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LOS CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL MONOTRIBUTO TIENEN TIEMPO HASTA EL 20 DE este mes PARA REALIZAR LA RECATEGORIZACIÓN EN CASO DE CORRESPONDER. TAMBIÉN, QUIENES REVISTEN EN LAS CATEGORÍAS F A L O TENGAN EMPLEADOS DEBERÁN PRESENTAR LA DECLARACIÓN JUARADA INFORMATIVA CUATRIMESTRAL.
El 20 de Septiembre próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre del año 2012.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.
¿Cómo debe realizarse la recategorización?
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” –> “Monotributo” y seleccionando la opción “Recategorización”.
Anónimo dice
Buen día, quisiera saber donde puedo encontrar un ejemplo de recibo de sueldo para un conductor camionero?
Gracias!!
Buenas Ignacio! Soy monotributista desde JUNIO, y tuve ingresos superiores a la categoria en estos meses.
Que pasa si no recategorizo en esta y si en ENERO?
Abrazo!