• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Planes de facilidades de pago: adecuación de la periodicidad de la actualización de la tasa de interés

12 octubre, 2023 Por Ignacio Deja un comentario

Resolución General 5431/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOG-2023-5431-E-AFIP-AFIP – Procedimiento. Título II de la Resolución General N° 5.101. Planes de facilidades de pago. Adecuación de la periodicidad de la actualización de la tasa de interés de financiación para determinados contribuyentes.

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-02533928- -AFIP-SECCDECNRE#SDGREC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Título II de la Resolución General N° 5.101, sus modificatorias y complementarias, se instrumentaron las medidas de alivio fiscal para el sostenimiento económico dispuestas por la Ley N° 27.653, entre ellas, la ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras aprobado por la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, y la promoción del cumplimiento de las obligaciones resultantes de la actividad fiscalizadora de este Organismo.

Que al amparo de lo establecido en los artículos 6° y 8° de la ley citada en primer término, particularmente en lo referido a los planes de facilidades de pago, se determinó la aplicación de una tasa de interés de financiación fija para las primeras cuotas -asignada en función de los distintos segmentos de contribuyentes- y una tasa variable y equivalente a la tasa BADLAR en moneda nacional utilizada por los bancos privados para las cuotas restantes, actualizable semestralmente.

Que esta Administración Federal se encuentra facultada a dictar las normas complementarias que resulten necesarias a fin de reglamentar la aplicación de los aludidos beneficios, debiendo orientar su actuación de manera tal de propender a la consecución de los cometidos perseguidos por la Ley N° 27.653, entre los que cabe contar la recuperación del entramado productivo y la preservación de las fuentes de empleo, especialmente respecto de aquellos sectores que han sido afectados severamente por las dificultades generadas como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

Que por consiguiente y en concordancia con las recientes medidas de fortalecimiento de la actividad económica impulsadas por el Ministerio de Economía para los contribuyentes de menor envergadura, se estima pertinente adecuar la periodicidad de la actualización de la tasa de interés de financiación variable aplicable a los planes de facilidades de pago presentados por las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como por las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas “pequeños contribuyentes” -todo ello de acuerdo con lo establecido en los Capítulos 1 y 2 del Título II de la Resolución General N° 5.101, sus modificatorias y complementarias-, logrando así una mayor estabilidad en el monto de las cuotas, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley N° 27.653 del 28 de octubre de 2021 y por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 5.101, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:

a) Sustituir el punto 1.2. del inciso d) del artículo 23, por el siguiente:

“1.2. Para las cuotas con vencimiento en los meses de abril de 2023 y siguientes, la tasa será variable y equivalente a la tasa BADLAR en pesos utilizada por los bancos privados, vigente al día 20 del mes inmediato anterior al inicio del período de DOCE (12) meses que corresponda. A estos efectos, se considerará el período abril/marzo, siendo la primera actualización para la cuota con vencimiento en el mes de abril de 2023.”.

b) Sustituir el punto 1.2. del inciso d) del artículo 55, por el siguiente:

“1.2. Para las cuotas con vencimiento en los meses de abril de 2023 y siguientes, la tasa será variable y equivalente a la tasa BADLAR en pesos utilizada por los bancos privados, vigente al día 20 del mes inmediato anterior al inicio del período de DOCE (12) meses que corresponda. A estos efectos, se considerará el período abril/marzo, siendo la primera actualización para la cuota con vencimiento en el mes de abril de 2023.”.

ARTÍCULO 2°.- Esta Administración Federal pondrá a disposición en el micrositio denominado “Mis Facilidades” del sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar), una tabla con la evolución mensual de la tasa BADLAR en pesos utilizada por los bancos privados, a fin de otorgar previsibilidad respecto de los cambios de las tasas de financiación de los planes de facilidades de pago que aplican la misma.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su dictado.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Carlos Daniel Castagneto

e. 12/10/2023 N° 82920/23 v. 12/10/2023

Fecha de publicación 12/10/2023

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP Etiquetado como: Mis Facilidades, Resoluciones

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d