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Plus vacacional qué es y cómo se calcula

6 febrero, 2023 Por Ignacio 32 comentarios

Cómo calcular el plus vacacional para trabajadores mensualizados. Cómo calcular el adelanto de vacaciones. Calculadora de Plus Vacacional

Cómo calcular el plus vacacional para trabajadores mensualizados. Cómo calcular el adelanto de vacaciones. Calculadora de Plus Vacacional
Qué es y cómo se calcula el plus vacacional

¿Qué es el plus vacacional?

El plus vacacional es un concepto que no está expresamente definido en la Ley de Contrato de Trabajo, pero en el caso de los trabajadores mensualizados, surge como el resultado de la diferencia de pagar el adelanto de vacaciones con un valor diario mayor (base 25) y descontar los días trabajados a un valor diario menor (base 30).

Veámoslo más en detalle, en el caso de los trabajadores mensualizados, cuando queremos obtener el monto de un día de trabajo, dividimos el sueldo por 30.

Ahora bien, para el calcular el valor día de las vacaciones, se hace dividiendo por 25, luego, a ese monto se lo multiplica por los días de vacaciones que correspondan según la antigüedad.

En consecuencia, el el monto total de las vacaciones, tiene un plus que está implícito en el cálculo de las mismas, no es un monto que se paga por separado, al menos no lo prevé así la LCT.

Entonces, en el caso de los trabajadores mensualizados, el adelanto por vacaciones surge al anticipar sueldo/25 por los días de vacaciones y descontar a fin de mes el sueldo/ 30 por días no trabajados, así surge una diferencia en favor del trabajador a la que llamamos “plus vacacional”.

Este “plus” vacacional es del 20% sobre el valor día norma, es el incremento que surge de 30/25 = 1,2

Fórmula del Plus Vacacional

Sueldo / 25 – sueldo / 30 = plus vacacional por día

Si al resultado lo multiplicamos por los días de vacaciones, obtenemos el monto total del plus vacacional.

Plus vacacional en caso práctico

Veamos ahora, cómo se calcula el plus vacacional en un caso práctico con los siguientes datos:

  • Modalidad: mensualizado
  • Sueldo Bruto: $100.000
  • Días de vacaciones: 14 días

Entonces, primero calculamos el valor día, en base 30:

100.000 / 30 = $3.333,33

Donde los $3.333,33 sería el monto por un día de trabajo.

Ahora, para liquidar las vacaciones de un trabajador mensualizado, el cálculo se hace en base 25, entonces:

100.000 / 25 = $4.000

¿Cómo obtenemos el plus vacacional?

Como vimos más arriba, el plus está implícito en el cálculo, y no es necesario segregarlo, pero de todos modos, si queremos saber de cuanto es el plus vacacional, el cálculo sería la diferencia entre ambos montos:

4.000 – 3.333,33 = $666,67

Esos $666,67 es el plus por cada día de vacaciones. Es decir que es la diferencia que surge en el monto del valor día por calcular en base 25 en lugar de base 30.

Si queremos saber el plus vacacional por todos los días de vacaciones, multiplicamos el plus del valor diario por la cantidad de días de vacaciones:

666,67 x 14 = $9.333,33

Si hace calculamos la incidencia del plus, encontramos que es justo el 20%:

4000 / 3.333,67 = 1.20

56.000 / 46.666,66 = 1.20

Y eso es así, porque 30 sobre 25 es el 20% de incremento, por lo tanto, el plus vacaciones es el 20% sobre un día normal.

Por eso, si aplicamos el 20% al valor día, llegamos al mismo resultado:

100.000 / 30 x 1,20 = $4.000

También lo podemos ver con el monto total de las vacaciones:

100.000 / 30 x 14 x 1,20 = $56.000

Liquidación en el recibo de sueldos

En el recibo de sueldos, cuando pagan el adelanto por vacaciones, se indica el monto bruto total por las vacaciones, es decir los 56.000 pesos

Y ante la pregunta ¿Dónde está el plus vacacional? la respuesta es está incluido en el monto total. 46.666,67 + 9.333,38 = 56.000

¿Cómo se expone en el recibo el plus vacacional?

¿Se indicar por separado el monto? si, no hay nada que lo impida, por eso hay quienes liquidan por separado:

No es necesario, como dije al comienzo, el plus vacacional es un concepto creado por la doctrina, por lo tanto, en el recibo se puede incluir directamente el monto total por las vacaciones, que en este caso serían los $56.000

  • Vacaciones $46.666,67
  • Plus vacacional $9.333,33

El resultado es el mismo, es sólo un cuestión de exposición.

Por supuesto, estos son los montos brutos, sobre los cuales debemos hacer los mismos descuentos de aportes que hacemos sobre el resto del sueldo, SIPA, PAMI, Obra Social, Sindicato, etc.

En conclusión, el plus vacacional es un concepto que no está expresamente definido en la Ley de Contrato de Trabajo, está implícito en la forma de calcular el monto total de la licencia para los trabajadores, y puede estar expresado por separado o no en el recibo de sueldos.

Pueden hace sus propios cálculos con la Calculadora de Plus Vacacional:

Calculadora de Plus Vacacional

Ingresá el sueldo mensual. Podés usar punto de miles y coma decimal (ej: 1.234.567,89).
Cantidad de días de vacaciones del período.

El resultado aparecerá aquí.

Cálculo orientativo. Fórmulas:
• Vacaciones = salario/25 × días
• Vacaciones sin plus = salario/30 × días
• Plus vacacional = (salario/25 − salario/30) × días
• Proporcional = salario/30 × (30 − días)


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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Liquidación de Vacaciones

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Comentarios

  1. -
  2. Melgarejo Jorge dice

    25 marzo, 2025 a las 7:34 am

    Hola. Para el descuentos de las vacaciones, que sucede si tomamos la base real la del mes, po ejemplo febrero trae 28 días, o marzo que trae 31 días. Es correcto? Agradecería una pronta repuesta.

    Responder
  3. FAVIANA dice

    4 febrero, 2025 a las 11:40 am

    COMO ES EL CALCULO EN LOS MESES QUE TRAEN 31 DIAS? LOS DIAS TRABAJADOS SE CALCULAN EN BASE 30 O 31?

    Responder
  4. Susana Varga dice

    19 enero, 2025 a las 1:16 pm

    En el caso de los encargados de edificio, donde las vacaciones son en días hábiles, cómo se liquidan?
    Concretamente: antiguedad de 0 a 5 años: corresponden 12 días hábiles. Al comenzar un lunes, necesariamente va a incluir, como mínimo, un domingo y a veces dos si hay algún feriado medio.
    Se pagan 12 días de vacaciones? o también se pagan como vacaciones los domingos y feriados?

    Responder
  5. Jose dice

    2 enero, 2025 a las 8:58 pm

    En mí trabajo nunca nos pagaron las vacaciones adelantadas como dice la ley las vacaciones nos las dan cortadas tengo 28 días cerramos del 23 al 6 de enero y me quieren dar 7 días en FEBRERO y 7 días en MARZO según la con ahora liquidará cuando cobremos el 6 de enero las vacaciones completas pero solo la diferencia osea el plus vacacional está bien todos los años es asi

    Responder
  6. Amarire dice

    17 septiembre, 2024 a las 8:41 am

    Hola al cct 122)75 le corresponde plus vacacional?

    Responder
  7. Mica dice

    20 febrero, 2024 a las 4:16 pm

    Eso se descuenta del próximo mes?

    Responder
    • Mariano Picardi dice

      7 marzo, 2024 a las 11:10 pm

      Tengo la misma duda y si se descuenta el total con el plus o sin el plus

      Responder
  8. Pablo Andres Lopez dice

    9 febrero, 2024 a las 3:43 pm

    Hola en mi empresa no pagaron el plus vacacional del año 2022. Cuando lo abonen debe ser con el sueldo actualizado?

    Responder
  9. Silvana dice

    27 marzo, 2023 a las 8:30 pm

    Buenas noches, mi duda es la siguiente me pagan el plus vacacional y adenda cct 507/07 y reclamo siempre el pago de «art 155 Plus vac» y cuando me la pagan meses después del reclamo dice «Aj plus vac art 155», quisiera saber cuál es la fórmula para dicho plus, gracias.
    Trabajo en una empresa de seguridad.

    Responder
  10. Mónica dice

    6 marzo, 2023 a las 7:30 am

    Hola, a las empleadas de casas particulares si trabajan 2 días y cobran por semana, se debe aplicar el plus vacacional??, Gracias.

    Responder
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Trackbacks

  1. Empleados de Comercio: vacaciones y sumas no remunerativas dice:
    3 febrero, 2025 a las 10:00 am

    […] Ahora, en cuanto a las sumas no remunerativas, lo que cambia es el divisor, que será 25 y no generará el “plus vacacional”: […]

    Responder

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