ANSES recuerda a todos los empleadores que es obligatoria la transmisión, en tiempo y en forma, de la información sobre los trabajadores, su relación laboral y sus vínculos familiares a través del Programa de Simplificación Registral (PSR). Los empleadores, incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) que así no lo hicieran, como aquellos que no presentaran la información/documentación necesaria para asignarles un medio de pago (Cuenta Bancaria/Elección de Banco/Estafeta Postal) harán peligrar la liquidación de las Asignaciones Familiares a sus trabajadores dependientes, dado que ANSES no podrá liquidar y/o poner al pago el salario familiar que les corresponda.
En relación a ello, este Organismo ha detectado que una gran parte de las Empresas que se han incorporado al SUAF en el devengado Octubre de 2008, por aplicación del Punto 3, Capítulo III de la Resolución D.E.-N Nº 292/08, no han transmitido la información necesaria a través del Programa de AFIP antes mencionado, como tampoco han acercado a ANSES la información/documentación necesaria para asignarles a sus trabajadores un medio de pago, motivo por el cual se les solicita que con carácter de suma urgencia y antes del 15 de este mes, cumplan con sus obligaciones, de forma tal de poder subsanar el error cometido a partir de la próxima liquidación.
Con respecto a los medios de pago, se les recuerda que si la empresa cuenta con un plantel igual o superior a 200 empleados, puede optar por informarlos a través del procedimiento descripto en “SUAF-Asignación Masiva de Medio de Pago-Empleador” de la solapa “Novedades” dentro de la Sección “Empresas” de nuestra página web.
Por último, se reitera que una vez incorporada la Empresa en SUAF NO DEBE LIQUIDAR NINGÚN TIPO DE MONTO RELACIONADO A ASIGNACIONES FAMILIARES a sus trabajadores, salvo que en el mes de la incorporación, cuente con trabajadoras que se encuentran gozando de la Licencia por Maternidad/Maternidad Down o la inicien a partir del citado mes, en cuyo caso deberá continuar abonando sólo a esas trabajadoras TODAS las Asignaciones Familiares que éstas generen hasta la finalización de su Licencia por Maternidad/Maternidad Down, para lo cual resulta necesario que el empleador presente ante ANSES, dentro del mismo mes de su incorporación, una Nota con carácter de Declaración Jurada en la que informe los datos que a continuación se detallan:
• CUIT de la empresa
• Razón social
• CUIL de la trabajadora
• Apellido/s y nombre/s de la trabajadora
• Tipo de licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa en SUAF
• Períodos y montos ya abonados
• Períodos y montos a abonar (desde el mes de incorporación en adelante).
Vanesa dice
Hola a mi me paso lo mismo, me descontaron casi $100 con el código 261? y no encuentro información de que es y por que? Gracias
hola por que me descuenta con el codigo 261 descuento, a que se refiere eso? anses por q motivo determina ese codigo?
qUE ES EL CONCEPTO 261, ESTE MES FIGURA Q HAY UN DESCUENTO DE $54 POR ESTE CONCEPTO EN LA ASIGNACION FAMILIAR POR HIJO!! NO LO ENTIENDO. GRACIAS
Buenos días para todos; me interes al ingresar en esta página es por que ayer fuí a cobrar mi asignación familiar y tengo un descuento y me gustaría saber a que se refiere el codigo de descuento es 261.
Hola, yo renuncié a mi trabajo el 30/9/2011, ese mismo día mi nuevo empleador me dió de alta en el Anses. ¿Qué va a pasar con las asignaciones familiares? Las cobraba mediante una cuenta sueldo en el banco Galicia, que no he dado de baja.Mi pregunta es ésta: estoy obligada a informar al Anses el nuevo cbu (cuenta abierta por mi nuevo empleador en el Comafi) o puedo seguir cobrando las asignaciones con esa cuenta? La del banco Comafi serviría solo para cobrar el sueldo. Ayuda, por favor. Me llamo Soraya Reynoso.
hola ignacio, mi nombre es Silvana, y queria consultarte que necesito llevar para empezar a cobrar asignacion por maternidad, ya que veo que se habla de nota, cbu, no se si necesito algo mas, si tengo que ir a la sede mas cercana o a la que me corresponda si es que la hay, espero tus comentarios, muchas gracias!!!!!
Hola Carla, no, no hace falta nota, si tienen cuenta, se puede informar la CBU por Mi simplificación.
Hola Silvana M, no lo se, cuanto te descontaron? cuanto cobraste?
Hola Jesús, es posible que salga rechazado porque no tiene tramitado el CUIT, es algo bastante común, tendrán que tramitarlo.
Hola Sandra, la empresa tiene que pagar hasta el mes anterior a que la empresa entró en el SUAF.
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sandra:hola mi pregunta especifica es tengo tres nenes,el ultimo naciao en abril de este año ,la empresa nos informo todo esto del cambio ,q pasabamos a cobrar directamente por anses ,el tema que la empresa la habilitaron recien en julio y las asignaciones las dejaron de pagar en mayo o sea mayo y junio no pagaron ,luego en julio yo renuncie y me quedaron pendientes mi empleador me dijo q haga el tramite por anses para cobrar lo q me quedo pendiente fui y en anses me informan q la empresa declaro q mayo y junio me lo pagaron esto no es verdad que hago en este casa reclamo a la empresa??????desde ya muchas gracias!!!!!
hola, soy jesus desde junio que cobro asignaciones por suaf, pero no me pagaron un hijo, cuando lo cargan en mi simplificacio lo rechazan desde el anses, con los demas vinculos no hubo problemas, y se cargaron en el mismo periodo, podrias decirme cual es el problema. Los datos estan bien cargados pero simepre lo rechaza.
Hola Ignacio
Cobre por primera vez mi asignacion familiar por hijo t me hicieron un descuento baja el concepto 261 que significa eso.
Desde ya muchas gracias
Silvana M.
En la última liquidación de las Asignaciones Familiares del mes de agosto que se percibe en octubre de 2015 figuran dos nuevos conceptos “Desc. Hijo Pago Manual” y “Ajuste asignación familiar por hijo”. Esto también ocurre en la Asignación Universal por Hijo. La aparición de los mismos ha generado muchas dudas entre sus beneficiarios.
Suponemos que la aparición de estos dos conceptos se deben a un error en el sistema por el pago retroactivo que ANSES realizó a fines de junio. Los importes de los mismos se compensan por lo cual no es algo por lo cual los titulares de la AUH ni del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) deban preocuparse.
En los casos en los cuales no se haya cobrado el retroactivo el 30 de junio pasado, en dicha liquidación debería surgir un saldo a favor del beneficiario.
Hola Ignacio,
Te hago una consulta. Incorporaron a mi empresa (Agropecuaria) al SUAF este mes de Junio.
En la nota que me llegó, avisandome que habia sido incorporada, me dice que debo informar el medio de pago pero a través de MI simplificación.
No dice nada de presentar una nota. La tengo que presentar igual?
De ser así, en qué Anses se debe presentar? La que me quede más cerca a mi (como empresa) o tengo que ir al ANses que le corresponde a cada uno de los empleados?
Gracias! Clara
Si vas a dejar una consulta, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta.
Muchas Gracias.
Hola Sabina, no, entiendo que no, pero la verdad no estoy 100% seguro, voy a consultar en la ANSES.
Hola Carina, la verdad me parece dificil que te paguen retroactivo, yo creo que te pagarán desde que entraron los papeles, lo que no entiendo es porque dejaron pasar tantos meses
Ignacio buenas tardes
Espero que puedas contestar mi duda.
Mi marido cobraba las asignaciones y en noviembre del 2009 ya no se las pagaron mas por el monto de su sueldo.
Yo hice los trámites para recibir el pago yo en el mes de abril 2010, presente todos los papeles en mi trabajo. Mi consulta es la siguiente: Debo cobrar retroactivo de Noviembre a Abril que son las fechas que no cobramos las asignaciones?
Saludos
Carina
Ignacio, necesito saber si Anses paga las Asignaciones Familiares a una TRabajadora que esta en licencia por estado de exedencia.
Sabina
Ignacio buenas tardes
Espero que puedas contestar mi duda.
Mi marido cobraba las asignaciones y en noviembre del 2009 ya no se las pagaron mas por el monto de su sueldo.
Yo hice los trámites para recibir el pago yo en el mes de abril 2010, presente todos los papeles en mi trabajo. Mi consulta es la siguiente: Debo cobrar retroactivo de Noviembre a Abril que son las fechas que no cobramos las asignaciones?
Saludos