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Plus vacacional qué es y cómo se calcula

6 febrero, 2023 Por Ignacio 32 comentarios

Cómo calcular el plus vacacional para trabajadores mensualizados. Cómo calcular el adelanto de vacaciones. Calculadora de Plus Vacacional

Cómo calcular el plus vacacional para trabajadores mensualizados. Cómo calcular el adelanto de vacaciones. Calculadora de Plus Vacacional
Qué es y cómo se calcula el plus vacacional

¿Qué es el plus vacacional?

El plus vacacional es un concepto que no está expresamente definido en la Ley de Contrato de Trabajo, pero en el caso de los trabajadores mensualizados, surge como el resultado de la diferencia de pagar el adelanto de vacaciones con un valor diario mayor (base 25) y descontar los días trabajados a un valor diario menor (base 30).

Veámoslo más en detalle, en el caso de los trabajadores mensualizados, cuando queremos obtener el monto de un día de trabajo, dividimos el sueldo por 30.

Ahora bien, para el calcular el valor día de las vacaciones, se hace dividiendo por 25, luego, a ese monto se lo multiplica por los días de vacaciones que correspondan según la antigüedad.

En consecuencia, el el monto total de las vacaciones, tiene un plus que está implícito en el cálculo de las mismas, no es un monto que se paga por separado, al menos no lo prevé así la LCT.

Entonces, en el caso de los trabajadores mensualizados, el adelanto por vacaciones surge al anticipar sueldo/25 por los días de vacaciones y descontar a fin de mes el sueldo/ 30 por días no trabajados, así surge una diferencia en favor del trabajador a la que llamamos “plus vacacional”.

Este “plus” vacacional es del 20% sobre el valor día norma, es el incremento que surge de 30/25 = 1,2

Fórmula del Plus Vacacional

Sueldo / 25 – sueldo / 30 = plus vacacional por día

Si al resultado lo multiplicamos por los días de vacaciones, obtenemos el monto total del plus vacacional.

Plus vacacional en caso práctico

Veamos ahora, cómo se calcula el plus vacacional en un caso práctico con los siguientes datos:

  • Modalidad: mensualizado
  • Sueldo Bruto: $100.000
  • Días de vacaciones: 14 días

Entonces, primero calculamos el valor día, en base 30:

100.000 / 30 = $3.333,33

Donde los $3.333,33 sería el monto por un día de trabajo.

Ahora, para liquidar las vacaciones de un trabajador mensualizado, el cálculo se hace en base 25, entonces:

100.000 / 25 = $4.000

¿Cómo obtenemos el plus vacacional?

Como vimos más arriba, el plus está implícito en el cálculo, y no es necesario segregarlo, pero de todos modos, si queremos saber de cuanto es el plus vacacional, el cálculo sería la diferencia entre ambos montos:

4.000 – 3.333,33 = $666,67

Esos $666,67 es el plus por cada día de vacaciones. Es decir que es la diferencia que surge en el monto del valor día por calcular en base 25 en lugar de base 30.

Si queremos saber el plus vacacional por todos los días de vacaciones, multiplicamos el plus del valor diario por la cantidad de días de vacaciones:

666,67 x 14 = $9.333,33

Si hace calculamos la incidencia del plus, encontramos que es justo el 20%:

4000 / 3.333,67 = 1.20

56.000 / 46.666,66 = 1.20

Y eso es así, porque 30 sobre 25 es el 20% de incremento, por lo tanto, el plus vacaciones es el 20% sobre un día normal.

Por eso, si aplicamos el 20% al valor día, llegamos al mismo resultado:

100.000 / 30 x 1,20 = $4.000

También lo podemos ver con el monto total de las vacaciones:

100.000 / 30 x 14 x 1,20 = $56.000

Liquidación en el recibo de sueldos

En el recibo de sueldos, cuando pagan el adelanto por vacaciones, se indica el monto bruto total por las vacaciones, es decir los 56.000 pesos

Y ante la pregunta ¿Dónde está el plus vacacional? la respuesta es está incluido en el monto total. 46.666,67 + 9.333,38 = 56.000

¿Cómo se expone en el recibo el plus vacacional?

¿Se indicar por separado el monto? si, no hay nada que lo impida, por eso hay quienes liquidan por separado:

No es necesario, como dije al comienzo, el plus vacacional es un concepto creado por la doctrina, por lo tanto, en el recibo se puede incluir directamente el monto total por las vacaciones, que en este caso serían los $56.000

  • Vacaciones $46.666,67
  • Plus vacacional $9.333,33

El resultado es el mismo, es sólo un cuestión de exposición.

Por supuesto, estos son los montos brutos, sobre los cuales debemos hacer los mismos descuentos de aportes que hacemos sobre el resto del sueldo, SIPA, PAMI, Obra Social, Sindicato, etc.

En conclusión, el plus vacacional es un concepto que no está expresamente definido en la Ley de Contrato de Trabajo, está implícito en la forma de calcular el monto total de la licencia para los trabajadores, y puede estar expresado por separado o no en el recibo de sueldos.

Pueden hace sus propios cálculos con la Calculadora de Plus Vacacional:

Calculadora de Plus Vacacional

Ingresá el sueldo mensual. Podés usar punto de miles y coma decimal (ej: 1.234.567,89).
Cantidad de días de vacaciones del período.

El resultado aparecerá aquí.

Cálculo orientativo. Fórmulas:
• Vacaciones = salario/25 × días
• Vacaciones sin plus = salario/30 × días
• Plus vacacional = (salario/25 − salario/30) × días
• Proporcional = salario/30 × (30 − días)


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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Liquidación de Vacaciones

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Comentarios

  1. -
  2. Gabriela dice

    13 febrero, 2023 a las 1:08 pm

    Buenas tardes, soy empleada de comercio y tengo una duda con respecto a la antiguedad y los dias de vacaciones. Empece el 10 de enero del año pasado, cuantos dias me corresponden? Muchas gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      14 febrero, 2023 a las 9:14 am

      14 dìas
      Calculadora Empleados de Comercio

      Responder
  3. Marianela dice

    12 febrero, 2023 a las 4:19 pm

    Hola tengo 18;de antigüedad soy empleado de comercio me tomé 14 días de vacaciones…cuánto es lo que tengo que cobrar entre vacaciones y sueldo…el total???muchas gracias

    Responder
  4. Micaela dice

    12 febrero, 2023 a las 4:17 pm

    Hola!si me tomo vacaciones en marzo…
    El plus vacacional se calcula sobre el último sueldo percibido en febrero ?o sobre el mismo mes de las vacaciones?
    Gracias!!!

    Responder
  5. Viviana Valdez dice

    10 febrero, 2023 a las 12:31 pm

    Hola mí consulta es soy empleada doméstica y tengo varias casas por ende se van de vacaciones en diferentes fechas algunas de esas casas no me pagan lo 20 días que se van eso está bien o puedo hacer algo yo cobro por día no mensual si estoy en blanco

    Responder
  6. Hernán dice

    8 febrero, 2023 a las 1:48 pm

    Y en febrero como se paga, si tiene 28 días?

    Responder
  7. Valeria dice

    8 febrero, 2023 a las 1:09 am

    Buenas noches Ignacio. Quería consultar porque salí de vacaciones el 30 de Enero, tengo 21 días, me liquidaron con básico de Enero $68000 mis vacaciones. Me pagan por adelantado . Trabajo en administración de comercio. Está bien o me corresponde que la liquidación sea sobre el nuevo básico de Febrero? El acuerdo fue firmado y homologado a fines de Enero?

    Responder
  8. Alicia Firmapaz dice

    7 febrero, 2023 a las 11:51 pm

    trabajo como empleada doméstica ..en una casa..una vez por semana..con dos años de antigüedad cuántos días me corresponde?

    Responder
  9. Marisel Viviana Tisera dice

    7 febrero, 2023 a las 11:09 am

    Hola quisiera saber cómo se computa mis vacaciones me corresponde 28 días y me lo pagaron con el sueldo de enero q trabaje 15 días después . Salí de vacaciones soy empleada textil de afines . Sindicato aotra . Tengo categoría D. Nos pagan x hora trabajada…. Graciasss

    Responder
  10. Lidia zarate dice

    6 febrero, 2023 a las 9:27 pm

    Yo el año pasado no me pagaron el plus vacacional tengo derecho todavía

    Responder
  11. Nestor dice

    6 febrero, 2023 a las 9:17 pm

    Hola. Necesito saber si saben hacer los cálculos de plus vacacional sobre un sueldo jornalizado de Uom. Estoy haciendo horas extras también. Me dijeron que se cuenta en el calculo

    Responder
    • Claudia dice

      7 febrero, 2023 a las 1:04 pm

      En el caso de los jornalizados se liquidan tomando el valor hora * cantidad de horas trabajadas por día + adicionales. El importe (valor del día) se lo multiplica por la cantidad de días de vacaciones.
      Ejemplo: Oficial
      Valor hora 710.70 + 71.07 Antigüedad = 781.77
      Día trabajado de 9 hora (781.77*9) s= 7035.93
      Vacaciones 21 días= 147754.53
      El plus vacacional surje de la diferencia con los 15 días de trabajo efectivo:
      Dias trabajados en 21 días de vacaciones serían 15= 105538.95
      Plus vacacional: 42215.48 Esta diferencia viene de 6 días (3 fines de semana) * 7035.93.
      (Usé valores brutos sin descuentos)

      Entiendo que no se calcula sobre extras.

      Es mi opinión.

      Saludos.

      Responder
  12. Pablo dice

    6 febrero, 2023 a las 4:17 pm

    A mí me dijeron en el trabajo que e plus vacacional es sobre lo remunerativo solamente, es cierto?

    Responder
    • Claudia dice

      7 febrero, 2023 a las 1:06 pm

      En el caso de empleados de comercio se considera el No Remunerativo para el cálculo.
      Me lo confirmaron desde el sindicato.
      Saludos

      Responder
      • Omar dice

        15 febrero, 2023 a las 3:22 pm

        Buenas tardes Claudia, a mi me informaron otra cosa en el sindicato, que no se calcula el NO REMUNERATIVO.

        Responder
  13. Graciela Peres dice

    6 febrero, 2023 a las 1:56 pm

    1.- Que ocurre con los empleados que tienen sueldos variables? por ejemplo los viajantes de comercio que cobran en base a comisiones y con un Minimo Garantiza
    2.- En todos los casos que sueldo se toma? El del mes de Vacaciones o el mejor del Semestre?
    Muchas Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      6 febrero, 2023 a las 4:38 pm

      Eso lo explico en el próximo artículo

      Responder
  14. Pablo dice

    6 febrero, 2023 a las 1:49 pm

    Hola Ignacio necesito que me des una mano con mí recibo de sueldo como puedo hacer ???

    Responder
  15. Daniel dice

    6 febrero, 2023 a las 11:44 am

    Seria bueno ver un ejemplo con variables

    Responder
  16. Sara dice

    6 febrero, 2023 a las 11:41 am

    Hola a las empleadas de casas particulares se le aplica el plus vacacional gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      6 febrero, 2023 a las 4:39 pm

      depende el criterio

      Responder
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