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Prórroga: AFIP extiende los plazos de presentación del F.931

9 septiembre, 2023 Por Ignacio 12 comentarios

AFIP fija nuevas fechas para la presentación de agosto del LSD y el F.931.

RESOG-2023-5416-E-AFIP-AFIP-1Descarga

El Consejo CABA informó que, luego de su pedido, la AFIP extenderá el plazo para presentación y pago del formulario F.931 de agosto, para el 13, 14 y 15 de septiembre.

Desde el Consejo se efectuó una presentación requiriendo dicha prórroga, para brindar mayor plazo para cumplir con las tareas profesionales.

Y en efecto, el Fisco prorrogá los vencimientos previstos para los días 11, 12 y 13 de septiembre para los días 13, 14 y 15 del mismo mes.

La solicitud se debe a la demora en la implementación ya adecuación del Libro de Sueldos Digital para aplicar el beneficio establecido en el decreto 438/23.

Por otra parte, aquellos que no se encuentren obligados utilizar el mencionado sistema , deberán informar las referidas sumas a través del sistema “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo “SICOSS”, en el campo “Asignación no Remunerativa Dcto 438/23”del “Cuadro de Datos Complementarios.

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: Resoluciones

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Comentarios

  1. -
  2. FERNANDO dice

    11 septiembre, 2023 a las 9:46 am

    Buenos días … logramos presentar las cargas sociales y compensar lo abonado por el Bono DR 438/2023 contra las Contribuciones patronales, pero no nos aparece lo abonado por dicho concepto en la nómina del 931. ¿ Se sabe por qué podría ser ? Gracias, Saludos !

    Responder
  3. Silvana dice

    11 septiembre, 2023 a las 8:30 am

    Buen día: Les consulto Farmacias que dice que paguemos el bono y aclaran calculando sueldo neto (de bolsillo) y dentro de las aclaraciones del Decreto era Bruto + No rem. – Jub., Ley 19032 y Obra Social . Qu{e hicieron Uds?.
    Otra: Sanidad: Hacen el reajuste dentro del mes de setiembre o rectifican Agosto?
    Desde ya, muchas gracias por su colaboración.
    A vos, Ignacio, siempre impecable. Gracias!

    Responder
  4. Manuel dice

    9 septiembre, 2023 a las 9:53 am

    Buen dia gente… Mi cliente ya me pidió que presente el 931 y ya lo pago, Si hago la rectificativa, y deduzco el pago del bono, como recupero la diferencia que ya pago de mas? Hay que hacer algun tramite?
    Gracias!

    Responder
    • Carlos dice

      9 septiembre, 2023 a las 12:16 pm

      Va a quedar a favor el saldo. Desde cuentas tributarias podes aplicar ese saldo a favor a otro periodo y/o impuesto

      Responder
  5. Julieta dice

    8 septiembre, 2023 a las 4:56 pm

    Alquien me puede decir si pudo cargar retenciones de seg social subiendo el archivo txt? desde ayer me sale un error y no me permite cargarlo

    Responder
    • sofia dice

      11 septiembre, 2023 a las 12:56 pm

      Fijate que puede ser por como se descarga el archivo en cuanto a su nombre. Cambiale el nombre y ya esta

      Responder
  6. Karina dice

    8 septiembre, 2023 a las 12:50 pm

    Hice el F 931 y tomé la opcion sobre dec394, toma el calculo bien sobre el 15% y el pago a cuenta, calcula lo que es a pagar, pero cuando lo presentas desaparece el 351 Contrib de SS, tampoco aparece lo que es SIPA y No Sipa. Por supuesto el vep sale sin la contrib S.S.
    No se si es un error de Afip o hay que poner algun codigo especial

    Responder
    • Valeria dice

      8 septiembre, 2023 a las 4:57 pm

      me paso! Luego volvi a entrar y si estaba… desastroso!!!

      Responder
    • Néstor dice

      8 septiembre, 2023 a las 5:44 pm

      Karina
      Si tomastes lo del decreto 438/23 ( 30.000) + Decreto 394 (Deb-Cred) + Detracc art. 23 Ley 27.541 ($1.800) por ahi te cubrio todo lo que es (351) Contrib Seg Social. por eso te sale en 0.

      Responder
    • Marcela dice

      9 septiembre, 2023 a las 7:09 pm

      Claro..se divide Fíjate abajo en #totales a pagar# ahí te hace el descuento d impuesto a los debitos

      Responder
    • Carolina dice

      11 septiembre, 2023 a las 8:09 am

      Buen día Karina

      El vep del concepto 351 lo tenes que generar por separado desde sistema de Cuentas Tributarias, allí ya aparece el importe con los descuentos

      Responder
    • Analía B dice

      11 septiembre, 2023 a las 1:44 pm

      Me pasa exactamente lo mismo: en pantalla me muestra el formulario 931 correcto, con las contribuciones SIPA y NO SIPA discriminadas y descontado el 30% del impuesto a los débitos y créditos. Feliz, pongo ACEPTAR Y ENVIAR. Pero cuando voy a ver el formulario 931 presentado no coincide con el que se mostraba en pantalla, no descontó el impuesto a los débitos y créditos, y no muestra disciminadas las contribuciones SIPA y NO SIPA. Un desastre Afip.

      Responder

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