• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Proyecto: moratoria y condonación de deudas para entidades sin fines de lucro y Mipymes

22 septiembre, 2021 Por Ignacio 2 comentarios

El proyecto de alivio fiscal beneficia entidades sin fines de lucro y Mipymes con deudas hasta $100.000 y una nueva moratoria.

Servio Massa Diputados proyecto de ley alivio fiscal

El titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto de ley que lleva el título “Alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el covid-19.”

La iniciativa busca tiene dos objetivos, por un lado la “Condonación de deudas para entidades sin fines de lucro y Mipymes y contribuyentes con deudas de hasta $100.000” y por el otro, la ampliación de la moratoria.

Según el texto, el objetivo es “el fortalecimiento de la reactivación económica y dar una señal clara para la salida de la Pandemia”, para lo cual impulsa una condonación de pasivos vinculados a Ganancias e IVA para entidades como MiPymes, clubes de barrio, bomberos y ONG, cuyo monto no supere los $ 100.000 al 31 de agosto.

“Se condonan las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social para las entidades que conforman el Sistema ‘Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054 y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal”, apunta el proyecto.

Del mismo se desprende que el beneficio alcanzará a unas 45 mil entidades sin fines de lucro, cuya deuda total con AFIP asciende a los $ 15.000 millones.

En cuanto al resto de los contribuyentes no monotributistas, se estima que actualmente 900.000 poseen deudas con el Fisco y la medida representará un alivio para 600.000 que registran pasivos exigible que no supera los $ 100.000. De acuerdo al cálculo del diputado, esto implicaría dejar de recaudar un total de $ 13.000 millones.

Extender la moratoria

El proyecto prevé extender y ampliar la moratoria sancionada en principio en diciembre del 2019 a través de la ley 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, y modificada posteriormente a raíz de la pandemia.

“La anterior moratoria incluía deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020: esta amplia para deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021”, señala el texto.

El período de alcance por las obligaciones vencidas será desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021 y se podrá incluir las infracciones relacionadas con la moratoria mencionada, para aquellos se se acogieron a la misma.

Además permitirá sumar a este régimen “la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos, cuando la caducidad haya acaecido dentro de las fechas indicadas en el párrafo anterior”.

Además, la cancelación de la deuda mediante la moratoria prevé la suspensión de las acciones penales, tanto tributarias como aduaneras que se encuentren en curso, como también la suspensión de la la interrupción de la prescripción penal referido a delitos vinculados a las obligaciones mencionadas.

Por otro lado, los planes de pago que dispondrá la AFIP tendrán un plazo máximo de 36. 60 o hasta 120 cuotas, dependiendo de la categoría del contribuyente. La primera, vencerá no antes del 16 de noviembre de 2021.

Respecto a la tasa de interés, explicita que “será fija, del dos por ciento (2%) mensual, durante las seis (6) primeras cuotas resultando luego de aplicación la tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados”.

Texto del Proyecto

Alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el covid-19.

proyecto-moratoria-condonacion-de-deudasDescarga

Condonación de deudas para entidades sin fines de lucro y Mipymes y contribuyentes con deudasi

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Impuestos Etiquetado como: Proyecto de ley

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Marcelo dice

    22 septiembre, 2021 a las 9:09 pm

    Estimado Ignacio tengo una duda con relación al alcance de las obligaciones impositivas por qué entiendo que al ser una ampliación de la moratoria del 2020 debería incluir todas las obligaciones hasta el 31/8/2021 y no solo las que abarcan el periodo comprendido entre el 1/8/2020 al 31/8/2021 dado que el art del proyecto habla de ampliación en todo momento y en ningún momento deroga o modifica ningún artículo de la moratoria anterior.
    Me surge esta duda debido a muchos comentarios que leo de tributaristas que solo hacen mención al periodo 1/8/20 al 31/8/21 no pudiendo regularizar deuda anterior a esta. Me sería de gran ayuda tu opinión
    Gracias

    Responder
  3. Facundo Saravia dice

    22 septiembre, 2021 a las 8:17 am

    La verdad que hay muchas entidades que realmente necesitan una ayuda como esa para poder salir adelante, pero por otro lado están los que con muchísimo sacrificio y resignando otras prioridades han cumplido con sus obligaciones tributarias. Creo que para ser justos debieran otorgar un crédito fiscal por $ 100.000 a los que cumplieron, así las cosas serían mas equitativas.

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d