmado el mismo día y en la cláusula 5 del acuerdo celebrado con fecha 24 de febrero de 2025 EX2025-15822447-APN-DGDTUYSS#MCH homologado por DI-2025-645APN-DNRYRT#MT de fecha 21/03/2025.
por esto, estaria vigente hasta el 31-12-2026.
interpretan lo mismo?
DISCULPAME DONDE LEES EL ART 15 ??
buenos días, recién hable al sindicato y me confirman que todo es remunerativo, lo único no remunerativo son los bonos que no llevan ni aportes ni contribuciones
Alejandro, los “sindicatos” en su gran mayoría desconocen las cuestiones técnicas a la hora de realizar una liquidación de sueldos, ni hablar de una DJ F931.
Honestamente, para mí no sirven como referencia la opinión del sindicato, más aún si la consulta es informal.
tengo la misma duda …
Andrea interpreto que es asi, hasta las remuneraciones de enero 2026, pero el incremento de estas paritarias (feb-marz-abril) estarían gravadas ya que no aclara que sean con caracter no remunerativo
Entiendo que las excepcionalidades de los acuerdos anteriores permanecen hasta 31/12/2026, pero nada dice respecto al incremento establecido en este acuerdo, por lo tanto, la diferencia salarial entre Feb-26 y Ene-26 debería considerarse remunerativos a todos los efectos legales y convencionales.
De ser asi, sera un chino liquidar…
AHHHH BUENO, AHORA SI EH
((INSERTE MEME DE WALTER DE OKUPAS))…………….
Ratas disimulen un poco más REPRESENTAN TRABAJADORES DE LA SALUD SEAN DIGNOS, SINO VAYANSE NO TIENEN VERGUENZA, A UN DIOS QUE TODO LO VE, LA VIDA DA MUCHAS VUELTAS, ACUERDENSE QUE USTEDES TMB SE PUEDEN ENFERMAR Y CAER EN UNA GUARDIA Y VAN A QUERER UN TRATO DIGNO!
Estos delincuentes no tienen vergüenza de la miseria que nos dan y despues festejan el aumento como algo extraordinario.
Tengo la misma duda…
Ya está homologado?? Mi empleador no nos paga hasta que no está homologado, así pueden pasar 2,3 meses, entonces cuando lo cobramos ya no sirve, la plata se desvaloriza.. una injusticia!
Ignacio buen dia. Tendrás novedades del CCT 107/75? Muchas gracias
también, actualicé el artículo
Ignacio podras aclarar el tema del F 931.. ya nos perdimos…
pero qué del F931? no entiendo
Porque no queda claro que base se usa para las contribuciones.
Porque el.personal de salud esta tan olvidado, porque nos dan limosnas cuando dicen aumentar el sueldo, es una vergüenza…..
Para el gobierno la salud no es un valor, por lo tanto, no es una de sus prioridades, y la suba del privado en gral está siempre alineada a la suba del Estado. En fin, considero que al contrario de mejorar, los sueldos van a continuar igual de chatos.
Por que no dicen que después de arduas negociaciones el incremento o aumento tos que se nos da son de 10mil pesos . Eso es lo que nos imparcta en el sueldo y que el 90% del sueldo está liquidado como remuneración y no en básico lo cual no impacta en jubilación, aguinaldo, vacaciones . Una miseria los aumentos y el gremio no representa a nadie
Soy de buenos aires, la verdad una vergüenza los aumentos, porque no hechan a quienes nos representan, ellos se llenan los bolsillos, sanidad siempre aumento mediocre,no es lucha lo que hacen,se venden y nos dejan en la ruina,malditas ratas de alcantarilla, ese Daer no sirve para nada mas que para robar
Hola buenas tardes soy de San Luis, convenio colectivo de trabajo 122/75, pertenezco al gremio de ATSA hace años congelado el básico, tendremos paritarias, alguna solución con los sueldos que venimos peleando? Gracias.
Tremendo aumento de mierda ensima en 3 meses y le meten bono que termina siendo otro engaño porque luego de eso baja el sueldo significativamente, arreglaron por atrás para los garcas de los de arriba porque para el empleado eso es una basura
Hola, Me están descontando el 18% del seguro de fidelidad y de la Asignación no remunerativa mensual. Esto es correcto?
Hol@. Cómo que te descuentan el seguro de fidelidad y la asignación no remunerativa??? Esos ítems son pagos, son a favor del empleado, no se descuentan!
Por que no dicen que después de arduas negociaciones el incremento o aumento que se nos da son de 10mil pesos ( eso es lo que se refleja en el sueldo ) . Eso es lo que nos imparcta en el sueldo y que el 90% del sueldo está liquidado como no remunerativo y no en básico lo cual no impacta en jubilación, aguinaldo, vacaciones . Una miseria los aumentos y el gremio no representa a nadie . Los aumentos que vienen haciendo de los cuales siguen siendo no remuneración tampoco se ven reflejados en sueldo en bruto
Osea, me descuentan aportes..
Lo que Marta quiso decir es que lo descuentan el los items para jubilacion y antiguedad
Del Seguro de Fidelidad está bien que te descuenten el 18% (11% Jubilación – 3% PAMI – 3% Obra Soc. – 1% Cuota Solidaria), porque es REMUNERATIVO, pero de la Asig. No Remunerativa no deberían hacerte descuentos porque en el Acuerdo del 25/06/25 establece que es No Remunerativo a “todos los fines”.
Necesito saber porque el bono No Remunerativo, NUNCA lo veo reflejado en ese monto en mi sueldo.
Buen día, consulta no esta el articulo de revisión, (en acuerdo de febrero 2025 era el punto 5) donde aclaraban el carácter no remunerativo a nivel contribuciones de SSocial del aumento, como todas las prorrogas de las excepciones.
Esto implica que a partir de ahora TODA la remuneración va a estar gravada?
Me sumo a tu consulta
BUEN DÍA TENGO LA MISMA DUDA
Hola Carolina, el acuerdo anterior en el punto 13, indicaba la prorroga hasta 31/12/2026, fijando los basicos en abril 2023 asi que entiendo que aun esta vigente.
Hola natalia, en el punto 3 de vigencia de este ultimo acuerdo 03-2026, dice que ratifican la vigencia de todas las clausulas del convenio 108/75, pero entiendo que tendría que salir alguna aclaración
Mi interpretación es que la diferencia salarial entre el acuerdo actual (Feb-26) en relación a Ene-26 es totalmente remunerativo a todos los efectos, pero lo anterior permanece fuera de la base imp de contrib a la seg soc porque la vigencia es hasta el 31-12-2026, según los ptos 15 cct108/75 y pto 13 cct 122/75 del acuerdo del 27/11/2025..
Coincido, el incremental respecto de 01-2026 todo remunerativo, y luego la base de 12-2020, coincidis?
Coincido conceptualmente @Carolina, de igual manera las bases a considerar en las Remun 2 y 3 serían los Topes Mínimos MOPRE Feb-26 (120.996,78) por que los valores de 12-2020 son menores a éstos mínimos.
Esperemos que CADIME emita un comunicado sobre el tratamiento del incremental de Feb-26 respecto a Ene-26.
si, coincido si el incremental del 2026 + dic 2020 da menos que la base minima, base minima
Tengo la misma inquietud!!!!! Ahora es TODO REMUNERATIVO????