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Puntos destacados del “Régimen de fomento para las PyMES”

2 agosto, 2016 Por Ignacio 4 comentarios

Los puntos mas importante de la Ley 27264 “Programa de recuperación productiva.”

El Poder Ejecutivo promulgó ayer la Ley 27264 Programa de recuperación productiva, que establece una batería de medidas en materia de beneficios fiscales y de fomento a la utilización de instrumentos de crédito, en favor del fomento de las micro, pequeñas y medianas empresas,

Los puntos destacados de la nueva ley:


Tratamiento impositivo especial para Pymes
1. – Ganancias mínima presunta: se excluye del impuesto a la ganancia mínima presunta para los ejercicios que se inicien a partir del 1/1/2017.
2. – Impuesto a los débitos y créditos: podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias el impuesto a los créditos y débitos en las operaciones bancarias:

  • el 100% en el caso de las “Micro y pequeñas” empresas.
  • el 50% en el caso de las “Medianas” empresas.
El cómputo del pago podrá efectuarse en la declaración jurada anual o en los anticipos.

3. – IVA: Las “Micro y Pequeñas” empresas podrán ingresar el saldo resultante de la DDJJ de IVA, en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento.

Fomento de inversiones

4. – Estabilidad fiscal hasta el 31/12/2018;

5. – Pago a cuenta en el Impuesto a las ganancias por inversiones productivas: Las  “Micro, Pequeñas y Medianas” podrán mediante computar comp pago a cuenta del impuesto a las ganancias  el importe de las inversiones en bienes de capital y/u obras de infraestructura que realicen.

6. – Régimen de Fomento de inversiones. Posibilidad de solicitar la conversión del crédito fiscal del primer párrafo, originado en inversiones productivas, que no sea absorbido en el ejercicio, en un bono para cancelar tributos nacionales, incluidos los aduaneros.

El régimen de fomento de inversiones, el mismo será aplicable a las inversiones productivas que se realicen entre el 1/7/2016 y el 31/12/2018.

Financiamiento Pyme

7. – Modificación a la ley de obligaciones negociables: Se permite a las sociedades de responsabilidad limitada la posibilidad de emitir obligaciones negociables, y a las entidades de seguro, invertir en las mismas;
8. – Modificación a la ley de letra de cambio y pagaré: cambios para favorecer la negociación de pagarés en los mercados de valores; y
Para mas información Ley 27.264

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Créditos para PyME, Ley 27264, Pymes

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Comentarios

  1. Guillermo Yelamo dice

    3 agosto, 2016 a las 1:55 pm

    A partir de que momento puedo empezar a computar el pago a cuenta de ganancia de impuesto a los débitos y créditos al 100 % ?

    Responder
  2. Anónimo dice

    3 agosto, 2016 a las 12:54 pm

    Buen día, a partir de que DDJJ se puede computar el nuevo porcentaje del impuesto al deb y cred? Yo tengo una que vence ahora en agosto con cierre Mar-16, me lo puedo computar por el periodo Abr-15 a Mar-16? Gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    2 agosto, 2016 a las 7:48 pm

    Tenes idea de como se carga el 931 del gremio de sanidad. Convenio 108/75.

    Es porque metieron una clausula en el ultimo acuerdo, por el cual creo hay que usar sumas no remunerativas para descontar la diferencia de los basicos

    Responder
    • Ignacio dice

      3 agosto, 2016 a las 5:10 pm

      Te paso un ejemplo para el 122/75 que es similar http://www.ignacioonline.com.ar/2016/08/sanidad-liquidacion-de-haberes-julio-2016-CCT-122-75-fatsa.html

      Responder

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